En Que Año Se Hace Obligatoria La Educacion Preescolar?

En Que Año Se Hace Obligatoria La Educacion Preescolar
Educación Preescolar para todas las Niñas y Niños Presidencia de la República EPN | 29 de abril de 2016 El Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, atestiguó la firma del Convenio entre la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL): “El objetivo, que 1.7 millones de niñas y niños, que están en edad de recibir educación preescolar, realmente la tengan, la reciban y puedan tener esta educación en donde están y a donde asisten, o dónde están bien cuidados y resguardados”.

  1. Desde 2002, se estableció la obligatoriedad de la Educación Preescolar, como parte de la Educación Básica.
  2. Aún con los esfuerzos institucionales, se estima que casi 1 de cada 3 niños, de 3 a 5 años de edad, no recibe Educación Preescolar, lo que representa cerca de 1.7 millones de niñas y niños.
  3. Algunos, porque no tienen acceso a ella, pero otros más, porque asisten a Estancias, Guarderías o Centros de Desarrollo Infantil, cuyos modelos de atención no están homologados con las características de este nivel educativo.

“El tema central de todas las reformas que hemos hecho, la más importante y lo he dicho, la más relevante es la Reforma Educativa, porque está centrada en darle a la niñez de nuestro país las mejores herramientas para enfrentar de mejor manera los retos del mañana”.

  1. Objetivos del Convenio 1.
  2. Revisar, junto con las autoridades estatales y federales, que las Guarderías, Estancias de Bienestar y Desarrollo Infantil así como los demás Centros de Atención Temprana, cumplan con todos los requisitos que establece la SEP para preescolar; y 2.
  3. Promover que todos los menores en edad preescolar, hijos de familias beneficiaras de programas sociales, se encuentren inscritos en este nivel educativo.

Esta acción se suma a otras más que el Gobierno de la República está realizando en favor del desarrollo y bienestar de las niñas y niños; en otro frente a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social, para que todos los hijos de los beneficiarios de los varios programas sociales en esta edad atiendan la educación preescolar.

En 2016, la Administración Pública Federal destina más de 736 mil MDP para la atención de Niñas, Niños y Adolescentes menores de 18 años. El número de Escuelas de Tiempo Completo ha aumentado de 6 mil 708 en 2012 a 23 mil 182 (ciclo escolar 2014-2014), beneficiando a cerca de 3.5 millones de estudiantes. La SEDESOL beneficia a casi 13 millones de menores de 15 años. Cuatro millones de niños reciben aporte nutricional de la Leche Liconsa.650 mil niñas y niños son atendidos en Estancias Infantiles y Guarderías de la SEDESOL, IMSS, ISSSTE, PEMEX, DIF; así como de la Secretaría de la Defensa Nacional y de Marina. Seis millones de menores de 12 años tienen asegurada su educación hasta nivel superior, por medio del Seguro de Vida para Jefas de Familia. Más de 28 mil niñas y niños en situación de orfandad materna reciben una beca para asegurar su permanencia escolar.

“Este país tiene su mayor tesoro en las niñas y niños de México. Ahí está el tesoro más grande, en lo que podamos hacer por ellos, porque en ellos habrá de descansar, el día de mañana, justamente, el camino, el derrotero que tome nuestro país. Y a quienes estamos en una edad mayor, en una edad adulta, y quienes tenemos además responsabilidad pública, nos ocupa y nos obliga a velar porque la niñez de México, efectivamente, tenga mejores condiciones en su preparación, en su formación, en la calidad de educación que están recibiendo, porque eso es lo que les va a abrir puertas para lograr sus metas el día de mañana”.
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¿Cuándo se hizo obligatorio el kinder en Chile?

Kinder obligatorio: Comisión Mixta desestima la obligatoriedad – Senado – República de Chile Salas deberán pronunciarse Tras sendas sesiones de análisis, la instancia conformada para resolver las divergencias entre ambas Cámaras rechazó, por mayoría de votos, las normas referidas al carácter obligatorio de la educación parvularia.

Cuatro fueron las sesiones que llevó a cabo la Comisión Mixta -presidida por el senador Jaime Quintana- encargada de resolver las diferencias entre ambas Cámaras, en torno al proyecto de ley que modifica la ley General de Educación con el objeto de establecer la obligatoriedad del segundo nivel de transición de Educación Parvularia y que concluyó su cometido desestimando aspectos centrales de la iniciativa, tales como la obligatoriedad.

El senador Jaime Quintana señaló que, tras conversaciones con el alcalde de Lonquimay, existen aspectos como la lejanía, climáticos y de oferta que hacen que los padres no envíen a sus hijos a kínder. “En la práctica el kínder es obligatorio y este 4% que no envía a sus hijos, por distintas razones, tienen que ver con la oferta”.

En una línea similar, la senadora Yasna Provoste advirtió que “el debate no tiene que ver con la obligatoriedad, sino que en la oferta pública. Esta discusión esconde un falso debate del acceso al segundo nivel de transición y se pretender ver como si esto fuera una magnitud muy distinta a la que es.

¿Cuáles son los sectores que no acceden a kínder? Los que están en condiciones de ruralidad de lejanía. () Llama la atención que los programas alternativos de los lugares más aparatados y de mayor vulnerabilidad han disminuido y el gobierno durante toda la tramitación no ha podido demostrar que esto no es así”. En Que Año Se Hace Obligatoria La Educacion Preescolar

  • Por su parte, el senador Carlos Montes insistió en que se debe recoger la preocupación sobre esta iniciativa y proteger a los menores de una sobre escolarización para evitar “ir afectando los espacios como el recreo, el valor de juego”.
  • Una opinión distinta expresó el senador Claudio Alvarado quien precisó que “me llama la atención que las argumentaciones para votar en contra sean totalmente ajenas a lo que promueve este proyecto de ley”.
  • A su vez, el ministro de Educación, Raúl Figueroa, manifestó que “en 2013 se aprobó una reforma constitucional, que establece en la Constitución la obligatoriedad de kínder; esa misma reforma señala que una ley debe hacerse cargo de la implementación de esta política, y para ello se requería modificar la Ley General de Educación; este proyecto modificaba la Ley General de Educación para implementar la obligatoriedad del kínder y ésos son los cambios que se rechazaron”.
  • El informe de la Comisión Mixta deberá ser analizado ahora por las Salas de la Cámara y luego por la del Senado.

