Como Ser Maestra De Escuela?

Como Ser Maestra De Escuela
El Ministerio de Educación y Formación Profesional quiere mejorar la profesión docente , y para ello ha elaborado una serie de propuestas de reforma que afectan a la formación y acceso a las profesiones del cuerpo de maestros y profesores. El documento se ha presentado a debate a sindicatos y comunidades autónomas, e incide en la formación inicial y permanente del profesorado y su desarrollo profesional.

  1. A continuación hacemos un repaso sobre qué necesitas estudiar para ser maestro/a o profesor/a en España y cuáles son las principales novedades que propone el Ministerio: · Profesores y maestros como profesiones reguladas En España existen una serie de profesiones reguladas , entre las que se encuentran las de Maestro/a de Educación Infantil, Maestro/a de Educación Primaria y Profesor/a de Educación Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional e Idiomas;

Estas profesiones están reguladas por ley porque exigen tener cierto título universitario para poder ejercer como tal. En los dos primeros casos basta con el título de Grado correspondiente, pero en el último se necesita además tener el máster de formación del profesorado.

Estas titulaciones son habilitantes , ya que permiten el ejercicio de la profesión docente (bien el Grado o Grado y Máster, en su caso). · ¿Qué necesito estudiar para ser Maestro/a de Educación Infantil? Si quieres trabajar como Maestro o Maestra de Educación Infantil en España necesitas estudiar el Grado en Magisterio en Educación Infantil , de cuatro años de duración y 240 créditos ECTS.

Esta carrera incluye una asignatura, el Practicum, de prácticas obligatorias en escuelas infantiles o colegios. Si al terminar la carrera quieres trabajar con niños y niñas de 0 a 6 años en el ámbito de la educación pública deberás superar unas oposiciones de magisterio , que suelen convocarse cada dos años en las distintas Comunidades Autónomas.

  • Otro caso es el de los educadores, para lo que se necesita estudiar el Grado Superior de Formación Profesional en Educación Infantil;
  • Este ciclo formativo permite trabajar con niños y niñas de 0 a 3 años en el sector de la educación formal y no formal, y en el sector de los servicios sociales de atención a la infancia;

Si lo deseas puedes seguir estudiando en la universidad el Grado en Magisterio Infantil y convalidar asignaturas. Además del título, profesión, contenidos y duración del Grado universitario y el Grado de FP en Educación Infantil , existen otras diferencias , como por ejemplo el acceso a las oposiciones a maestro/a, que solo se permite con el título universitario de Grado en Educación Infantil.

  1. · ¿Qué necesito estudiar para ser Maestro/a de Educación Primaria? La profesión de Maestro/a de Educación Primaria también está regulada, y se necesita el Grado en Magisterio de Educación Primaria para poder ejercer, tanto en el sector público como en el privado;

Si quieres trabajar en colegios públicos deberás superar una oposición de educación primaria convocada por las Comunidades Autónomas. La carrera tiene una duración de cuatro años, 240 créditos ECTS e incluye el Practicum, la asignatura de prácticas en colegios públicos o privados.

Durante el Grado los estudiantes aprenden los conocimientos básicos de asignaturas como Matemáticas, Educación Física, Inglés o Lengua y Literatura, así como su aplicación didáctica. Al finalizar podrán trabajar con niños y niñas de 6 a 12 años.

Los estudiantes de este Grado pueden optar por una especialidad cursando una de las menciones que ofrezca su universidad, bien a través de las asignaturas optativas o de itinerarios curriculares específicos en audición y lenguaje, educación física, inglés, francés, música o pedagogía terapéutica.

  • · ¿Qué necesito estudiar para ser Profesor de Educación Secundaria? Si lo que quieres es ser profesor o profesora de secundaria para trabajar en institutos con estudiantes de edades comprendidas entre los 12 y 18 años, ya sea en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación Profesional o Idiomas, necesitarás una titulación universitaria, el máster habilitante de formación del profesorado y el nivel B1 de un idioma extranjero;

La titulación universitaria de Grado o Licenciatura debe estar relacionada con una de las asignaturas que se imparten en esta etapa formativa (Historia, Geografía, Economía, Física, Matemáticas, etc. ), y tendrás que haber cursado el Máster de Formación del Profesorado que imparten numerosas universidades.

