Como Denunciar Una Escuela Privada Ante La Sep?

Como Denunciar Una Escuela Privada Ante La Sep

Los padres de familia eligen una escuela privada para sus hijos con el propósito de que tengan una formación más completa y de mejor calidad que la ofrecida en las instituciones públicas. Evidentemente este tipo de educación tiene un costo, sin embargo, éste no debe obedecer a prácticas comerciales abusivas.

En México, la matrícula de alumnos inscritos en escuelas privadas de nivel básico (preescolar, primaria y secundaria) durante el ciclo escolar 2016-2017 aumentó 1. 76% comparada con la correspondiente al periodo 2015-2016.

El costo promedio anual de la educación privada a nivel primaria, secundaria y preparatoria en México es de aproximadamente $240,000, sólo considerando el pago de la matrícula, de acuerdo con estimaciones de la aseguradora GNP. Sin embargo, pese a todas las ventajas que ofrecen en contraste con las instituciones públicas, las escuelas privadas no están exentas de tener malas prácticas referente a sus cuotas, pues durante 2016 la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recibió 1,048 quejas al respecto. Ante tal escenario, la Profeco plantea las siguientes situaciones en que los padres de familia son respaldados al contratar los servicios de una escuela privada :

  1. La escuela debe informar por escrito y previamente a la inscripción sobre el costo de la misma o de la reinscripción, las colegiaturas y, si es el caso, los derechos por reincorporación. Al pagar estos conceptos se garantiza que el alumno tendrá todo lo necesario para cumplir con los programas de estudio. La escuela también debe informar a los padres de familia, previo al regreso a clases y por escrito, acerca de los conceptos que requieran un pago extra como cursos, actividades extracurriculares u opcionales, etc.
  2. No pueden aumentar las colegiaturas a mitad del ciclo escolar y sin antes consultar a los padres de familia. Estos cambios deben notificarse al menos 60 días antes del periodo de reinscripción. El alza a las tarifas escolares a mitad del periodo escolar sólo puede ocurrir si la mayoría de los padres de familia está de acuerdo o por causas de fuerza mayor.
  3. La escuela puede solicitar donativos para el mantenimiento de la misma, pero estos son de carácter voluntario.
  4. Se puede solicitar la devolución de la cuota de inscripción por causas de fuerza mayor siempre y cuando se avise a la escuela dos meses antes de iniciar el ciclo escolar. En caso de que no sea así la escuela devolverá el dinero pero descontará una cantidad previamente establecida en la inscripción.
  5. No se puede obligar a comprar útiles escolares con un proveedor en particular o en la propia escuela, y lo mismo aplica para uniformes, libros o cualquier otro artículo. Si fuera necesario recurrir a proveedores específicos, los precios no podrán ser más altos que los disponibles para el público en general. Tampoco pueden exigir libros, útiles escolares o uniformes nuevos.
  6. Todos los gastos de eventos cívicos, sociales o recreativos (como el día de las madres o excursiones) organizados por la escuela son estrictamente voluntarios y no afectarán las calificaciones de los alumnos. La celebración de estos eventos dentro del horario de clases no deberá implicar gastos extraordinarios para los padres de familia.
  7. En el caso de que se dejen de pagar cuando menos tres meses de colegiatura, la escuela puede suspender el servicio educativo, aunque la medida deberá anunciarse con 15 días de anticipación. La escuela deberá entregar los documentos del alumno en un plazo no mayor a 15 días naturales a partir del momento en que se soliciten y sin cobrar cuotas adicionales. En caso de que los alumnos tengan que presentar exámenes extraordinarios, podrán hacerlo en las mismas condiciones que sus compañeros, previo pago de los derechos correspondientes.
  8. Exhibir mediante listas u otras formas a los estudiantes que tienen retrasos en sus cuotas es una práctica violatoria a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Si detectas alguna de estas malas prácticas, la Profeco tiene a disposición los números 55688722 y 01 800 468 87 22 (larga distancia sin costo desde cualquier punto de la república) para presentar una denuncia. Sólo debes proporcionar el nombre de la escuela, dirección y una descripción de los hechos. Si tienes un problema que involucre al sistema educativo y al personal docente como maltrato o abuso de autoridad llama al Sistema de Orientación e Información sobre el Sector Educativo, Telsep, al 01-800-767-6688 sin costo desde cualquier punto de la república, o al 5723-6688 en la Ciudad de México y área metropolitana.