Por mayoría de votos, se rechazaron todas las normas referidas al carácter obligatorio del kínder. En contra votaron los senadores Yasna Provoste y Jaime Quintana y los diputados Camila Rojas, Juan Santana y Víctor Torres. A favor senadores se pronunciaron los senadores José García y Claudio Alvarado y los diputados Luis Pardo y Juan Manuel Fuenzalida.

  1. Luego, se aprobó por 9 votos a favor y 1 abstención la propuesta para evitar la escolarización del kínder; sin embargo, se reiteró que “aquí no se aporta nada nuevo de lo que dice la ley” y “no hay garantías de que no será un proceso de escolarización”.
  2. Con respecto a la entrada a primero básico, sin la necesidad del kínder se precisó que la enmienda “ya no es necesaria a la luz de lo rechazado”, por lo que se desestimó por 6 votos en contra y 4 abstenciones.
  3. Otras de las votaciones estuvo referida información y se respaldó por unanimidad que “() el Ministerio de Educación deberá presentar a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, un informe sobre la matrícula, cobertura en relación a la población de la edad correspondiente, que cursan tanto el primer como segundo nivel de transición en establecimientos financiados con aportes o subvención del Estado ()”.
  4. Senadores y diputados de oposición habían hecho presente en otras sesiones sus dudas y reparos a la obligatoriedad, en “donde la responsabilidad se deja caer en los padres y apoderados” y lo coercitiva de la medida, lo que podría “incidir en una eventual desescolarización de quienes no asistan a kínder”.
  5. Sin embargo, desde el oficialismo se recalcó la importancia de este nivel de transición, principalmente por “lo clave que es el aprendizaje en los primeros años”.

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¿Cuántos años es obligatorio el kinder?

Conoce cuántos años son de kínder en México ¡Que no te agarren desprevenido! En la actualidad aún existen dudas sobre cuántos años son de kínder en México o si es obligatorio que los niños asistan, lo anterior te puede confundir a la hora de tomar una decisión sobre la educación inicial que buscas brindarle a tu hijo, pero aquí podrás salir de dudas para que no te agarren desprevenido los tiempos o los trámites relacionados con este nivel educativo.

De los 3 a los 5 años de edad, los pequeños deben asistir al kínder para desprenderse un poco de la familia y comenzar a integrarse a otro tipo de ambientes sociales y aquí particularmente, es donde comienzan a recibir enseñanzas que contribuyen de manera integral en su desarrollo y son la base de los siguientes niveles educativos.La obligatoriedad constitucional del nivel preescolar se determinó en el año 2002 y a partir de ese momento, la tasa de asistencia a preescolar ha ido aumentando y como parte de ello, la SEP determinó que los niños deben cursar al menos 2 años de los 3 que componen este nivel educativo para pasar a la primaria.Por lo tanto, puedes inscribir a tu pequeño a partir de los 3 años para que inicie desde el primer grado de preescolar, pero si ya se ta ha pasado el tiempo y ahora tiene 4 años, no hay problema; el niño puede ingresar al segundo grado y cursar el tercero para así cumplir con las normas establecidas por la secretaría.Como ves, la educación preescolar en México tiene un caracter obligatorio y aunque como papá puedes tener cierto miedo o nervios de inscribir a tu hijo en el kínder, debes tener la seguridad de que ahí podrá vivir experiencias que favorezcan su desarrollo y adquirir conocimientos que le serán útiles en su trayectoria escolar.

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¿Cuándo se integra a la educación básica el jardín de niños?

La educación básica abarca la formación escolar de los niños desde los tres a los quince años de edad y se cursa a lo largo de doce grados, distribuidos en tres niveles educativos: tres grados de educación preescolar, seis de educación primaria y tres de educación secundaria.
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¿Qué pasa si no llevo a mi hijo al kínder?

¿Cuáles son las ventajas de retrasar el ingreso a kínder? – Kelli Johnson: Algunas investigaciones sugieren que posponer un año el ingreso a kínder puede ayudar a los niños a estar más enfocados y tranquilos en la escuela. Pero los expertos concuerdan que hay mucho que no sabemos sobre qué hace que un niño esté listo para empezar kínder.

Bob Cunningham: No es inusual que las escuelas de preescolar sugieran esperar si un niño tiene dificultad en ciertas áreas. Una de ellas es retrasos en el lenguaje, y otra es el autocontrol. En estos casos retrasarlos no es desventajoso, pero el beneficio no sucede automáticamente. El preescolar tendría que hacer algo para abordar directamente esas dificultades.

Si no lo hace, es poco probable que su hijo progrese significativamente. Retrasar el ingreso puede tener sentido si su hijo recibe ayuda en el preescolar, como la que recibiría en un programa de educación especial de edad temprana. Amanda Morin: Investigaciones recientes no muestran beneficios claros a largo plazo.

Pero si la edad de su hijo apenas lo hace elegible para comenzar kínder (cumple años en verano o en otoño), un año adicional podría proporcionar algunos beneficios a corto plazo. Esto es particularmente cierto si su distrito escolar cuenta con un programa que dura todo el día o si su hijo está retrasado en algunas áreas.

Retrasarlo puede darle más tiempo para madurar. También tendrá más tiempo para mejorar sus habilidades sociales y de concentración. Sin embargo, el progreso no sucede de manera automática. Durante ese año adicional de preescolar, usted tiene que tener un plan para preparar a su hijo para el kínder.
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¿Qué pasa si no llevo a mi hijo al colegio con 3 años?

¿Qué ocurre si los niños no acuden al centro escolar?

  • El término “absentismo escolar” puede definirse como la falta injustificada de asistencia a clase de manera reiterada por parte del alumno.
  • Nos encontramos ante un problema con una vertiente tanto educativa como social, pues surge como consecuencia el fracaso escolar y posterior abandono, generando para aquellos alumnos un riesgo de exclusión y marginación social y económica.
  • El absentismo escolar tiene su lugar dentro del ámbito legal, tanto en el ámbito civil como en el penal, generando unas consecuencias para el sujeto que genere esta situación, plasmadas en diferentes sentencias que analizaremos a continuación.
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En el ámbito civil la consecuencia que acarrea el absentismo escolar es la declaración de DESAMPARO DEL MENOR (art.172 del CC), conllevando la SUSPENSIÓN DE LA PATRIA POTESTAD, pudiendo llegar a promoverse la PRIVACIÓN DE LA PATRIA POTESTAD en los casos previstos en la ley.

