Como Demandar A Una Escuela Privada?

Como Demandar A Una Escuela Privada
Los padres de familia eligen una escuela privada para sus hijos con el propósito de que tengan una formación más completa y de mejor calidad que la ofrecida en las instituciones públicas. Evidentemente este tipo de educación tiene un costo, sin embargo, éste no debe obedecer a prácticas comerciales abusivas.

  1. En México, la matrícula de alumnos inscritos en escuelas privadas de nivel básico (preescolar, primaria y secundaria) durante el ciclo escolar 2016-2017 aumentó 1;
  2. 76% comparada con la correspondiente al periodo 2015-2016;

El costo promedio anual de la educación privada a nivel primaria, secundaria y preparatoria en México es de aproximadamente $240,000, sólo considerando el pago de la matrícula, de acuerdo con estimaciones de la aseguradora GNP. Sin embargo, pese a todas las ventajas que ofrecen en contraste con las instituciones públicas, las escuelas privadas no están exentas de tener malas prácticas referente a sus cuotas, pues durante 2016 la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recibió 1,048 quejas al respecto. Ante tal escenario, la Profeco plantea las siguientes situaciones en que los padres de familia son respaldados al contratar los servicios de una escuela privada :

  1. La escuela debe informar por escrito y previamente a la inscripción sobre el costo de la misma o de la reinscripción, las colegiaturas y, si es el caso, los derechos por reincorporación. Al pagar estos conceptos se garantiza que el alumno tendrá todo lo necesario para cumplir con los programas de estudio. La escuela también debe informar a los padres de familia, previo al regreso a clases y por escrito, acerca de los conceptos que requieran un pago extra como cursos, actividades extracurriculares u opcionales, etc.
  2. No pueden aumentar las colegiaturas a mitad del ciclo escolar y sin antes consultar a los padres de familia. Estos cambios deben notificarse al menos 60 días antes del periodo de reinscripción. El alza a las tarifas escolares a mitad del periodo escolar sólo puede ocurrir si la mayoría de los padres de familia está de acuerdo o por causas de fuerza mayor.
  3. La escuela puede solicitar donativos para el mantenimiento de la misma, pero estos son de carácter voluntario.
  4. Se puede solicitar la devolución de la cuota de inscripción por causas de fuerza mayor siempre y cuando se avise a la escuela dos meses antes de iniciar el ciclo escolar. En caso de que no sea así la escuela devolverá el dinero pero descontará una cantidad previamente establecida en la inscripción.
  5. No se puede obligar a comprar útiles escolares con un proveedor en particular o en la propia escuela, y lo mismo aplica para uniformes, libros o cualquier otro artículo. Si fuera necesario recurrir a proveedores específicos, los precios no podrán ser más altos que los disponibles para el público en general. Tampoco pueden exigir libros, útiles escolares o uniformes nuevos.
  6. Todos los gastos de eventos cívicos, sociales o recreativos (como el día de las madres o excursiones) organizados por la escuela son estrictamente voluntarios y no afectarán las calificaciones de los alumnos. La celebración de estos eventos dentro del horario de clases no deberá implicar gastos extraordinarios para los padres de familia.
  7. En el caso de que se dejen de pagar cuando menos tres meses de colegiatura, la escuela puede suspender el servicio educativo, aunque la medida deberá anunciarse con 15 días de anticipación. La escuela deberá entregar los documentos del alumno en un plazo no mayor a 15 días naturales a partir del momento en que se soliciten y sin cobrar cuotas adicionales. En caso de que los alumnos tengan que presentar exámenes extraordinarios, podrán hacerlo en las mismas condiciones que sus compañeros, previo pago de los derechos correspondientes.
  8. Exhibir mediante listas u otras formas a los estudiantes que tienen retrasos en sus cuotas es una práctica violatoria a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Si detectas alguna de estas malas prácticas, la Profeco tiene a disposición los números 55688722 y 01 800 468 87 22 (larga distancia sin costo desde cualquier punto de la república) para presentar una denuncia. Sólo debes proporcionar el nombre de la escuela, dirección y una descripción de los hechos. Si tienes un problema que involucre al sistema educativo y al personal docente como maltrato o abuso de autoridad llama al Sistema de Orientación e Información sobre el Sector Educativo, Telsep, al 01-800-767-6688 sin costo desde cualquier punto de la república, o al 5723-6688 en la Ciudad de México y área metropolitana.

