Video llamada abogado posible

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El mundo ha cambiado y con él los procedimientos tradicionales que parecían inamovibles. Ese cambio ha afectado a la forma de relacionarnos.

Abad Abogados apuesta por la innovación ofreciendo servicios ágiles, sencillos y eficaces  en consonancia con los nuevos tiempos  pero cuidando al máximo la atención personalizada y la dedicación exquisita que cada cliente precisa, armonizando el trato cercado con la rapidez, comodidad y accesibilidad .

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En un plazo máximo de 48 horas desde la realización del pago nos pondremos en contacto con usted para fijar cita respetando, si es posible, sus preferencias.

Realice el pago a través de bizum o transferencia bancaria al número de cuenta que se le facilitará por correo electrónico.

La cita se desarrollará el día y hora fijados

Son muchas las ventajas que ofrece la consulta online a través de la videollamada.

  • Desde casa, desde el trabajo, desde cualquier lugar que nos encontremos podremos realizar la consulta. La distancia ya no es un obstáculo.
  • Ahorro de tiempo, tanto en desplazamientos como en las esperas en las consultas presenciales. Tenemos poco tiempo y  utilizarlo en cuestiones secundarias  supone un coste añadido.
  • Es compatible con los horarios laborales. No hay que elegir entre deber de cumplimiento de la jornada laboral y el derecho a informarnos sobre un asunto jurídico que nos afecta.
  • Asesoramiento y la atención profesional
  • Se respeta la confidencialidad y secreto de la consulta.
  • Se mantiene el trato directo y personal entre el abogado y el cliente.

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Así son las videollamadas jurídicas que van a revolucionar la forma de comunicarse entre abogado y cliente

La correduría de seguros Zalba-Caldú, Grupo Aon y la plataforma de compra online Zerca! van a transformar el servicio de asistencia jurídica de sus clientes.

A partir de ahora, y de forma exclusiva y gratuita, las tiendas que están adheridas a este comercio digital van a poder realizar sus asesoramientos por videollamada, de forma que se agilizará el proceso de consulta y se realizará de forma más directa.

Durante los últimos meses, el servicio de asesoría jurídica ha sido esencial y uno de los más demandados por estos comercios. Una de las cuestiones que surgió fue cómo tratar estas cuestiones, muchas veces sobre temas complicados, de la forma más humana y cercana posible.

A raíz de estas necesidades, Zalba- Caldú, Aon y Zerca! han querido actualizarse para ser más completos y poder conectar de una forma más estrecha entre los abogados y los asegurados.

Desde la compañía Zalba- Caldú creen que es un paso más para generar lazos de confianza mucho más fuertes que a través del teléfono.

¿Cómo se realizará la reunión?

Las nuevas consultas por videollamadas contarán con 19 abogados de la compañía de seguros ARAG que atenderán a las más de 500 tiendas que forma parte de Zerca!, priorizando especialidades como arrendamientos, laboral, penal, consumo, fiscal, extranjería, vivienda y administrativo.

El funcionamiento de este servicio se realizará a través de una cita previa. Los clientes de Zerca! podrán contactar con el departamento de Asistencia Jurídica Telefónica y concertar una cita para su consulta online. El cliente recibirá en su correo electrónico un enlace para la videollamada, que se hará a través de la plataforma de comunicación Microsoft Teams.

Video llamada abogado posible Las videollamadas han pasado a ser una herramienta prioritaria y de uso diario para muchas personas.zerca!

La transformación tecnológica que ha venido para quedarse

La pandemia de la COVID-19 ha traído consigo varios cambios significativos en nuestra vida cotidiana. Uno de ellos ha sido la forma en la que nos relacionamos tanto de forma personal como profesional.

Las videollamadas han pasado a ser una herramienta prioritaria y de uso diario para muchas personas, ya sea por teletrabajo o para poder contactar con los seres queridos que se encuentran en la distancia.

En algunos ámbitos, como en el médico, se han empezado a establecer las consultas por videollamadas para mantener la cercanía en la comunicación. Así, se respetan las medidas sanitarias, pero sigue existiendo un contacto más humano.

Para obtener más información, Zalba-Caldú ha creado para todos los asociados de Zerca! una página web en la que pueden conocer el servicio, así como las diferentes soluciones destinadas tanto para el negocio como para sus trabajadores.

Videollamada con abogados: una nueva forma de resolver consultas legales

Video llamada abogado posible

La videollamada con abogados es una forma cómoda, rápida y económica de resolver consultas legales. Cada vez son más los profesionales del derecho que están utilizando las TIC para atender a sus clientes. Por eso, desde LexGo App hemos habilitado una plataforma para atender dudas jurídicas online.