  1. Encontramos reiterada jurisprudencia donde se refleja estas consecuencias para los progenitores derivadas del absentismo escolar.
  2. SAP Alicante 101/2018, 21 de Marzo de 2018.
  3. En esta sentencia se condena a los progenitores de tres menores a un delito de ABANDONO DE FAMILIA, tipificado en el artículo 226 del Código Penal, estableciendo el Tribunal Supremo los presupuestos objetivos que pueden reducirse a dos:
  1. – El tipo contempla los más graves supuestos de inasistencia en el ámbito familiar;
  2. – El abandono ha de ser patente y duradero en el tiempo, no meramente esporádico u ocasional.
  • Los acusados interponen recurso alegando la no acreditación de la comisión de un delito de abandono de familia respecto de los menores.
  • Este recurso se desestima, pues bien, tal y como se indica anteriormente, el Tribunal Supremo establece los presupuestos objetivos para que se de el tipo, cumpliéndose en este caso, ya que los menores mantuvieron una actitud pasiva respecto a su educación, configurándose así una situación de absentismo escolar durante dos cursos, sumando la
  • no escolarización del tercero de los hijos hasta la edad de ocho años.
  • Por tanto, podemos observar que el abandono, o esta conducta, es algo duradero y no puntal o esporádico.
  • Respecto a la acción típica, generalmente omisión, se configura como el incumplimiento voluntario de los deberes inherentes a la patria potestad.

Matiza a su vez, que la desatención no se corresponde únicamente con la económica, estableciendo en su Fundamento de Derecho Primero lo siguiente: “Una de las esferas en los que puede producirse la desatención es en la educación, siendo una de sus representaciones más habituales el absentismo escolar,

  1. Finalmente falla la Sala condenando a ambos progenitores por el delito establecido en el artículo 226 del CP a la pena de 4 meses de multa a una cuota diaria de 6 euros con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago o insolvencia de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas y costas.
  2. SAP Huelva 76/2019, 22 de Abril de 2019
  3. En este caso se condena de nuevo, a los progenitores de una menor por un DELITO CONTRA LAS RELACIONES FAMILIARES, a una pena de tres meses de cárcel por permitir que su hija faltara a clase más de cien veces.
  4. En este caso los padres eran plenamente conscientes de la inasistencia de su hija al centro escolar, permitiendo y consistiendo este comportamiento, generando así el posterior abandono escolar de la menor.
  5. Los progenitores interponen recurso entorno a las siguiente ALEGACIONES:

El padre de la menor sostiene la imposibilidad de controlar la asistencia de la menor al colegio debido a su trabajo y a la separación de su mujer y madre de la menor.

Esta alegación carece de fuerza, pues bien, a pesar de encontrarse alejado de su hija como consecuencia de su trabajo en el mar, se probó en el Juicio la plena conciencia del padre sobre la situación que se estaba produciendo. Testificó la directora del centro escolar, relatando las múltiples reuniones que habían tenido lugar con ambos progenitores e incluso con los abuelos, sosteniendo que la respuesta de éstos era la continúa justificación de los padres respecto a las faltas de la menor.

A su vez, en el mismo juicio, el padre reconoció que la menor no quería ir al instituto, admitiendo que “quizá no pusimos más medios” Respecto al Recurso del progenitor, dispone la Sala en su Fundamento de Derecho Primero: “Todo lo anterior configura un panorama en el que hemos de concluir que Marino, quien declaró que llegó a hablar con el colegio y poner los hechos en conocimiento de la asistenta social, tenía pleno conocimiento del absentismo de su hija; sin que ni él ni la coacusada y madre de la menor agotaran todas las medidas que resultaren pertinentes para obligar a Violeta a acudir al centro educativo.

En vez de adoptar una actitud proactiva, enérgica y de búsqueda de todas las soluciones posibles, se mantuvieron en un impasse sin que llevaran a cabo todas actuaciones al alcance de su mano de manera continuada e insistente, recabando de forma activa ayuda de todos los organismos tanto de la comunidad académica como de servicios sociales, para lograr que la niña no perdiera un año escolar con grave deterioro de su formación.”

El recurso de la progenitora gira entorno a la inexistencia de dolo y culpa en su actuación.

Esta alegación se desvanece, pues ambos progenitores eran conocedores del absentismo escolar de su hija, no actuando de manera diligente ni efectiva, generando así un perjuicio a la menor. Si bien puede desecharse la idea de un “dolo directo”, afirma la Sala encontrarnos ante un ” dolo de indiferencia o de consecuencias necesarias”.

  • Finalmente, la Sala desestima ambos recursos, ratificándose en el delito establecido y la pena predeterminada para el mismo.
  • Me gustaría concluir recordando que, los menores entre 6 y 16 años deben ser escolarizados, y la asistencia de los alumnos al centro escolar constituye una obligación inexorable para los padres de los menores, derivando de su incumplimiento las consecuencias legales correspondientes al incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad, tal y como se refleja en las mencionadas sentencias, acarreando un delito de abandono de familia.
  • Considero de vital importancia recalcar el importante papel que tienen los centros educativos, siendo los encargados de comunicar a las Comisiones Locales o Provinciales de Absentismo estas situaciones que, una vez estudiadas, se remitirá copia del expediente al Ministerio Fiscal.
  • Su misión me parece fundamental ya que, detrás de la mayoría de los casos de absentismo escolar, nos encontramos con una desprotección absoluta del menor, y circunstancias familiares gravísimas, que de no ser por este control y esta lucha frente el absentismo escolar, no saldrían nunca a la luz.
  • Marta López Paraja

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¿Qué grado debe cursar un niño de 4 años?

Grado de preescolar según la edad

Edad Grado escolar
3 años Primero de kínder
4 años Segundo de kínder
5 años Tercero de kínder

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¿Qué es el kínder obligatorio?

Diputados votaron contra el veto que permitiría reponer la obligatoriedad del nivel, pese a que en primer trámite habían aprobado el proyecto por unanimidad. El proyecto respondía a un mandato constitucional e iba en línea con la Agenda 2030 de la Unesco.

Martes 21 de septiembre, – La Cámara de Diputados rechazó el veto que buscaba reponer la obligatoriedad para el Kínder, idea matriz del proyecto que había sido eliminada en el Senado pese a que la Cámara, en primer trámite, había aprobado el proyecto por unanimidad.

  1. Con esto, la iniciativa quedó rechazada pese a que buscaba cumplir con un mandato constitucional y a que la creación de una educación parvularia gratuita y obligatoria es una urgencia país, por la relevancia de la formación inicial de niños y niñas.
  2. El kínder obligatorio es un proyecto que apunta con total precisión al máximo bienestar de nuestros niños, que se dirige a corregir desde la base las inequidades que luego se manifiestan en nuestro sistema educativo, que permite efectivamente emparejar la cancha y darle a todos las mismas oportunidades.