  1. Si el alumno deja la escuela por razones diferentes a la anterior, sigue teniendo los derechos descritos anteriormente;
  2. ¿Deseas ofrecer a tus hijos mejores oportunidades educativas? Un crédito inteligente puede ayudarte en este propósito;

Recuerda que la educación no es un gasto, sino una inversión. Consulta con cualquiera de nuestros asesores sobre las opciones que tenemos para ti. Fuentes: Profeco, SEP, México Evalúa, GNP .

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¿Quién regula a las escuelas privadas en México?

¿Quién regula las escuelas privadas en México? – Quiénes somos – Asociación Nacional de Escuelas Particulares Asociación Nacional para el Fomento Educativo.

¿Quién vigila a los colegios privados en Colombia?

Ministerio de Educación reglamenta el incremento de matrículas y costos educativos de colegios privados para 2019.

¿Cómo denunciar a un colegio privado en Colombia?

lvaro Prez es uno de los tantos padres de familia que est desesperado porque no cuenta con mecanismos rpidos y oportunos para resolver sus inquietudes en materia educativa. Como l, son muchas las personas que le escriben al Ministerio de Educacin Nacional en busca de la solucin a una queja o reclamo porque no saben qu hacer frente a la exigencia del colegio para que su hijo se corte el pelo (si no lo hace lo expulsan) o, simplemente, porque oy que van a “acabar” con la carrera universitaria que cursa su hija.

Estos son algunos ejemplos de las inquietudes que se presentan en relacin con la prestacin del servicio educativo y en cuyos procesos de consulta y respuesta el MEN tardaba algunos das por las vas tradicionales.

Por eso y con el propsito de facilitar la interaccin con los usuarios, el MEN cre el Sistema de Informacin al Servicio Ciudadano Va Internet que empezar a funcionar a partir del prximo 20 agosto y que le permitir al usuario obtener una respuesta rpida, confiable y oportuna a sus inquietudes.

Atencin oportuna Por medio de internet el usuario podr ingresar a la pgina web del ministerio www. mineducacion. gov. co. Una vez all, se le otorga un cdigo nico y privado para tener acceso a su carpeta de Atencin al Ciudadano desde donde el usuario seala si su inquietud es una queja, consulta, opinin o sugerencia.

La opcin que escoja automticamente llega a la oficina de Atencin al Ciudadano, quien la transmite a la entidad o dependencia correspondiente. El servidor pblico encargado tiene un plazo para que desde su cuenta directa responda. Con la aplicacin de este sistema, el usuario puede hacerle un seguimiento peridico a su cuenta para conocer en qu va su solicitud.

Por su parte, el servidor pblico adquiere un mayor compromiso para el mejoramiento de la atencin y la inmediatez de la respuesta. Ventajas El usuario tiene la certeza de que recibieron su consulta puesto que todos los movimientos, ingresos y respuestas son registrados electrnicamente de manera inmediata, lo que proporciona mayor confiabilidad y seguridad.

La solicitud realizada por el usuario puede ser consultada por l, en cualquier momento. Tanto el usuario como la entidad mantienen un archivo de consulta y registro en lnea (comunicado permanentemente entre s, con las entidades del sector) No es necesario tener una cuenta de correo, lo nico indispensable es tener acceso a Internet.

  1. El ciudadano tiene la opcin de suscribirse a la lista de informacin que genera el Ministerio de Educacin para recibir va correo electrnico los boletines, comunicados y dems informes que genere la entidad;

Las quejas pueden hacerse annimamente si el usuario as lo desea. Con la implementacin del Sistema de Informacin al Servicio Ciudadano va Internet, quedarn en lnea y al instante el Ministerio de Educacin, sus entidades y el usuario, quien recibe una oportuna y mejor atencin..