  • Si el alumno deja la escuela por razones diferentes a la anterior, sigue teniendo los derechos descritos anteriormente;
  • ¿Deseas ofrecer a tus hijos mejores oportunidades educativas? Un crédito inteligente puede ayudarte en este propósito;

Recuerda que la educación no es un gasto, sino una inversión. Consulta con cualquiera de nuestros asesores sobre las opciones que tenemos para ti. Fuentes: Profeco, SEP, México Evalúa, GNP .

¿Quién regula a las escuelas privadas en México?

¿Quién regula las escuelas privadas en México? – Quiénes somos – Asociación Nacional de Escuelas Particulares Asociación Nacional para el Fomento Educativo.

¿Cómo presentar una queja ante la Secretaria de Educación?

Atención a quejas y soluciones En forma verbal o escrita en la Secretaría de Educación, Dirección de Inspección y Vigilancia (Oficina de Atención al Ciudadano en Avenida El Dorado No. 66-63, 1er piso). Telefónicamente en la línea 3241000 ext. 2309, 2311 o 2313.

¿Cómo actuar ante el abuso de autoridad de un profesor?

Toda persona física o moral que presencie o resulte afectada, directa o indirectamente, con la conducta indebida de un servidor público de la Secretaría de Educación Pública, puede presentar una queja o denuncia de manera personal, escrita, telefónica, correo electrónico o formato electrónico.

¿Cómo funciona una escuela privada?

Un colegio privado viene a ser una empresa, cuya financiación proviene al 100% de los padres de los alumnos. Tiene total libertad a la hora de decidir quién puede acceder o no, y bajo que condiciones, requisitos, etc. , aunque siempre cumpliendo la ley de educación correspondiente. Como Denunciar Una Escuela Privada Ante La Sep.

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¿Quién supervisa a las escuelas privadas?

Lograr una cobertura universal de educación básica es un objetivo fundamental de la política educativa mexicana. En la Ciudad de México ha tenido en las últimas décadas un importante incremento de la cobertura en educación preescolar, primaria y secundaria, además de la atención en educación inicial y especial.

  • Esto sitúa a la entidad en índices de cobertura muy cercanos al cien por ciento de atención; aquí, incluso, se brindan servicios educativos a niñas y niños que habitan en el estado de México;
  • En la Ciudad de México tiene indicadores muy favorables a nivel nacional en materia educativa: la población tiene niveles mínimos de analfabetismo, un gran número de madres de familia cuenta con educación básica concluida y la población económicamente activa tiene altos niveles de escolaridad;

Sin embargo, hay elementos que generan importantes áreas de oportunidad, como la presencia de población indígena, pues muchas de estas familias presentan desventajas económicas que hacen que sus hijos estén en riesgo de no acceder o de desertar de la escuela, por lo que se requiere de la operación de programas compensatorios que favorezcan su integración escolar.

  • Otro problema trascendente en las escuelas es el incremento en la violencia y el consumo de drogas entre los niños y jóvenes;
  • En este sentido es necesario conocer la magnitud de los fenómenos y aplicar programas que contribuyan a combatirlos, a fin de que los planteles estén en condiciones de cumplir con su tarea formativa;

La responsabilidad de este complejo sistema educativo está a cargo de la SEP a través de la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM). El órgano tuvo su origen en el proceso de descentralización iniciado en 1992. Su nombre original fue Coordinación General de Servicios Educativos para el Distrito Federal y le fue conferida la dirección y operación de los planteles de educación inicial, básica, especial y la formación de maestros en la Ciudad de México.

El 26 de marzo de 1994 se publicaron modificaciones al Reglamento Interior de la SEP, donde cambió la denominación de la Coordinación General por la de Subsecretaría de Servicios Educativos para el Distrito Federal.

El 1 de enero de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un nuevo cambio en el Reglamento Interno de la SEP y se decretó la creación de la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal (AFSEDF) como un órgano desconcentrado de la SEP con autonomía técnica y de gestión y que absorbió las funciones de la Subsecretaría.