Hoy día, diputados de oposición optaron por darle la espalda a esos niños”, señaló el ministro de Educación, Raúl Figueroa, al finalizar la votación en sala. El ministro apuntó además a estos parlamentarios afirmando que “una oposición mezquina optó por darle la espalda a esos niños; un candidato a la presidencia optó por darle la espalda a esos niños.

  1. Parte importante de la bancada de la Democracia Cristiana optó por darle la espalda a esos niños.
  2. ¿Por qué? Porque estamos en un momento electoral y lamentablemente no han sabido leer lo fundamental que es para Chile tener una educación parvularia que apunte a darle a cada uno de esos niños las oportunidades que se merecen () miles de niños deberán seguir esperando porque son víctimas de un cálculo mezquino que ciertamente no tiene cabida en el debate educacional en Chile”.

El kínder obligatorio es un mandato constitucional aprobado en 2013 y busca aumentar de 12 a 13 años la escolaridad obligatoria. Luego que la Cámara de Diputados lo aprobara por unanimidad, el Senado rechazó la obligatoriedad lo que lo obligó a pasar a Comisión Mixta donde se reafirmó esta posición.

  • Por esta razón, y en el entendido que este nivel es fundamental para el desarrollo integral de las trayectorias educativas, el 20 de agosto pasado el Ejecutivo envió a la Cámara de Diputados el veto que buscaba reincorporar la idea matriz del proyecto de ley, es decir, la obligatoriedad del kínder.
  • El veto rechazado contemplaba, además de reponer la obligatoriedad, la obligación del Estado de velar por una evaluación y un plan de acompañamiento realizado por los establecimientos educacionales para aquellos niños y niñas que, por diversos motivos, no han podido cursar el segundo nivel de transición.

De esta manera, se les aseguraba la continuidad en el sistema educativo. Al mismo tiempo, entregaba un aporte de $4 mil millones para nueva infraestructura y capacitación para equipos educativos con enfoques pertinentes al nivel que releven el juego, descubrimiento, resolución de problemas, alfabetización emocional y creatividad, respetando su proceso de construcción mental.

En definitiva, mejorar la articulación de kínder con primero básico evitando la escolarización que había sido una de las observaciones de la oposición. Por otro lado, Chile tiene un compromiso internacional, ya que en 2015 firmó, como parte de los 193 países miembros de la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible que establece como meta que los países garanticen, al menos, un año de educación preescolar de calidad, gratuita y obligatoria.

Impacto de la pandemia El proyecto de kínder obligatorio se hizo urgente debido a las consecuencias de la pandemia para el sistema educativo, especialmente en Educación Parvularia. En el último año, 39.498 alumnos de 1° básico a 4° medio desertaron del sistema escolar, sin embargo, la situación es aún más crítica en los más pequeños: desde 2019 la cantidad de niñas y niños de prekínder que abandonó el sistema se duplicó, pasando de 1.878 a 3.960, mientras que en kínder se produjo un aumento de la deserción de un 130% entre 2019 y 2021, pasando de 1.965 a 4.687.

Las mismas cifras reflejan que si bien en 1° básico también aumentó la deserción en un 44%, en este nivel académico la tasa de incidencia se mantuvo relativamente estable, pasando de 0,9% a 1,3%. Si bien la matrícula en este nivel es alta, superando el 93%, existe un 66% que tiene inasistencia crónica.

Es decir, faltan más de 4 semanas al año. Esta inasistencia crónica, más el creciente abandono, hacían fundamental para el gobierno su aprobación. La subsecretaria de Educación Parvularia María Jesús Honorato afirmó que, “estos datos nos llevan a pensar que la voluntariedad del kínder es determinante para la señal que reciben las familias respecto a la importancia del nivel.
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¿Qué es la educación inicial según la Ley 070?

Educació​n en Bolivia – La educación en Bolivia está regulada en la Ley 070 de Educación Avelino Siñazi-Lizardo Pérez, de 20 de diciembre de 2010. La Ley 070 reconoce la educación como un derecho fundamental. Así, en su artículo 1.1 establece que “Toda persona tiene derecho a recibir educación en todos los niveles de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, sin discriminación.” Damos cuenta a continuación de los principales aspectos de esta ley.

  1. La educación es obligatoria hasta el bachillerato, y gratuita en todos sus niveles hasta el superior.
  2. El sistema educativo está compuesto por las instituciones educativas fiscales (públicas), instituciones educativas privadas y de convenio.
  3. Las unidades educativas privadas, reconocidas en todos los niveles y modalidades, se rigen por las políticas, planes, programas y autoridades del sistema educativo estatal.

El Estado garantiza su funcionamiento previa verificación de las condiciones y cumplimiento de los requisitos establecidos en reglamentación específica aprobada por el Ministerio de Educación. Las unidades educativas de convenio son instituciones administradas por entidades religiosas, sin ánimo de lucro y cuyo acceso a las mismas es libre.

Educación inicial en familia comunitaria: Constituye la base fundamental para la formación integral de la niña y el niño, se reconoce y fortalece a la familia y la comunidad como el primer espacio de socialización y aprendizaje. De cinco años de duración, comprende dos etapas:

Educación inicial no escolarizada: Es de responsabilidad compartida entre familia, comunidad y Estado, orientada a promover y fortalecer la identidad cultural del entorno, el apoyo a la familia en la prevención y promoción de la salud y la buena nutrición.

Educación primaria comunitaria vocacional. Comprende la formación básica, Brinda condiciones necesarias de permanencia de las y los estudiantes; desarrolla sus conocimientos, potencialidades y capacidades. De seis años de duración.Educación secundaria comunitaria productiva. Articula la educación humanística y la educación técnica-tecnológica con la producción, incorporando la formación histórica, cívica y comunitaria. Permite identificar las vocaciones para continuar estudios superiores o incorporarse a las actividades socio-productivas. Está orientada a la obtención del Diploma de Bachiller Técnico Humanístico. De seis años de duración.

Educación alternativa y especial La educación alternativa comprende las siguientes áreas:

Educación de Personas Jóvenes y Adultas. Se trata de una educación sistemática de carácter técnico-humanístico, destinada a las personas mayores de quince años. Comprende dos niveles:

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Educación Primaria, Alfabetización y Post-alfabetización Educación Secundaria

Educación permanente: destinada a toda la población, ofrece procesos formativos no escolarizados que respondan a necesidades, expectativas e intereses de organizaciones, comunidades, familias y personas, en su formación sociocomunitaria, productiva y política.