El Máster en Formación del Profesorado de ESO, Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas tiene una duración de un año e incluye prácticas docentes, además del Trabajo de Fin de Máster.

Se estructura en un módulo genérico y otro específico para cada especialidad. Si además quieres trabajar en el sector público de enseñanza deberás superar unas oposiciones; mientras que si es en el sector privado no es necesario. · ¿Qué novedades plantea el Ministerio de Educación? Algunas de las propuestas de mejora de la profesión docente que lanza el Ministerio son las siguientes: – Prueba de acceso para los Grados de Educación Infantil y Primaria En el documento del Ministerio se plantea una prueba de acceso para estos Grados para asegurar que los alumnos poseen las capacidades que les permitirán desarrollar las habilidades docentes necesarias para ejercer su profesión.

  • En estas pruebas se valorarían la competencia comunicativa, el razonamiento crítico y la competencia lógico-matemática;
  • Esto se haría a través de la comprensión de documentos escritos, de la capacidad de sintetizar la información, de la expresión escrita, la capacidad de aplicar conocimientos matemáticos para resolver ejercicios y problemas, o la capacidad de analizar los resultados;

Este tipo de prueba ya existe en las universidades de Cataluña y la Universidad de las Islas Baleares, donde se pide superar la Prueba de Aptitud Personal (PAP) para acceder a los grados en Educación Infantil y Educación Primaria. La prueba se realiza en las propias universidades catalanas y antes de los exámenes de Selectividad, en el mes de abril; y los resultados se dan a conocer en mayo.

  1. Actualmente para acceder a estos grados en las universidades españolas basta con haber superado la EBAU/Selectividad y tener la nota de acceso correspondiente;
  2. En el caso de la nota de corte de Educación Primaria en 2022/2023 , varía de los 7 a los 10 puntos dependiendo de la universidad, siendo la media de 8,8 puntos;

La propuesta de reforma defiende que este nuevo requisito “favorecería una mejor selección de los estudiantes”. – Más requisitos de acceso al Máster de Formación del Profesorado Igualmente, se plantea una prueba de acceso específica para los titulados universitarios que quieran estudiar el Máster de Formación del Profesorado.

Para la especialidad del máster se plantea que haya unos requisitos de acceso básicos relacionados con el área de conocimiento de dicha especialidad. También se contempla que el máster incluya módulos formativos complementarios para “asegurar los conocimientos básicos relacionados con las especialidades del Máster.

” – Ampliar las plazas, la duración y las prácticas del Máster Otra de las propuestas es ampliar la duración del máster para asegurar la formación necesaria del profesorado, y aumentar las plazas para todos los cuerpos y especialidades necesarias. Se valoraría la posibilidad de aumentar los créditos relacionados con el Practicum.

– Reforzar las prácticas También se quiere revisar los contenidos de los títulos habilitantes y reforzar la formación adquirida en el Practicum. En este caso se apostaría por el modelo dual , que permitiría que la enseñanza se combinara entre el centro universitario y el centro educativo de enseñanza no universitaria, de manera que la actividad formativa se desarrolle de forma dual en la universidad y la entidad colaboradora, alternando con una actividad laboral retribuida.

– Reformular el acceso y contenido de las oposiciones a docente Se quiere replantear el sistema de selección de personal público docente para escoger a los más idóneos en base a sus aptitudes y destrezas; modificar el periodo de prácticas que deben realizar los docentes tras superar la oposición; modificar los temarios de las oposiciones para actualizarlos; o relacionar la especialidad del Máster de Formación del Profesorado con el acceso a la carrera docente.

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¿Qué se necesita para ser un maestro?

¿Cuántos años hay que estudiar para ser maestra de Primaria?

El Profesorado de Educación Primaria forma docentes para desempeñarse en el Nivel Primario. Es una carrera de 4 años de duración y su formación incluye:

  • el conocimiento del sistema educativo, la escuela, la enseñanza y el trabajo docente en el contexto histórico y social actual. Algunas de estas unidades curriculares son: Pedagogía, Didáctica, Filosofía y Educación, Instituciones Educativas, Tecnologías de la Comunicación y la Información en la Educación Primaria, entre otras.
  • el conocimiento de las características y necesidades de las y los alumnos del Nivel Primario. Algunas de estas unidades curriculares son: Problemáticas de la Educación Primaria, Sujetos de la Educación Primaria, entre otras.
  • el conocimiento de las áreas que se enseñan en el Nivel Primario (Matemática, Lengua y Literatura, Ciencias Sociales, Ciencias Naturales, entre otras) y de los enfoques y estrategias de enseñanza para cada una.
  • espacios de práctica profesional para conocer las instituciones educativas, observar y aprender de docentes experimentados y, progresivamente, planificar, llevar a cabo y evaluar propuestas de enseñanza en las escuelas. El último tramo de la formación en la práctica profesional es la Residencia Pedagógica, que implica un período de dictado de clases en el Nivel Primario.