La AEFCM se encarga de la prestación de los servicios de educación inicial, básica -incluyendo la indígena-, especial, normal y para adultos en escuelas con sostenimiento Público, además de que supervisa el funcionamiento de las escuelas privadas.

Cuenta con facultades específicas y competencias decisorias que le permiten generar mayor eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios en la entidad, impulsando y garantizando una educación pública laica, gratuita y obligatoria, con calidad y equidad.

¿Qué ley regula a las escuelas particulares?

ARTICULO 10°- Las instituciones privadas o las particulares no podrán impartir educación preescolar, primaria, secundaria, —– o de cualquier grado o tipo para obreros y campesinos sin haber obtenido previamente en cada caso, la autorización expresa del Poder Público.

¿Dónde se puede demandar a una escuela privada?

Los padres de familia eligen una escuela privada para sus hijos con el propósito de que tengan una formación más completa y de mejor calidad que la ofrecida en las instituciones públicas. Evidentemente este tipo de educación tiene un costo, sin embargo, éste no debe obedecer a prácticas comerciales abusivas.

En México, la matrícula de alumnos inscritos en escuelas privadas de nivel básico (preescolar, primaria y secundaria) durante el ciclo escolar 2016-2017 aumentó 1. 76% comparada con la correspondiente al periodo 2015-2016.

El costo promedio anual de la educación privada a nivel primaria, secundaria y preparatoria en México es de aproximadamente $240,000, sólo considerando el pago de la matrícula, de acuerdo con estimaciones de la aseguradora GNP. Sin embargo, pese a todas las ventajas que ofrecen en contraste con las instituciones públicas, las escuelas privadas no están exentas de tener malas prácticas referente a sus cuotas, pues durante 2016 la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recibió 1,048 quejas al respecto. Ante tal escenario, la Profeco plantea las siguientes situaciones en que los padres de familia son respaldados al contratar los servicios de una escuela privada :

  1. La escuela debe informar por escrito y previamente a la inscripción sobre el costo de la misma o de la reinscripción, las colegiaturas y, si es el caso, los derechos por reincorporación. Al pagar estos conceptos se garantiza que el alumno tendrá todo lo necesario para cumplir con los programas de estudio. La escuela también debe informar a los padres de familia, previo al regreso a clases y por escrito, acerca de los conceptos que requieran un pago extra como cursos, actividades extracurriculares u opcionales, etc.
  2. No pueden aumentar las colegiaturas a mitad del ciclo escolar y sin antes consultar a los padres de familia. Estos cambios deben notificarse al menos 60 días antes del periodo de reinscripción. El alza a las tarifas escolares a mitad del periodo escolar sólo puede ocurrir si la mayoría de los padres de familia está de acuerdo o por causas de fuerza mayor.
  3. La escuela puede solicitar donativos para el mantenimiento de la misma, pero estos son de carácter voluntario.
  4. Se puede solicitar la devolución de la cuota de inscripción por causas de fuerza mayor siempre y cuando se avise a la escuela dos meses antes de iniciar el ciclo escolar. En caso de que no sea así la escuela devolverá el dinero pero descontará una cantidad previamente establecida en la inscripción.
  5. No se puede obligar a comprar útiles escolares con un proveedor en particular o en la propia escuela, y lo mismo aplica para uniformes, libros o cualquier otro artículo. Si fuera necesario recurrir a proveedores específicos, los precios no podrán ser más altos que los disponibles para el público en general. Tampoco pueden exigir libros, útiles escolares o uniformes nuevos.
  6. Todos los gastos de eventos cívicos, sociales o recreativos (como el día de las madres o excursiones) organizados por la escuela son estrictamente voluntarios y no afectarán las calificaciones de los alumnos. La celebración de estos eventos dentro del horario de clases no deberá implicar gastos extraordinarios para los padres de familia.
  7. En el caso de que se dejen de pagar cuando menos tres meses de colegiatura, la escuela puede suspender el servicio educativo, aunque la medida deberá anunciarse con 15 días de anticipación. La escuela deberá entregar los documentos del alumno en un plazo no mayor a 15 días naturales a partir del momento en que se soliciten y sin cobrar cuotas adicionales. En caso de que los alumnos tengan que presentar exámenes extraordinarios, podrán hacerlo en las mismas condiciones que sus compañeros, previo pago de los derechos correspondientes.
  8. Exhibir mediante listas u otras formas a los estudiantes que tienen retrasos en sus cuotas es una práctica violatoria a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
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Si detectas alguna de estas malas prácticas, la Profeco tiene a disposición los números 55688722 y 01 800 468 87 22 (larga distancia sin costo desde cualquier punto de la república) para presentar una denuncia. Sólo debes proporcionar el nombre de la escuela, dirección y una descripción de los hechos. Si tienes un problema que involucre al sistema educativo y al personal docente como maltrato o abuso de autoridad llama al Sistema de Orientación e Información sobre el Sector Educativo, Telsep, al 01-800-767-6688 sin costo desde cualquier punto de la república, o al 5723-6688 en la Ciudad de México y área metropolitana.