La Educación especial se realizará en centros integrales multisectoriales, a través de programas de valoración, detección, asesoramiento y atención directa, desde la atención temprana y a lo largo de toda la vida. Comprende tres áreas:

Educación para Personas con Discapacidad.Educación para Personas con Dificultades en el Aprendizaje.Educación para Personas con Talento Extraordinario.

Educación superior de formación profesional. Comprende:

Formación de Maestras y Maestros.Formación Técnica y Tecnológica, cuya estructura institucional comprende:

Institutos Técnicos e Institutos Tecnológicos: públicos, privados o de convenio, desarrollan programas de formación profesional a nivel técnico, con los siguientes niveles: Capacitación, Técnico medio post-bachillerato y Técnico superior. Escuelas Superiores Tecnológicas: de carácter fiscal, desarrollan programas complementarios de formación especializada a nivel licenciatura para profesionales del nivel técnico superior, para el desarrollo de la investigación aplicada, la ciencia y la tecnología en áreas prioritarias para el Estado.

Formación Artística, cuya estructura institucional se compone de:

Centros de Capacitación Artística: Son instituciones de carácter fiscal, de convenio y privado que desarrollan programas de corta duración, dirigidos a la formación integral de las personas. Institutos de Formación Artística: Son instituciones de carácter fiscal, de convenio y privado que desarrollan programas de formación artística a nivel técnico medio y superior.

En los dos primeros centros los niveles son los de capacitación, técnico medio y técnico superior. Escuelas Bolivianas Interculturales, de carácter público, que desarrollan programas especializados de formación profesional a nivel licenciatura en las diferentes expresiones artísticas. Nivel: licenciatura.

Formación Universitaria Grados académicos: en pre grado: técnico superior y licenciado. En post grado: diplomado, especialista, maestro, doctor y post doctor. Tipos de universidades:

Públicas autónomas Privadas, que se rigen por las políticas, planes, programas y autoridades del sistema educativo estatal.​Indígenas: de carácter público y articuladas a la territorialidad y organización de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos. Su política institucional se define en las Juntas Comunitarias, compuestas por organizaciones indígenas nacionales y departamentales.De régimen especial. Se trata de la Universidad Militar y la Universidad Policial.

La siguiente página permite contactar con diferentes instituciones educativas bolivianas: Colegios y Unidades Educativas en Bolivia​
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¿Cuándo se hizo obligatoria la educación en México?

Introducción – El Estado mexicano impulsa el ejercicio pleno del derecho humano a la educación, pues contribuye al empoderamiento social: cada vez existe una mayor conciencia de que la educación es un derecho humano intrínseco de las personas y un medio indispensable para ejercer otros derechos humanos.

Es posible afirmar que el derecho a una educación de calidad, como se establece en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), es el principal medio para permitir que las personas en situación de vulnerabilidad social tengan posibilidades de salir de la pobreza; cumple una función central en la autonomía y la liberación de la mujer; es un mecanismo de protección contra las explotaciones laboral y sexual; promueve el respeto a los derechos y la democracia, y es una de las mejores inversiones financieras que pueden hacer los individuos y los países (ONU, 1966).

La importancia del derecho a la educación es incuestionable. El gran desafío del Estado mexicano y sus instituciones se encuentra en garantizar por completo su vigencia y pleno ejercicio. Se trata de lograr en México la meta de educación obligatoria para los 15 años de escolarización; esto es, que todos los individuos que viven en el territorio nacional completen los niveles de educación preescolar, primaria, secundaria y media superior, sin distinción alguna por ningún motivo o condición.

  1. El pleno goce del derecho a la educación no se puede analizar en categorías binarias de cumplimiento o incumplimiento.
  2. La propuesta de Katarina Tomasevski, primera relatora especial de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para el derecho a la educación, permite incursionar en análisis complejos que implican la medición y la evaluación de la disponibilidad, la accesibilidad, la aceptabilidad y la adaptabilidad del servicio educativo que el Estado ofrece a la población.

Esta propuesta inspira la construcción de indicadores educativos y de mediciones que lleva a cabo el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), a fin de dar seguimiento al ejercicio del derecho a la educación en México. Con el fin de identificar el grado en que éste se cumple, es relevante considerar las decisiones que el Estado mexicano ha tomado para expandirlo más allá de la educación primaria, obligatoria a partir de 1934.

La obligatoriedad de la educación secundaria se estableció en 1993; la de preescolar, en 2002, y la de la educación media superior (EMS), en 2012. Actualmente, la educación obligatoria en México es de 15 años de escolarización, la cual abarca las edades normativas de 3 a 17 años y comprende los niveles mencionados.

En cierto sentido, la ampliación de la educación obligatoria puede verse como un reflejo de la consolidación del Sistema Educativo Nacional (SEN). Como cabría esperar, el nivel educativo más consolidado es el de primaria, por el tiempo que tiene siendo nivel obligatorio; los niveles de educación preescolar, secundaria y media superior aún no alcanzan ese grado de progreso.

  1. Tener esto en mente es un referente para juzgar los avances e identificar los desafíos que exige impulsar el desarrollo dinámico del SEN.
  2. Ampliar la educación obligatoria no es suficiente, pues entre las prioridades a atender destacan, de manera cada vez más acuciante, la cobertura de los servicios educativos y la exigencia social de la calidad y la equidad de la educación.

Una respuesta del Estado mexicano fue la reforma constitucional de febrero de 2013, la cual estableció el derecho de todos a recibir una educación de calidad; la evaluación educativa adquirió el carácter de política nacional y, entre los aspectos más relevantes para cumplir con ella, se creó el INEE, una institución con autonomía constitucional para coordinar el Sistema Nacional de Evaluación Educativa (SNEE), así como para realizar mediciones y evaluaciones de componentes, procesos y resultados del SEN y expedir directrices que orienten la definición de la política educativa; la misma reforma decretó la creación del Servicio Profesional Docente (SPD).

Los retos de la calidad educativa en el siglo XXI están inmersos en la naturaleza y la velocidad de los cambios inherentes al avance de la ciencia y la tecnología; a la globalización de la vida social, cultural y económica; a la competitividad en el orden económico y la democratización de la sociedad, entre otros.