Se puede cursar en once instituciones de gestión estatal , distribuidas en distintas zonas de la Ciudad: ENS EN LENGUAS VIVAS N. ° 1 «PTE. ROQUE SÁENZ PEÑA» Dirección: Av. Córdoba 1951 , Recoleta Correo electrónico: ens1@bue. edu. ar Tel: 4813-7373 https://ens1-caba. infd. edu. ar/sitio/nivel-terciario/ Titulación ofrecida: Profesorado de Educación Primaria Incumbencia del título: Nivel Primario Años de duración: 4 años Carga horaria total (horas reloj): 2.

¿Cuánto tiempo dura la carrera de maestro?

DURACIÓN: 4 años.

¿Dónde se estudia para ser maestra en Uruguay?

IFDEF Instituto de Formación Docente Uruguay.

¿Cuál es el sueldo de un maestro?

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¿Cómo saber si te gusta la docencia?

¿Cuál es el sueldo de un maestro de primaria?

Tasa salarial Año Mes Quincena Semana Día Hora ¿Cuánto gana un Maestro primaria en México? El salario maestro primaria promedio en México es de $ 88,200 al año o $ 45. 23 por hora. Los cargos de nivel inicial comienzan con un ingreso de $ 60,006 al año, mientras que profesionales más experimentados perciben hasta $ 142,087 al año. Como Ser Maestra De Escuela.

¿Cuál es la carrera más corta?

¿Cuál es la carrera más corta? – En el Perú, la diversidad de necesidades y los constantes cambios, han generado una gran oferta de carreras, con diversas modalidades de estudio, los cuales te dan la oportunidad de desarrollar una en corto tiempo. Por lo general, las carreras profesionales que se caracterizan por ser más cortas son de Ciencias Sociales, Administración y negocios, Diseño audiovisual y otros:

  • Logística
  • Marketing Digital
  • Administración
  • Fotografía Publicitaria
  • Secretariado Ejecutivo
  • Desarrollo de páginas web
  • Comercio Electrónico
  • Diseño de Moda digital
  • Producción de Vídeo
  • Administración y Técnicas de ventas

¿Qué materias lleva una maestra?

¿Cuál es la profesión mejor pagada?

Medicina se ubica como la carrera mejor pagada, a la cual le siguen licenciaturas e ingenierías relacionadas con finanzas y construcción.

¿Cuál es la carrera con menos años de estudio?

Carreras cortas de 2 a 3 años

Carrera Duración Promedio
Carrera Técnica en Construcción 3 años
Carrera Técnica en Programación 3 años
Carrera Técnica en Enfermería 3 años
Carrera Técnica en Contabilidad 1 año y 8 meses

.

¿Qué se necesita para ser maestra de secundaria?

Debes aprobar los exámenes estatales – Como en cualquier parte del mundo, en México para convertirte en maestro de secundaria tienes que aprobar los exámenes estatales, y terminar algunos cursos relacionados con la carrera, como por ejemplo, realizar estudios de pedagogía y posteriormente una especialidad relacionada con materias de ciencia o materias sociales, aunque también hay otras áreas como la artística y la cultural que puedes estudiar.

  1. Una vez aprobados los exámenes, debes solicitar tus calificaciones de los exámenes estatales y del programa de formación docente, así como tu título de licenciatura;
  2. Deberás aprobar otros exámenes tales como: psicología, pedagogía, de admisión a la institución, así como pasar la entrevista de trabajo y la verificación de antecedentes antes de ser aprobado para enseñar en una escuela secundaria;

Todos los documentos deberás consignarlos y matricularte.

¿Cuál es el sueldo de un Maestro en Uruguay?