¿Dónde denunciar a un colegio privado en Córdoba?

La Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos junto con el Ministerio de Educación de la Nación habilita líneas de contacto para que familias, docentes y no docentes puedan realizar denuncias ante diferentes abusos de las autoridades jurisdiccionales de la Ciudad de Buenos Aires y la provincia de Mendoza hacia aquellas familias y trabajadores que decidan no concurrir a los establecimientos educativos en aquellas zonas de alerta o alarma epidemiológica.

Debido a las numerosas consultas recibidas por miembros de la comunidad educativa con relación a la vulneración de sus derechos y ante la negativa de las mencionadas jurisdicciones de cumplir con el Decreto Nacional vigente y la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 394, el Gobierno dispone trabajar para contener y atender las necesidades de quienes lo requieran.

Con el fin de resguardar el derecho humano de todas las personas a una educación y un trabajo con salud, el Gobierno Nacional, a través de la Secretaría de Derechos Humanos y el Ministerio de Educación, recibirá las denuncias pertinentes y llevará adelante las acciones que correspondan.

  • Desde la vigencia de las disposiciones mencionadas, los reclamos más frecuentes de las familias han sido: sanciones a través del cómputo de inasistencias o la puesta en riesgo de sus vacantes, como así también la falta de garantía del cumplimiento de clases a distancia para mantener la continuidad pedagógica de niñas, niños y adolescentes;

En el caso de los docentes y no docentes, han manifestado haber sido apercibidos con el descuento de haberes por ausentarse a sus puestos de trabajo (aún ofreciendo trabajar a la distancia) y fuertes amenazas para conservar sus fuentes de ingreso. Las denuncias se recibirán en la Secretaría de Derechos Humanos a través del 0800 122 5878. También se puede enviar un mensaje de Whatsapp al 114091 7352 o un correo electrónico a [email protected] .

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¿Qué ley regula a las escuelas particulares?

ARTICULO 10°- Las instituciones privadas o las particulares no podrán impartir educación preescolar, primaria, secundaria, —– o de cualquier grado o tipo para obreros y campesinos sin haber obtenido previamente en cada caso, la autorización expresa del Poder Público.

¿Qué pasa si no puedo pagar la escuela privada?

El artículo 2° de la misma ley dice que, ningún alumno por falta de pago de aranceles o cuotas, o en mora en el pago de los mismos, será privado de la asistencia regular a todas las clases, experiencias y actividades pedagógicas e institucionales en general.

¿Cómo denunciar un colegio al Ministerio de Educación?

¿Qué dice la ley 2025?

Objeto. La presente ley tiene por objeto fomentar!a participación de los padres y madres de familia y cuidadores, de los niños, niñas y adolescentes en su formación integral: académica, social, de valores y principios de los estudiantes de preescolar, básica y media en las instituciones educativas públicas y privadas.

¿Quién vigila a los colegios?

La inspección, vigilancia y control del servicio público educativo en los niveles de Preescolar, Básica y Media y la Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano se hace por las entidades territoriales certificadas, de acuerdo a las normas especialmente en las leyes 115 de 1994, 715 de 2001 y 1064 de 2006 y la.

¿Qué tipo de denuncias se pueden hacer en la fiscalia?

¿Qué puedo denunciar? Podés denunciar cualquier tipo de delito (por ejemplo: homicidio, lesiones, robos, hurtos, estafas, abuso sexual, secuestro extorsivo, narcotráfico, entre otros).

¿Qué pasa si me niegan la Educación?

¿Qué se necesita para hacer una denuncia penal?

¿Cómo denunciar una escuela en Profeco?

Los padres de familia eligen una escuela privada para sus hijos con el propósito de que tengan una formación más completa y de mejor calidad que la ofrecida en las instituciones públicas. Evidentemente este tipo de educación tiene un costo, sin embargo, éste no debe obedecer a prácticas comerciales abusivas.