Si el alumno deja la escuela por razones diferentes a la anterior, sigue teniendo los derechos descritos anteriormente. ¿Deseas ofrecer a tus hijos mejores oportunidades educativas? Un crédito inteligente puede ayudarte en este propósito.

Recuerda que la educación no es un gasto, sino una inversión. Consulta con cualquiera de nuestros asesores sobre las opciones que tenemos para ti. Fuentes: Profeco, SEP, México Evalúa, GNP .

¿Cuándo se aplica una queja?

Una queja es la manifestación o noticia de hechos realizados por una persona o grupo de personas, quienes de manera expresa relatan presuntas violaciones a los derechos humanos en agravio de ellos o de terceras personas, estos cometidos por autoridades o servidores públicos de carácter Municipal, Estatal o Federal.

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¿Qué es el abuso de poder escolar?

ACOSO ESCOLAR – ¿Qué es Acoso Escolar? Es un comportamiento prolongado de abuso y maltrato que ejerce una alumna o un alumno, o bien un grupo de alumnas o alumnos sobre otro u otros, en escuelas de educación básica con el propósito de intimidar controlarlo/a, mediante contacto físico o manipulación psicológica.

Se produce dentro de las instalaciones de los centros educativos y en el horario escolar. ¿Qué es Escuela libre de acoso? Es una escuela donde toda la comunidad educativa establece relaciones interpersonales armónicas, pacíficas e inclusivas basadas en valores y el respeto a los derechos humanos; donde se respetan y valoran las diferencias, se regulan las emociones y los comportamientos, se establecen acuerdos y manejan pacíficamente el conflicto, se respetan las reglas y se logra la participación proactiva de las familias.

Lo anterior deriva en una convivencia óptima para el aprendizaje y el desarrollo integral de los alumnos. Clic en la imagen para ver todas las definiciones… Características del acoso Para que se considere acoso escolar, debe presentar las siguientes características: ● Abuso de poder : Se refiere a los comportamientos reiterados de: agresión física, intimidación, amenazas, por parte de una alumna o alumno, o bien un grupo de alumnas o alumnos para humillar, transgredir emocionalmente, con el propósito de someter a otro/u a otros/as en condiciones de desventaja. ● Repetición y sistematicidad : Es la actitud que persiste con el propósito de vulnerar la condición física y emocional que puede involucrar a una alumna o un alumno, o bien en grupo de alumnas o alumnos, al violar las pautas de conducta y valores sociales establecidos dentro de la escuela.

Algunos comportamientos pueden ocurrir por única vez y alterar la convivencia escolar sana y pacífica, a las que se les llama conductas de riesgo, como los comportamientos desafiantes u hostiles que provocan la ruptura de organización de las actividades individuales y grupales dentro y fuera del salón de clases afectando las relaciones interpersonales y el desarrollo sano de las y los alumnos/as.

Se consideran tres tipos de acoso: ● Acoso verbal. Consiste en expresar de manera directa o indirecta entre las alumnas y/o entre los alumnos palabras desagradables o agresivas cuya intención sea humillar, amenazar o intimidar al otro. Se incluyen burlas, insultos, comentarios sexuales inapropiados, provocaciones.