En este caso, un docente de Grado 1 recibe $42. 500 nominales, mientras que los de Grado 7 obtienen $60. 000. Por su parte los profesores de ciclo básico, con una dedicación de 40 horas, obtienen entre $40. 286 para el Grado 1 y $67. 779 en el Grado 7.

¿Cuántos años se estudia para ser maestra en Uruguay?

Educadores para niños de 0 a 6 años El Consejo de Formación en Educación presentó la carrera “Maestro de Primera Infancia” de la que egresarán docentes especializados en niños de 0 a 6 años. Desde hace un tiempo los maestros recibían un título único y podían ejercer en inicial o común pero, con la nueva carrera, en dos años reciben un título intermedio y en cuatro el definitivo. “Se requería una carrera específica para atender a estas edades. Es la primera vez que hay en el país una carrera para la educación en la primera infancia”, aseguró el consejero de Formación en Educación (CFE), Luis Garibaldi, en alusión a la nueva oferta educativa que comenzará a funcionar en 2017. La carrera dura cuatro años y su objetivo es la formación de docentes para atender a niños desde el nacimiento hasta los seis años.

  • En 2017 comienzan los cursos en siete departamentos;
  • El título habilita a trabajar en jardines de infantes y en escuelas con clases de educación inicial del ámbito público, en Centros CAIF, del Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU), así como en centros privados;
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Esta carrera está creditizada, tiene cursos semestrales, se hacen prácticas en ámbitos privados y públicos con niños de distintas edades y permite que los egresados realicen estudios de postgrado. En 2017 se ofrecerá en Montevideo, Canelones (Ciudad de la Costa y Pando), Florida, Paysandú, Tacuarembó, Rocha y Colonia (Rosario).

  1. “El propósito de instalar esta nueva carrera es mejorar la formación y lograr más especialización en el ámbito de la primera infancia”, señaló Garibaldi en diálogo con la Secretaría de Comunicación Institucional;

Recordó que en el año 2007 se detectó que el personal del área privada tenía escasa o nula formación específica para primera infancia. Explicó que la propuesta, largamente trabajada, recoge la experiencia de la capacitación de “Asistentes Técnicos en Primera Infancia”, carrera creada en el año 2013, que implicaba dos años de duración.

  1. A partir de ahora, aquellas personas que se hayan recibido de asistentes técnicos podrán estudiar dos años más y recibir el título de “Maestro de Primera Infancia”;
  2. De igual forma, con la nueva carrera se ofrece la posibilidad de obtener un título intermedio a los dos años, dado que el campo laboral para esta población exige más recursos humanos y más calificación;

En este contexto, en 2017 se abre primer año y tercer año (para los asistentes técnicos que decidan completar la carrera). De esta forma, a fines del año 2018 egresará la primera generación de maestros en esta nueva modalidad. Garibaldi explicó que hubo distintos momentos en la historia de la formación en magisterio en el país.

“En los últimos años el título con el que se egresaba era único, lo que habilitaba a trabajar desde inicial hasta común, no había titulaciones de grado para primera infancia. En algún momento hubo una opción de maestro común o maestro de educación inicial dentro de un tronco común, y en otros tiempos —con intermitencias— hubo una especialización, es decir, un maestro común que luego se especializaba en preescolar”, relató.

El consejero dijo que “existe gran demanda de personas que no tienen vocación para magisterio en educación común, pero sí para la primera infancia. Confiamos en que nos veremos desbordados de inscriptos, lo que es estimulante, aunque implique afrontar ciertas dificultades por exceso de demanda”, afirmó.

  1. La carrera fue presentada este jueves 3 de noviembre en las instalaciones de los Institutos Normales en un acto encabezado por la ministra interina, Edith Moraes, la subsecretaria de Salud Pública, Cristina Lustemberg, el presidente del Consejo Directivo Central (CODICEN) de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), Wilson Netto, y la directora general del CFE, Ana Lopater, entre otros;

Los jerarcas coincidieron en lo necesario que era instrumentar esta nueva propuesta educativa para atender la demanda de atención a la primera infancia, cumpliendo con las políticas en las que los últimos gobiernos vienen haciendo énfasis, tanto en lo que es llevar a cabo iniciativas como Uruguay Crece Contigo y Sistema de Cuidados, como la universalización de cuatro y cinco años en educación inicial y la incorporación de mayor oferta en tres años, y una mayor inversión presupuestal en intervenciones como esta nueva carrera de especialización.