En México, la matrícula de alumnos inscritos en escuelas privadas de nivel básico (preescolar, primaria y secundaria) durante el ciclo escolar 2016-2017 aumentó 1. 76% comparada con la correspondiente al periodo 2015-2016.

El costo promedio anual de la educación privada a nivel primaria, secundaria y preparatoria en México es de aproximadamente $240,000, sólo considerando el pago de la matrícula, de acuerdo con estimaciones de la aseguradora GNP. Sin embargo, pese a todas las ventajas que ofrecen en contraste con las instituciones públicas, las escuelas privadas no están exentas de tener malas prácticas referente a sus cuotas, pues durante 2016 la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recibió 1,048 quejas al respecto. Ante tal escenario, la Profeco plantea las siguientes situaciones en que los padres de familia son respaldados al contratar los servicios de una escuela privada :

  1. La escuela debe informar por escrito y previamente a la inscripción sobre el costo de la misma o de la reinscripción, las colegiaturas y, si es el caso, los derechos por reincorporación. Al pagar estos conceptos se garantiza que el alumno tendrá todo lo necesario para cumplir con los programas de estudio. La escuela también debe informar a los padres de familia, previo al regreso a clases y por escrito, acerca de los conceptos que requieran un pago extra como cursos, actividades extracurriculares u opcionales, etc.
  2. No pueden aumentar las colegiaturas a mitad del ciclo escolar y sin antes consultar a los padres de familia. Estos cambios deben notificarse al menos 60 días antes del periodo de reinscripción. El alza a las tarifas escolares a mitad del periodo escolar sólo puede ocurrir si la mayoría de los padres de familia está de acuerdo o por causas de fuerza mayor.
  3. La escuela puede solicitar donativos para el mantenimiento de la misma, pero estos son de carácter voluntario.
  4. Se puede solicitar la devolución de la cuota de inscripción por causas de fuerza mayor siempre y cuando se avise a la escuela dos meses antes de iniciar el ciclo escolar. En caso de que no sea así la escuela devolverá el dinero pero descontará una cantidad previamente establecida en la inscripción.
  5. No se puede obligar a comprar útiles escolares con un proveedor en particular o en la propia escuela, y lo mismo aplica para uniformes, libros o cualquier otro artículo. Si fuera necesario recurrir a proveedores específicos, los precios no podrán ser más altos que los disponibles para el público en general. Tampoco pueden exigir libros, útiles escolares o uniformes nuevos.
  6. Todos los gastos de eventos cívicos, sociales o recreativos (como el día de las madres o excursiones) organizados por la escuela son estrictamente voluntarios y no afectarán las calificaciones de los alumnos. La celebración de estos eventos dentro del horario de clases no deberá implicar gastos extraordinarios para los padres de familia.
  7. En el caso de que se dejen de pagar cuando menos tres meses de colegiatura, la escuela puede suspender el servicio educativo, aunque la medida deberá anunciarse con 15 días de anticipación. La escuela deberá entregar los documentos del alumno en un plazo no mayor a 15 días naturales a partir del momento en que se soliciten y sin cobrar cuotas adicionales. En caso de que los alumnos tengan que presentar exámenes extraordinarios, podrán hacerlo en las mismas condiciones que sus compañeros, previo pago de los derechos correspondientes.
  8. Exhibir mediante listas u otras formas a los estudiantes que tienen retrasos en sus cuotas es una práctica violatoria a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
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Si detectas alguna de estas malas prácticas, la Profeco tiene a disposición los números 55688722 y 01 800 468 87 22 (larga distancia sin costo desde cualquier punto de la república) para presentar una denuncia. Sólo debes proporcionar el nombre de la escuela, dirección y una descripción de los hechos. Si tienes un problema que involucre al sistema educativo y al personal docente como maltrato o abuso de autoridad llama al Sistema de Orientación e Información sobre el Sector Educativo, Telsep, al 01-800-767-6688 sin costo desde cualquier punto de la república, o al 5723-6688 en la Ciudad de México y área metropolitana.