  • ● Acoso social;
  • Consiste en lesionar emocionalmente las relaciones de una alumna o un alumno con otro u otros, aislarlo, no tomarlo en cuenta o marginarlo;
  • Puede ser directo o indirecto, como divulgar rumores acerca de sus actividades personales y avergonzarlo en público;

● Acoso físico. La acción continúa de una alumna o un alumno o bien de alumnas y alumnos para lastimar u ocasionar lesiones corporales a otro u otros, o deteriorar sus pertenencias. Incluye golpear, patear, pellizcar, escupir, hacer tropezar, empujar, tomar, romper o esconder sus cosas, hacer gestos desagradables o inadecuados con la cara o las manos. Como Denunciar Una Escuela Privada Ante La Sep Carpeta de información jurídica para la atención de quejas o denuncias por violencia, maltrato, acoso escolar y abuso sexual infantil. Clic en la imagen para descargar la información….

¿Qué pasa si una escuela no está incorporada a la SEP?

¿Qué pasa si estudias en una escuela que no está incorporada? – Si tu escuela carece de RVOE, tus estudios no tendrán validez oficial. Esto significa que ni la SEP ni ninguna Autoridad Educativa podrá expedirle un título válido ni cédula profesional.

¿Cómo saber si una escuela privada tiene validez oficial?

¿Cómo puedo saber si una escuela está incorporada? – Al respecto, la SEP señala los siguientes mecanismos:

  • La institución particular de educación superior debe mencionar en toda su publicidad y documentación el número de Acuerdo del RVOE, fecha de expedición y autoridad que lo otorgó. De no hacerlo, se presume que los estudios carecen de validez oficial.
  • En la página de internet del Sistema de Información de Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios del Tipo Superior (SIRVOES), que incluye los RVOES otorgados por las autoridades educativas federal y estatales.
  • Se puede consultar dicha información directamente ante las áreas responsables de otorgar el RVOE de la Secretaría de Educación Pública federal y las Secretarías de Educación Pública de las entidades.

¿Qué pasa si no puedo pagar la escuela privada?

El artículo 2° de la misma ley dice que, ningún alumno por falta de pago de aranceles o cuotas, o en mora en el pago de los mismos, será privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general.

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¿Qué es una queja de un ejemplo?

Una queja es una expresión de dolor o pena. Por ejemplo: “Al ser impactado por la bala, Rodolfo emitió una queja ahogada y se desvaneció” , “Una desgarradora queja atravesó la noche cuando la noticia del deceso comenzó a circular entre los familiares” , “El perro se quejó tras recibir el golpe”. La queja también puede expresar desazón, disconformidad, enojo o resentimiento : “Voy a llamar al gerente y a expresar mi queja por la pésima atención recibida” , “Estoy cansada de tener que escuchar las quejas de los clientes” , “Tu madre siempre tiene alguna queja para hacer” , “Lo felicitó por el servicio, la verdad que no tengo ninguna queja”. Se conoce como libro de quejas, libro de reclamaciones u hoja de reclamaciones al documento que está a disposición de los consumidores para que éstos puedan hacer constar una queja sobre un producto o un servicio : “Señor, en este momento el dueño del local no se encuentra, pero puede expresar su reclamo en nuestro libro de quejas” , “Quiero que me entreguen la hoja de reclamaciones inmediatamente”.

Existe una hoja de reclamaciones oficial , aprobada por la administración pública, que permite la expresión de quejas y las denuncias por parte de los consumidores. Estos documentos imponen obligaciones a las empresas y locales que atienden al público.

Es importante establecer que, en el caso de España, también se puede presentar una queja ante la Administración Pública por una desatención, trato irregular o tardanza en la atención y tramitación. En este caso, aquella se puede presentar tanto de manera presencial como por vía postal o incluso de manera telemática.

  1. Esto último se refiere a presentar la queja haciendo uso de los medios que se establecen a través de la red Internet;
  2. Los datos personales de quien presenta la citada queja, la firma de aquel así como el objeto concreto que le ha llevado a realizar esta actuación son las cuestiones imprescindibles que debe tener el documento presentado para que pueda ser aceptado y tramitado de la manera conveniente;

En este caso, hay que subrayar que se establece un plazo de veinte días naturales para que la autoridad competente tome las medidas y realice las tareas oportunas al respecto. Dentro del ámbito del Derecho existen diversos tipos de recursos y acciones que utilizan el término queja que ahora estamos analizando.