¿Cuánto gana una maestra de jardín en Uruguay?

Escalafón Docente – Artículo 2º. – Los Profesores de Enseñanza Secundaria y los del Instituto Normal dependientes del Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal, para los cuales se instituye en los presupuestos respectivos el escalafón de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la ley Nº 10. 973 (2 de diciembre de 1947), percibirán por hora de clase las asignaciones que a continuación se detallan:

Grado 1. (Profesores hasta 5 años de servicios, 10 horas semanales), $ 21. 00 mensuales por hora semanal de clase.
Grado 2. (Profesores de 5 a 10 años de servicios, 15 horas semanales), $ 23. 00 mensuales por hora semanal de clase.
Grado 3. (Profesores de 10 a 15 años de servicios, 18 horas semanales), $ 24. 00 mensuales por hora semanal de clase.
Grado 4. (Profesores de 15 a 20 años de servicios, 18 horas semanales), $ 27. 00 mensuales por hora semanal de clase.
Grado 5. (Profesores de 20 a 25 años de servicios, 15 horas semanales), $ 34. 00 mensuales por hora semanal de clase.
Grado 6. (Profesores con más de 25 años de servicios, 12 horas semanales), $ 50. 00 mensuales por hora semanal de clase.

Artículo 3º. – Fíjanse en 8, 10, 12, 12 y 10, los límites mínimos de horas de clase, a que tienen derecho los profesores de los grados 1, 2, 3, 4 y 5 respectivamente. Este derecho impone la obligación a los Consejos de Enseñanza Secundaria y de Enseñanza Primaria y Normal de otorgarlas con preferencia a toda otra designación, con la única excepción exclusiva prevista en el inciso siguiente.

  • Los respectivos Consejos de Enseñanza determinarán cada año, antes de la iniciación de los cursos, la proporción de horas que adjudicarán a los ingresos a la docencia realizados con sujeción a las normas establecidas en el Estatuto del Profesor para la Enseñanza Secundaria y Normal;

Esta proporción, que no podrá exceder del 30% ni ser menor del 20%, será distribuida en estos porcentajes: 50% para concursos libres de oposición y 50% para promoción de ayudantes e ingreso de profesores agregados, en partes iguales y en ambos casos por concurso.

  1. Los llamados a concurso serán hechos con antelación mínima de seis meses;
  2. Los temas serán sorteados en presencia de los aspirantes;
  3. La adjudicación de horas complementarias se hará de acuerdo con lo que dispone el artículo 16 de la ley Nº 10;

973 sobre Estatuto del Profesor. Artículo 4º. – Las horas de clase que se dicten en institutos oficiales de enseñanza se computarán a los efectos de la determinación del límite de horas fijadas en el Escalafón, salvo el caso que se exceda dicho límite, como consecuencia de la acumulación de una sola unidad docente (cátedra, clase, grupo, etc.

), en una de las Facultades de la Universidad de la República. Artículo 5º. – Al solo efecto de facilitar el ajuste al límite de horas por grados, se autoriza el exceso de horas sobre el tope de la categoría hasta un máximo de dos horas, y serán dictadas con carácter honorario.

Para el año 1949, en las mismas condiciones el exceso de horas sobre los topes respectivos en la medida que exija el interés de la enseñanza. Estos excesos serán autorizados en cada caso por resolución fundada del Consejo respectivo. Artículo 6º. – Los Consejos de Enseñanza Secundaria y de Enseñanza Primaria y Normal determinarán anualmente, antes de la iniciación de los cursos los grados del Escalafón a que deban ajustarse los Profesores de la institución.

Artículo 7º. – La antigüedad a los efectos del Escalafón, se establece por el ejercicio de la docencia, en cargos efectivos, interinos o en suplencias que completen un año lectivo en forma discontinua. Sin embargo, al solo efecto de determinar el grado correspondiente, todos los nombramientos se reputarán hechos al 1º de marzo aunque no se hayan efectuado al comienzo del año lectivo.

Artículo 8º. – Los profesores que hayan obtenido u obtengan calificación en concurso de oposición y hayan desempeñado sus cargos durante tres años consecutivos sin nota desfavorable definitiva en la correspondiente ficha, mejorarán su posición en el Escalafón en tres años si fueran ganadores y en un año en los casos restantes.