Tal circunstancia plantea exigencias cada vez mayores y más complejas para el desarrollo de nuevas competencias de las personas, en lo individual y en lo colectivo. México no es ajeno a este contexto, del que emanan diversas preocupaciones globales, y por ello ha suscrito la agenda 2030 de la ONU, que plantea “garantizar una educación inclusiva, equitativa, y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos”, lo que implica ampliar y garantizar los beneficios de la educación a todas las personas.

Para avanzar en la construcción de una sociedad más justa, equitativa y democrática, la política educativa en la presente administración estableció, en el Programa Sectorial de Educación, seis objetivos, de los cuales los tres primeros son especialmente relevantes para los propósitos de este informe.

A la letra expresan lo siguiente:

Primero, asegurar la calidad de los aprendizajes y la formación integral de todos los grupos de la población. Segundo, fortalecer la calidad y pertinencia de la educación media superior y formación para el trabajo. Tercero, asegurar mayor cobertura, inclusión y equidad educativa, entre todos los grupos de la población para la construcción de una sociedad más justa.

Con base en lo expuesto, y en cumplimiento al artículo 63 de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (LINEE) y del artículo 31 de la Ley General de Educación (LGE), referidos a la obligación de informar anualmente sobre el estado que guarda el SEN, se presenta La educación obligatoria en México.

  1. Informe 2018,
  2. Con este documento, el INEE refrenda su compromiso de generar y difundir información y conocimiento relevantes que permitan al Estado mexicano diseñar e instrumentar políticas educativas orientadas a garantizar el pleno derecho a la educación de calidad, porque ello significa el desarrollo de los individuos y de la sociedad.

Cinco años de autonomía del INEE han favorecido un acopio importante de información y conocimientos que permiten ver aspectos de la educación en un horizonte temporal, lo cual posibilita tener una mirada retrospectiva y de tendencias. Existen asuntos insoslayables, asociados con la desigualdad y la diversidad, visibilizados por las mediciones y las valoraciones que se presentan en este informe a la máxima magistratura de la nación y a la sociedad en general.

En esta ocasión, al ser el quinto informe anual, se incorporan innovaciones, siendo la más importante la comparación en el tiempo de indicadores y mediciones que así lo han permitido. Esta innovación no es menor, ya que nos permite hacer un mejor balance de los avances y retos. De no atender los desafíos en el corto y el mediano plazos, los avances se restringirán y el SEN tendrá menos posibilidades de acrecentar su dinamismo.

Este documento informa sobre el estado que guardan componentes, procesos y resultados del SEN. Los temas centrales que se analizan dan cuenta del acceso y la trayectoria de niñas, niños y jóvenes en su escolarización obligatoria, del ejercicio de su derecho a aprender, de la calidad de los insumos y de los procesos en los servicios educativos, así como de una valoración del gasto educativo federal, todo ello contextualizado mediante variables socioeconómicas y demográficas.

  1. El informe se organiza en ocho capítulos, en los que se reporta información de los temas mencionados; para hacerlo, se expone con una lógica general de contexto-insumo-proceso-producto.
  2. Al inicio se incorporan un resumen ejecutivo y una introducción de contexto, y al final, un anexo que muestra el seguimiento a las directrices emitidas por el INEE durante el periodo 2015-2017.

De manera complementaria se incluyen una separata sobre el cumplimiento de los mandatos constitucionales del Instituto y sus principales resultados, así como un anexo estadístico digital con tablas y gráficas adicionales a las que se presentan en los capítulos, a fin de ampliar la información allí referida (),

Enseguida se describen de manera general cada una de las partes que conforman el presente informe. México tiene una realidad diversa, con distintos contextos que comprometen el pleno ejercicio del derecho de todos a recibir una educación de calidad. Esta característica de diversidad, y también de desigualdad, representa condicionantes para la población objetivo del SEN por su carácter heterogéneo en lo social, lo económico y lo cultural.

Hoy se comprende la cualidad multidimensional de la educación, por lo que es necesario abordar el contexto en el que acontece. Como un marco de referencia, el primer capítulo enfoca su atención en las condiciones contextuales sociodemográficas, económicas y culturales, ya que son factores que permiten comprender las variaciones en los resultados educacionales.

El acceso a la escuela, la permanencia en ella y el egreso oportuno de cada grado escolar y nivel educativo se analizan con un enfoque de derechos en el segundo capítulo. Un tratamiento novedoso de este informe respecto al acceso y la trayectoria de niñas, niños y jóvenes a lo largo de los 15 años de la escolarización obligatoria aborda su evolución de 2001 a 2017 y su dinámica en las entidades federativas.

El análisis comprende los distintos servicios educativos y modalidades escolares. El abandono escolar se estudia considerando los factores principales que lo producen. El componente económico resulta determinante; sin embargo, existen otros elementos igualmente influyentes, como la gestión de la escuela y del aula; la condición de discapacidad o el origen étnico; la localidad de alumno según su condición de hablante de lengua indígena (HLI); así como la relevancia y la pertinencia de lo que acontece en la escuela.

  • El tercer capítulo da cuenta de la disponibilidad y la equidad en la distribución de los insumos materiales de las escuelas, entre otros, la infraestructura, el equipamiento y los materiales educativos.
  • Las características de las escuelas y la dotación básica son condiciones esenciales para que se lleven a cabo los procesos de enseñanza y aprendizaje.

En primer término, se presentan el proceso de expansión del SEN y la demanda de espacios escolares; posteriormente se analiza la calidad de los insumos materiales de que disponen las escuelas, por último, se exponen los elementos más relevantes de la política pública para construcción, equipamiento, mantenimiento, rehabilitación, reforzamiento y reconstrucción de las instalaciones destinadas a ofrecer servicios educativos.

  • El hecho educativo acontece en un contexto social y cultural determinado, en condiciones materiales específicas, y conducido por los docentes y directivos de las escuelas.
  • Por ello, el cuarto capítulo se refiere a estos actores y muestra los resultados de la puesta en marcha del Servicio Profesional Docente (SPD) a través de los procesos de evaluación que le corresponden.

Bajo una concepción de profesionalización, el SPD tiene como propósito promover y fomentar el desarrollo de quienes realizan funciones de docencia, dirección, supervisión y asesoría técnica pedagógica a través de dos procesos sustantivos: la evaluación y la formación continua.