El uso de herramientas digitales viene siendo una tendencia imparable desde hace años. Pero la crisis sanitaria derivada de la COVID-19 ha supuesto un nuevo empujón a esta dinámica.

Miles de personas y empresas han empezado a utilizar Internet para realizar transacciones cotidianas, incrementándose la confianza y la habilidad del consumidor medio.

De ahí que consideremos la videollamada con abogados no como otra forma de contacto con el jurista, sino como una nueva forma de trabajo que ha llegado para quedarse.

¿Se pueden resolver dudas jurídicas a través de Internet?

Todavía hay quien no se siente seguro al buscar abogado a través de Internet o plantear sus dudas jurídicas en un chat o una videollamada. Pese a que España es uno de los países con más población educada en el uso de la red, las reticencias ante determinados servicios persisten.

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Sin embargo, las herramientas digitales facilitan tanto el contacto que no tiene por qué haber ninguna ventaja relevante en la visita física frente a la visita online.

Actualmente podemos compartir documentación, reunirnos en cualquier momento y lugar, invitar a más partícipes a la conversación… Todo ello a través de canales ágiles y seguros.En definitiva, las TIC ofrecen a los abogados todas las herramientas que necesitan para atender a sus clientes online.

De hecho, los profesionales del sector legal llevan años atendiendo consultas telefónicamente. ¿Cómo no iban a hacerlo a través de Internet, que les ofrece muchas más ventajas?

Las ventajas de realizar consultas legales online

A la hora de realizar una consulta legal es fundamental confiar en la persona que nos asesora. Probablemente este sea uno de los factores que generan resistencia frente a la asistencia telemática.

Sin embargo, la videollamada nos permite “poner cara” al profesional que hay al otro lado del dispositivo. Podemos verle a él y a su espacio de trabajo. Lo cual nos acerca más a la tradicional visita al despacho o bufete.

Probablemente el tiempo vaya aplacando estas resistencias. De hecho, servicios tan delicados como la abogacía se empiezan a ofrecer ya a través de chats, videollamadas y aplicaciones móviles. Hablamos, por ejemplo, de consultas médicas y psicológicas, asesoramiento financiero, gestoría online…

Estas aplicaciones garantizan un servicio más cómodo, rápido y flexible. Optimizan estructuras de costes, lo que hace que la asesoría sea más asequible.

Y esto democratiza el servicio, de modo que cada vez se ofrecen prestaciones más eficientes y personalizadas a menor coste.

En definitiva, la videollamada con abogados nos permite obtener todas las ventajas de las TIC mientras vemos a nuestro interlocutor, lo que genera un mayor grado de confianza (tan necesaria en la relación abogado-cliente).

Un nuevo marco: las ventajas de la videollamada con abogados

Por lo antedicho, consideramos que las videollamadas con abogados son un servicio que ha llegado para quedarse. El coste para el profesional es prácticamente nulo.

Respecto al usuario, si tenemos en cuenta que casi el 100% de los Españoles utilizan smartphones (tenemos más teléfonos inteligentes que ciudadanos en el país), la accesibilidad a los servicios digitales está garantizada.

Ventajas para los juristas

La videollamada permite a los abogados atender a sus clientes de forma ubicua. Además, ofrece un canal de comunicación más directo que el teléfono.

Habitualmente, el jurista que trabaja de forma telemática encuentra una única barrera: la necesidad de analizar documentación.

Pero las TIC ofrecen la posibilidad de compartir documentación tanto de forma síncrona (durante la propia videollamada) como asíncrona (mediante correos electrónicos y servicios en la nube).

En definitiva, la videollamada es el nuevo “despacho virtual” de muchos abogados, que no necesitan un establecimiento físico para recibir “en persona” a sus clientes.

Ventajas para los usuarios

Probablemente los más beneficiados por el uso de videollamadas sean los usuarios de los servicios jurídicos. Actualmente ya no es necesario desplazarse para obtener un asesoramiento cercano, lo que ha demostrado ser una importante ventaja durante la crisis sanitaria.

Además, el acceso a más profesionales supone la posibilidad de:

  1. Encontrar abogados altamente especializados. Tradicionalmente, el usuario de servicios jurídicos terminaba contratando al abogado del barrio o al profesional que le recomendaban sus conocidos o allegados. Pero ahora puede primar otros criterios, como la experiencia y especialización del profesional.
  2. Acceder a precios más asequibles. El acceso a una cartera profesional más amplia supone una mayor competencia y, por extensión, precios más económicos para los usuarios.

A estas ventajas se suma la posibilidad de ser atendido de forma prácticamente instantánea y en cualquier lugar.

Por ejemplo, las empresas y profesionales pueden hacer una videollamada con su abogado desde la propia oficina, como si tuvieran un departamento jurídico in house.