Estos ascensos podrán ser acumulados hasta un máximo de diez años. Artículo 9º. – Tratándose de profesores con cargos en el Instituto Normal y en la Enseñanza Secundaria se tomará el cargo de mayor antigüedad para la ubicación en el Escalafón.

La antigüedad de los funcionarios docentes iniciados en los institutos privados, habilitados primero y luego oficializados, se contará a partir del acto de habilitación. Artículo 10. – La antigüedad de los funcionarios comprendidos en el artículo 7º de la ley Nº 10.

  1. 973 , de 2 de diciembre de 1947, queda fijada: 1º) Por el momento de la designación cuando se trate de un servicio sometido a fiscalización técnica;
  2. 2º) Por la fecha de incorporación a la docencia, cuando se trate de servicios no sometidos a la inspección docente;
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Los grados de los funcionarios comprendidos en el primer parágrafo, ya promovidos al profesorado al sancionarse esta ley, serán adjudicados según su antigüedad como tales. Fíjase en cinco años la duración de las ayudantías de clase y adscripciones docentes.

Cumplido ese término con información favorable, los ayudantes y adscriptos tendrán situación preferencial para ser promovidos dentro del porcentaje anual de ingresos fijados por el artículo 3º. En todos los casos de promociones futuras de ayudantes, cualquiera fuere la antigüedad en esos cargos, se computará a razón de dos años por uno.

Artículo 11. – El funcionario docente que por la aplicación del sistema de remuneraciones establecido en el artículo 2º, no obtenga aumento equivalente al 40% de su sueldo actual, percibirá como compensación mensual la suma necesaria para alcanzar dicho porcentaje.

Esa compensación disminuirá, quedará en suspenso o dejará de hacerse efectiva cuando, por obtención de nuevas horas con o sin efectividad o por ascenso de grado, el docente mejore su sueldo actual en dicho porcentaje.

Se considera sueldo actual el correspondiente a las horas conferidas  en efectividad o interinato al 15 de marzo de 1949. Cuando las horas dictadas a la referida fecha excedan del máximo establecido para cada grado, la suma del sueldo actual más la compensación no podrá sobrepasar de la asignación que corresponda al producto del número de horas de clases que dicte el profesor por el costo horario del grado respectivo.

  1. En este caso el mínimo de horas que deberá dictar el profesor se regulará por el cociente de dividir el sueldo total por el costo horario de cada grado;
  2. Quedan comprendidos en las disposiciones de este artículo los ayudantes de clase y adscriptos con funciones docentes, en las proporciones que establece el artículo 19;

Artículo 12. – Serán bonificadas en $ 3. 00 (tres pesos) mensuales las horas semanales de clase dictadas en el Instituto de Profesores de Enseñanza Secundaria, en el segundo ciclo de Enseñanza Secundaria, en el segundo grado de los Institutos Normales y en los Liceos Nocturnos.

Esta bonificación corresponderá al profesor suplente en caso de licencia del titular. No podrá percibirse doble bonificación por la misma hora de clase aunque en ella concurran dos de las causas establecidas en el inciso primero de este artículo.

Artículo 13. – Los funcionarios docentes que cuenten con más de cinco años de actuación y que estén a cargo de cursos ordinarios o especiales readquirirán la situación docente que les corresponda como profesores al aplicarse el Escalafón. Artículo 14. – A los profesores de los grados 5 y 6 se les podrá exigir el dictado de conferencias, comentarios o trabajos de orientación pedagógica o cultural, de acuerdo a la reglamentación que dictarán los respectivos Consejos.

Artículo 15. – Los directores y subdirectores de Liceos e Institutos de Enseñanza comprendidos en el item 16. 01, deberán dictar sin remuneración especial alguna, de 3 a 6 horas semanales de clase, como obligación inherente a sus cargos.

Artículo 16. – Aquellos directores que no lleguen al 6º grado podrán ser facultados por el Consejo de Enseñanza -sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 15- para dictar hasta tres horas semanales retribuidas con una asignación de $ 15.

83, mensuales por hora, retribución transitoria que dejará de hacerse efectiva cuando el director cese al vacar sin reelección o cuando alcance el grado 6º. Los subdirectores de Liceos e Institutos de Enseñanza, comprendidos en el item 16.