  1. La evaluación en el SPD se considera un medio para garantizar la idoneidad de los conocimientos y capacidades del personal con funciones académicas que atiende los servicios educativos.
  2. En este capítulo se informa sobre algunas características y competencias de los docentes y directivos escolares, con base en los resultados de las evaluaciones realizadas en el marco del SPD.
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En cuanto al eje de formación para la mejora profesional —del cual es responsable la Secretaría de Educación Pública (SEP)—, la vertiente individual está vinculada con los resultados de la evaluación de alto impacto del SPD, en tanto que la colectiva se relaciona con el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE).

La Evaluación del Desempeño, por su carácter obligatorio y su asociación con la permanencia, ha representado el mayor reto del SPD, tanto en términos técnicos como políticos. La cantidad de docentes a evaluar y la diversidad de condiciones de infraestructura y equipamiento de las escuelas y de los contextos en los que se encuentran han planteado retos técnicos y de logística inéditos en materia de evaluación de docentes a gran escala.

Como muestra este capítulo, los instrumentos de evaluación han permitido obtener evidencias que dan cuenta de las competencias necesarias para el ejercicio de las funciones académicas en el servicio público educativo. Un componente sustantivo del SEN es el currículo, que se concreta en planes y programas de estudio.

En el quinto capítulo del informe se integran hallazgos derivados de las evaluaciones realizadas por el INEE respecto de los diseños curriculares y su funcionamiento en escuelas de educación básica y media superior —en los campos formativos de Matemáticas y Ciencias—, y de las evaluaciones de la oferta educativa sobre recursos y procesos escolares que incluyen el tratamiento de la implementación del currículo.

La importancia de éste estriba en que articula la vida de la escuela en torno a los fines educativos establecidos para la educación obligatoria en México. Se plantea además una preocupación que refiere a la vinculación del nuevo currículo de la educación obligatoria con los planteamientos de la Agenda 2030 propuesta por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés), misma que supone retos para la planta docente y para la organización y el funcionamiento de las escuelas.

  • Su concreción dependerá de la medida en que se logre la articulación de los ejes del modelo educativo y se pongan en marcha acciones que respondan a las realidades de las escuelas.
  • Entre otros elementos, el desarrollo de la democracia en México exige, desde la óptica del sistema educativo, la convivencia escolar.

El capítulo sexto analiza algunos indicadores relacionados con la magnitud de la violencia en las escuelas de educación primaria, secundaria y media superior, así como su potencial asociación con el aprendizaje. La convivencia escolar armónica es un tema de la agenda pública, ya que el incremento de la violencia es una alta preocupación de padres y madres de familia, autoridades educativas, autoridades escolares, docentes y sociedad en general.

  • El logro de aprendizajes es la razón de ser del SEN.
  • Por ello, el séptimo capítulo aborda el derecho a aprender.
  • En el texto vigente del artículo 3º constitucional se establece que todos los educandos tienen derecho a recibir una educación de calidad, entendida ésta como la alineación de todos los componentes y procesos del sistema educativo para alcanzar el “máximo logro de aprendizaje de los educandos”.

Desde hace más de 25 años la evaluación del logro de aprendizaje se ha ido posicionando dentro y fuera del SEN. Las evaluaciones nacionales del aprendizaje en la educación obligatoria —Evaluación Nacional del Logro Académico en Centros Escolares (ENLACE), Exámenes de la Calidad y el Logro Educativo (EXCALE) y Plan Nacional para la Evaluación de los Aprendizajes (PLANEA)— cuentan actualmente con un amplio acervo de resultados.

Adicionalmente, México participa en varias evaluaciones internacionales del aprendizaje como: el Programme for International Student Assessment (PISA), los Estudios Regionales Comparativos y Explicativos del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación y, más recientemente, el International Civic and Citizenship Study (ICCS) de la International Association for the Evaluation of Educational Achievement.

Este capítulo contiene una visión general de los aprendizajes alcanzados en la educación obligatoria en México y de los resultados principales de las evaluaciones nacionales e internacionales mencionadas. Los datos se analizan en cada nivel educativo, incluyendo la proporción de estudiantes que no logran aprendizajes suficientes; hay una identificación por tipo de escuela de las subpoblaciones que alcanzan menores aprendizajes, y se incluyen elementos cualitativos sobre la forma en que los estudiantes adquieren aprendizajes fundamentales.

  • El capítulo aporta un análisis novedoso sobre tendencias de aprendizaje en la educación obligatoria en México en el siglo XXI, enfocado en los campos formativos de Lenguaje y Matemáticas.
  • Por segunda ocasión, el INEE incorpora en el informe anual un capítulo sobre gasto federal en educación, cuyo propósito es describir la estructura del financiamiento público en educación básica y media superior.

Este octavo capítulo brinda una primera aproximación en la materia, basado en el análisis del gasto ejercido, el cual se reporta en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal, que refiere a la contabilidad gubernamental, la rendición de cuentas y la transparencia.

  • Se trata de un documento oficial fiscalizado donde se detallan el uso y el destino de los recursos públicos del gobierno federal.
  • Cada capítulo es autocontenido, esto es, puede ser consultado con independencia en virtud de que desarrolla un marco de referencia y conclusiones propios.
  • Tres temas más para cerrar esta pequeña introducción a La educación obligatoria en México.

Informe 2018 : El informe inicia con un resumen ejecutivo en el que se destaca la información clave de cada capítulo, con el propósito de facilitar al lector una idea global de los asuntos tratados en él y orientar su interés para una lectura completa de alguno o de todos los apartados in extenso,

Como ya se mencionó, se incluye un anexo que contiene información sobre el seguimiento a las directrices emitidas por el INEE. Conviene recordar que el mandato constitucional respecto de la emisión de las directrices es orientar la definición de políticas educativas tendentes a mejorar la calidad de la educación y su equidad con base en evidencias.

A la fecha, el instituto ha emitido cuatro: Directrices para mejorar la formación inicial de docentes de educación básica (INEE, septiembre 2015); Directrices para mejorar la atención educativa de niñas, niños y adolescentes de familias de jornaleros agrícolas migrantes (INEE, agosto 2016); Directrices para mejorar la atención educativa de niñas, niños y adolescentes indígenas (INEE, enero 2017), y Directrices para mejorar la permanencia escolar en Educación Media Superior (INEE, diciembre 2017).

La separata antes referida da cuenta de los mandatos de la institución y de cómo éstos se reflejan en la ejecución de sus competencias y atribuciones a cinco años de fungir como un organismo constitucional autónomo. Finalmente, las referencias a las gráficas y las tablas que se encuentran en el anexo estadístico digital podrán identificarse por una letra A, que las diferencia de las otras menciones.