  1. Así, por ejemplo, se da en llamar a una reclamación que, ante el órgano judicial competente, realizan los herederos de una persona fallecida con el claro objetivo de que aquel lleve a cabo la invalidación del testamento al considerar que el mismo atenta contra lo que son los derechos forzosos de aquellos;

De la misma forma, también tenemos que subrayar la existencia de que queja se usa en el ámbito del Derecho para referirse a la acusación que se realiza ante el juez y que forma parte de un proceso que se está llevando a cabo contra quienes han cometido un delito.

¿Cómo se puede denunciar a un profesor?

Por acoso escolar –

  1. Llama al 800 1122 676 la línea está activa para que denuncies cualquier tipo de acoso escolar.
  2. También puedes hacer la denuncia en línea, solo da clic aquí.
    • Llena el formulario correspondiente y envía tu reporte.

¿Cómo poner una queja en la Consejería de Educación Madrid?

En caso de presentarse la sugerencia o queja por teléfono podrá hacerse llamando al 012, teléfono de Atención al Ciudadano. Por fax. Si la sugerencia o queja se presenta mediante fax, puede remitirse al número: 91 720 98 75. Por correo postal.

¿Dónde denunciar a un profesor en Colombia?

lvaro Prez es uno de los tantos padres de familia que est desesperado porque no cuenta con mecanismos rpidos y oportunos para resolver sus inquietudes en materia educativa. Como l, son muchas las personas que le escriben al Ministerio de Educacin Nacional en busca de la solucin a una queja o reclamo porque no saben qu hacer frente a la exigencia del colegio para que su hijo se corte el pelo (si no lo hace lo expulsan) o, simplemente, porque oy que van a “acabar” con la carrera universitaria que cursa su hija.

Estos son algunos ejemplos de las inquietudes que se presentan en relacin con la prestacin del servicio educativo y en cuyos procesos de consulta y respuesta el MEN tardaba algunos das por las vas tradicionales.

Por eso y con el propsito de facilitar la interaccin con los usuarios, el MEN cre el Sistema de Informacin al Servicio Ciudadano Va Internet que empezar a funcionar a partir del prximo 20 agosto y que le permitir al usuario obtener una respuesta rpida, confiable y oportuna a sus inquietudes.

Atencin oportuna Por medio de internet el usuario podr ingresar a la pgina web del ministerio www. mineducacion. gov. co. Una vez all, se le otorga un cdigo nico y privado para tener acceso a su carpeta de Atencin al Ciudadano desde donde el usuario seala si su inquietud es una queja, consulta, opinin o sugerencia.

La opcin que escoja automticamente llega a la oficina de Atencin al Ciudadano, quien la transmite a la entidad o dependencia correspondiente. El servidor pblico encargado tiene un plazo para que desde su cuenta directa responda. Con la aplicacin de este sistema, el usuario puede hacerle un seguimiento peridico a su cuenta para conocer en qu va su solicitud.

Por su parte, el servidor pblico adquiere un mayor compromiso para el mejoramiento de la atencin y la inmediatez de la respuesta. Ventajas El usuario tiene la certeza de que recibieron su consulta puesto que todos los movimientos, ingresos y respuestas son registrados electrnicamente de manera inmediata, lo que proporciona mayor confiabilidad y seguridad.

La solicitud realizada por el usuario puede ser consultada por l, en cualquier momento. Tanto el usuario como la entidad mantienen un archivo de consulta y registro en lnea (comunicado permanentemente entre s, con las entidades del sector) No es necesario tener una cuenta de correo, lo nico indispensable es tener acceso a Internet.

El ciudadano tiene la opcin de suscribirse a la lista de informacin que genera el Ministerio de Educacin para recibir va correo electrnico los boletines, comunicados y dems informes que genere la entidad.

Las quejas pueden hacerse annimamente si el usuario as lo desea. Con la implementacin del Sistema de Informacin al Servicio Ciudadano va Internet, quedarn en lnea y al instante el Ministerio de Educacin, sus entidades y el usuario, quien recibe una oportuna y mejor atencin..