01, podrán ingresar al Escalafón en las mismas condiciones que para las fijadas para los Profesores en el artículo 11 de esta ley. Artículo 17. – Los Inspectores y los Directores de Liceos, comprendidos en el item 16. 01, que por sus años de servicios docentes llegaran al 6º grado del Escalafón a que se refiere el artículo 2º , aumentarán sus sueldos en la suma de $ 900.

  • 00 anuales;
  • Artículo 18;
  • – Fíjase en $ 100;
  • 00 mensuales, 1;
  • 200;
  • 00 anuales, la partida que con cargo a rubro “2;
  • 02;
  • Locomoción y viáticos”, percibirán los Inspectores docentes y el Inspector de rendición de cuentas liceales de Enseñanza Secundaria;

Para percibir esa asignación deberán desempeñar funciones inspectivas en el interior por un mínimo de sesenta días en el año. Artículo 19. – Los Ayudantes de clase y los Ayudantes adscriptos con funciones docentes, regularán el importe de sus retribuciones en la proporción de 2 horas por una de Profesor para los primeros, y para los segundos a razón de 44 dietas por 6 horas de Profesor.

Artículo 20. – Los ayudantes o adscriptos sin funciones aumentarán su sueldo actual en $ 360. 00 anuales, a partir del 1º de enero de 1948. Artículo 21. – Del rubro “1. 02 Licencias al Personal Docente” se destinará el 50% a las compensaciones que establecen los artículos 2º y 11 y el 50% para suplencias a Profesores Agregados y Ayudantes, en iguales proporciones.

Las suplencias se abonarán a razón de $ 15. 83, mensuales por hora semanal dictada. Artículo 22. – Todos los cargos Administrativos, Técnicos, Jubilaciones o cargos Docentes, con la única excepción de los expresamente establecidos como de dedicación exclusiva (full-time), son acumulables con cargos docentes si existe interés para la enseñanza.

En ese caso para los Profesores que acumulen cargos docentes que tengan un horario de cuatro o más horas diarias de labor continuada, o cargos administrativos, técnicos o jubilaciones, las horas de clase sólo alcanzarán al 50% de las fijadas para aquellos que no disfruten de acumulación.

En idéntico porcentaje se fija el límite mínimo establecido en el artículo 3º. Tratándose de Profesores en ejercicio a la fecha de publicación de la presente ley, que disfruten de acumulación, las horas de clase alcanzarán a los dos tercios de los tres primeros grados del Escalafón.

  • Tampoco se hará efectiva la limitación del 50% cuando la disminución de horas acumulables por ascenso de grado pudiere disminuir la remuneración del Profesor;
  • En el 2º y 5º grado, se tomarán como 50%, a los efectos de este artículo, 8 horas semanales de clase;

Cuando el 50% no represente un número exacto de horas, se tomará el límite inmediato superior. La acumulación de cargos docentes con jubilaciones correspondientes a los mismos, queda limitada a los Profesores que disfruten de ese beneficio a la fecha de publicación de la presente ley.

Artículo 23. – Las remuneraciones comprendidas en las planillas de la presente ley incluyen los aumentos decretados por las leyes Nº 10. 756 de 27 de julio de 1946 y Nº 11. 070 , de 17 de junio de 1948, no siendo aplicable en estos casos la disposición del artículo 7º de la segunda de las leyes citadas.

Artículo 24. – Fíjase en $ 900. 00 el límite máximo de acumulación de cargos Administrativos, Técnicos o Jubilaciones con cargos Docentes, salvo caso que se exceda ese límite como consecuencia de la acumulación del sueldo no docente con el que se perciba de una sola unidad docente (Cátedra, Clase, Grupo, etc.

) Al solo efecto de lo dispuesto en este artículo, se considera desempeño simultáneo de una Cátedra y del Decanato de una Facultad como una sola unidad docente. Artículo 25. – Deróganse las disposiciones que en materia de acumulaciones se opongan a la presente ley, sólo a los efectos de la aplicación de la misma.

Artículo 26. – Los actuales Profesores de Enseñanza Secundaria y del Instituto Normal podrán optar por su ingreso al Escalafón establecido en el artículo 2º , o por el mantenimiento del régimen en vigor. Artículo 27. – Las nuevas asignaciones de los funcionarios docentes que no hubieran sido beneficiados por el aumento de $ 360.