  1. Si el alumno deja la escuela por razones diferentes a la anterior, sigue teniendo los derechos descritos anteriormente;
  2. ¿Deseas ofrecer a tus hijos mejores oportunidades educativas? Un crédito inteligente puede ayudarte en este propósito;

Recuerda que la educación no es un gasto, sino una inversión. Consulta con cualquiera de nuestros asesores sobre las opciones que tenemos para ti. Fuentes: Profeco, SEP, México Evalúa, GNP .

¿Dónde se puede denunciar a un colegio?

Permite denunciar incumplimientos o situaciones irregulares que vulneren la normativa educacional vigente ante la Superintendencia de Educación, para que fiscalice y sancione a los establecimientos educacionales reconocidos por el Estado, cuando corresponda.

Revise en el campo Detalles los temas que pueden ser denunciados. El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web y en las oficinas regionales de la Superintendencia de Educación. Comunidad educativa en general.

Los temas que pueden ser denunciados son todos aquellos que tienen relación con los derechos que establece la Ley General de Educación , así como la normativa asociada a educación. Los temas posibles de ser denunciados en la Superintendencia de Educación son:

  • Vulneración de derechos y garantías constitucionales.
  • Reglamento de evaluación, calificación y promoción.
  • No renovación o cancelación de matrícula.
  • Cobros indebidos en establecimientos subvencionados.
  • Retención de documentos.
  • Maltrato a estudiantes.
  • Agresiones sexuales.
  • Medidas disciplinarias.
  • Discriminación.
  • Local o infraestructura del establecimiento educacional no cumple con la normativa.
  • Falta de mobiliario, elementos de enseñanza y material didáctico.
  • Falta de docentes o asistentes de la educación.
  • Ausencia de docentes e incumplimiento de horas de clases.
  • Irregularidades en la declaración de asistencia.
  • Clases de religión.
  • Proceso de admisión.
  • Dificultades e impedimentos en la constitución o participación en Centros de Alumnos (CCAA), Centros de Padres (CCPA) y consejos escolares.
  • Accidentes escolares.
  • Exigencia de útiles, uniforme y textos escolares.
  • Situaciones o vulneración de derechos que afectan a docentes y/o asistentes de la educación.
  • Maltrato de docente y/o asistente de la educación.
  • Uso de la subvención.

Documentos, videos y/o fotos que fundamenten su denuncia. – Instrucciones Trámite en línea

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en “ingresar una denuncia”.
  3. Una vez en el sitio web de la institución, indique si es chileno o chilena, ingrese su RUN y contraseña, y haga clic en “buscar”. Si no está registrado, cree una cuenta.
  4. Haga clic en “ok” y luego en “denuncie aquí”.
  5. Responda las preguntas que le indique la plataforma, y haga clic en “siguiente”.
  6. Seleccione la materia y luego la submateria, y haga clic en “denunciar”.
  7. Complete los datos requeridos, y haga clic en “siguiente”.
  8. Haga clic en “confirmar”.
  9. Como resultado del trámite, habrá ingresado una denuncia. Recibirá un correo de confirmación con su número de caso.

Revise el estado de denuncia :

  • Llamando al 600 3600 390 (debe indicar el número de caso).
  • En el sitio web de la Superintendencia de Educación.

Ingresar una denuncia –> – Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email – Instrucciones trámite en el Consulado Ley Nº 20. 529 sobre el Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización..

¿Cómo saber si una escuela privada tiene validez oficial?

¿Cómo puedo saber si una escuela está incorporada? – Al respecto, la SEP señala los siguientes mecanismos:

  • La institución particular de educación superior debe mencionar en toda su publicidad y documentación el número de Acuerdo del RVOE, fecha de expedición y autoridad que lo otorgó. De no hacerlo, se presume que los estudios carecen de validez oficial.
  • En la página de internet del Sistema de Información de Reconocimientos de Validez Oficial de Estudios del Tipo Superior (SIRVOES), que incluye los RVOES otorgados por las autoridades educativas federal y estatales.
  • Se puede consultar dicha información directamente ante las áreas responsables de otorgar el RVOE de la Secretaría de Educación Pública federal y las Secretarías de Educación Pública de las entidades.