La evaluación ofrece información y conocimiento para juzgar el desarrollo del SEN, así como el grado en el que se ejerce el derecho a la educación. Perfeccionar su calidad implica contar con evidencias sólidas que favorezcan el diseño y la implementación de políticas y programas educacionales, lo cual se conoce como políticas basadas en evidencia.
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¿Qué grado debe cursar un niño de 5 años?

​​​​ Educación Inicial La educación inicial tiene como propósito potenciar el desarrollo de los niños y niñas desde su nacimiento hasta cumplirlos 6 años. En el marco de la Estrategia de Atención Integral a la Primera Infancia​ se reconoce la importancia del Sistema de Educación Inicial​ que brinda orientaciones entorno a las modalidades, condiciones de calidad y actividades rectoras de la primera infancia y de la educación inicial.

  • A los 5 años el niño debe ser conducido de los programas de Atención Integral a la Primera Infancia a Transición, último grado de preescolar y primero del Sistema Educativo Regular.
  • Los dos escenarios de atención deben estar totalmente integrados para garantizar la continuidad del niño dentro del sistema de formación, concebido como un proceso a lo largo de la vida.

​​​ Educación Prescolar​ La educación preescolar corresponde a la ofrecida al niño para su desarrollo integral en los aspectos biológico, cognoscitivo, sicomotriz, socio-afectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas.

  • Art.15 Ley 115/199).
  • El nivel de educación preescolar comprende los grados de pre-jardín, jardín y transición, siendo este último el obligatorio en los establecimientos educativos estatales para niños menores de seis (6) años de edad.
  • Art.15 Ley 115/199).
  • ​​​ Educación Básica La educación básica obligatoria corresponde a la identificada en el artículo 356 de la Constitución Política como educación primaria y secundaria; comprende nueve (9) grados y se estructurará en torno a un currículo común, conformado por las áreas fundamentales del conocimiento y de la actividad humana.

(Art.19 Ley 115/199).

  • De acuerdo con la Ley General de Educación, el ciclo de formación básica tiene el objetivo de:
    1. Propiciar una formación general mediante el acceso, de manera crítica y creativa, al conocimiento científico, tecnológico, artístico y humanístico y de sus relaciones con la vida social y con la naturaleza, de manera tal que prepare al educando para los niveles superiores del proceso educativo y para su vinculación con la sociedad y el trabajo.
    2. Desarrollar las habilidades comunicativas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente.
    3. Ampliar y profundizar en el razonamiento lógico y analítico para la interpretación y solución de los problemas de la ciencia, la tecnología y de la vida cotidiana.
    4. Propiciar el conocimiento y comprensión de la realidad nacional para consolidar los valores propios de la nacionalidad colombiana tales como la solidaridad, la tolerancia, la democracia, la justicia, la convivencia social, la cooperación y la ayuda mutua.
    5. Fomentar el interés y el desarrollo de actitudes hacia la práctica investigativa.
    6. Propiciar la formación social, ética, moral y demás valores del desarrollo humano.

​​​ Educación Media La Educación Media está conformada por los grados décimo y once. Su propósito fundamental es preparar al educando para acceder a la Educación Superior, o la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano. (Art.27 Ley 115/199). ​​​​​​​​​​La educación media tendrá el carácter de académica o técnica.

  1. A su término se obtiene el título de bachiller que habilita al educando para ingresar a la educación superior en cualquiera de sus niveles y carreras.
  2. Art.28 Ley 115/199).
  3. O La educación media académica permitirá al estudiante, según sus intereses y capacidades, profundizar en un campo específico de las ciencias, las artes o las humanidades y acceder a la educación superior.

o La educación media técnica prepara a los estudiantes para el desempeño laboral en uno de los sectores de la producción y de los servicios, y para la continuación en la educación superior ​​​ Marco Normativo de Educación Prescolar Básica y Media: Aparte de la Ley general de Educación existen otros marcos normativos que direccionan la Educación Prescolar Básica y Media:

Decreto Único Reglamentario del sector Educación 1075 de 2015.

​​​ Documento técnicos y de Política

Plan Nacional Decenal de Educación 2016 – 2026, El camino hacia la calidad y la equidad.

​ ​​​ Indicadores Los principales indicadores de la educación preescolar, básica y media (tasas de cobertura, estadísticas poblacionales, instituciones y programas) pueden consultarse en la página Web del Ministerio de Educación Nacional y en el sitio web,
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¿Cuándo entran los niños al kínder 2023?

Fechas de las preinscripciones 2023-2024 de la SEP – Al igual que en años anteriores, el proceso de preinscripción para kínder primaria y secundaria se llevará a cabo de acuerdo con la primera letra del primer apellido, El calendario de preinscripciones SEP 2023-2024 queda de la siguiente manera:

9 al 12 de enero – Apellidos que inician con las letras Ay B 13 al 15 de enero – Apellidos con las letras C y Ch 16 al 19 de enero – D, E y F 20 al 22 de enero – G 23 al 25 de enero – H, I, J y K 26 al 28 de enero – L y Ll 29 al 31 de enero – M 1 al 5 de febrero – N, Ñ, O y P 6 al 9 de febrero – Q y R 10 al 15 de febrero – S, T, U, Y, W, X. Y y Z.

La SEP indicó que los padres, madres y tutores de alumnos que ingresarán a 1° de preescolar “podrán consultar los requisitos de su preinscripción a partir del 8 de mayo, y realizar la misma del 15 al 24 de mayo del 2023 a través de la página oficial de la AEFCM www.gob.mx/aefcm”,
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¿Qué pasa si mi hijo no hizo kínder en Chile?

¿Inscribir o no en kínder? No es necesario. A pesar de la reforma constitucional que lo hace obligatorio, pues en la práctica las cosas aún no están definidas y paso a explicarte por qué.
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¿Qué niveles escolares son obligatorios en Chile?

La educación primaria y secundaria tiene una duración total de 12 años (8 + 4) y es obligatoria para todos los alumnos. La educación es obligatoria para los niños de 6 años en adelante. El sistema consta de 2 tipos de educación: Educación Básica y Educación Media con una duración de 8 y 4 años, respectivamente.
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¿Qué es la ley 20370?

Establece que la educación básica comprenderá de 1° a 6° año, y la educación media tendrá 6 años en vez de cuatro (cuatro de formación general y dos de formación diferenciada).
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¿Qué educación es obligatoria en Chile?

‘ La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado financiar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la población. En el caso de la educación media este sistema, en conformidad a la ley, se extenderá hasta cumplir los 21 años de edad.’.
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