Y los particulares pueden reunirse desde diferentes lugares, como han venido haciéndolo hasta ahora en los casos internacionales.

Videollamada con abogados por tan solo 15 € IVA incluido

Para aprovechar todas las ventajas de la videollamada con abogados, desde LexGo App hemos empezado a ofrecer un nuevo servicio. Ofrecemos a los usuarios la posibilidad de contactar con un abogado especializado en la materia que necesite por tan solo 15 € IVA incluido.

Si eres un profesional del sector jurídico y quieres empezar a prestar tus servicios por esta vía no tienes más que contactar con nosotros. Y en el caso de que necesites encontrar abogado de una forma rápida, efectiva, cómoda y económica, no tienes más que solicitar tu videollamada con abogados.

Vídeo llamada con un abogado

Con el avance de los servicios profesionales vía en línea recurrir a nuestro bufete de abogados por videoconferencia es posible. Cada vez más personas realizan desde sus casas u oficinas este tipo de vídeo consultas legales online, una opción a tener en cuenta desde hace mucho, y más en estos tiempos.

  • ¿Por qué realizar una vídeo llamada con un abogado?
  • Después de los servicios de salud, las consultas legales vía internet son una de las de mayor demanda en el mundo.
  • Entre las razones que lo justifican, podemos encontrar:
  • Reducir gastos de dinero y tiempo en desplazamiento físico.
  • Suele ser una modalidad con honorarios más accesibles.
  • Tiempos de respuestas rápidos, sin demora de la ayuda legal profesional.
  • Cuando hay dificultad para movilizarse, por ejemplo, por incapacidad.
  • Cuando hay que tomar decisiones y ejercer acciones sin demora.

Si hay riesgo de quedar en una situación de indefensión, inestabilidad o desconocimiento de derechos, por nombrar sólo algunos casos, es importante acudir rápidamente a un profesional del Derecho, y hacerlo vía online es una alternativa efectiva.

Actualmente, ofrecemos el servicio de vídeo consulta legal a través de diversas plataformas, de este modo es posible realizar una vídeo conferencia con uno de nuestro abogados especialistas de forma fácil, cómoda y oportuna. No tendrás que dejar tus tareas del día para acudir a nuestras oficinas. Solicita cita online para tu video consulta.

En menos de 24 horas, uno de nuestro abogados te estará llamando para concretar la cita.

¿Tu caso no puede esperar y es urgente? Ante cualquier interrogante del área legal, nuestro despacho de abogados mantiene activo el número +52 1 81 1692 8920 (Lic Alfredo Rodríguez / [email protected]).

En conclusión, existen muchas situaciones que hoy puedes resolver de forma ágil y práctica mediante vídeo consulta online con nosotros.

Generalmente, resolvemos o aclaramos dudas sobre problemas urgentes y facilitamos la toma de decisiones. De esta forma aportamos tranquilidad a nuestros clientes.

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Entendemos que este tipo de consulta debe tener una respuesta rápida. Esto es precisamente lo que ofrecemos.

España activa un sistema de videollamadas para abogados e internos · Noticias Jurídicas

Este miércoles ha entrado en vigor la resolución que recoge el convenio sobre el nuevo sistema de comunicación por videoconferencia entre colegios de abogados y centros penitenciarios, un modelo que no sustituirá a las entrevistas presenciales, pero que las complementará.

Para favorecer el acceso de todos los centros penitenciarios al sistema de comunicación por videoconferencia, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias favorecerá la disposición de los espacios y los medios necesarios para que los centros penitenciarios puedan amparar la realización de las entrevistas en las condiciones que marca la ley y con las debidas garantías de confidencialidad.

Paralelamente, el Consejo General de la Abogacía Española fomentará la implantación progresiva de dispositivos de videoconferencia en los Colegios de Abogados de todo el territorio nacional. Actualmente este medio de comunicación se utilizaba en centros penitenciarios de Málaga y Madrid.

Se establecerá un protocolo de uso del sistema para los abogados usuarios, de manera que quede asegurado el carácter complementario y no sustitutivo de las entrevistas presenciales, ya que éstas constituyen la base fundamental de la defensa letrada de las personas privadas de libertad.

El Consejo General de la Abogacía Española garantizará, bajo los criterios de seguridad y confidencialidad, una comunicación unificada a los centros penitenciarios de aquellas solicitudes de entrevistas con internos en centros penitenciarios que se realicen por los abogados colegiados, mediante una aplicación tecnológica que unifique esta información para un período y que pueda ser consultada únicamente por las personas autorizadas por esas instituciones responsables y el Consejo General de la Abogacía Española.

Procedimiento para la adhesión de los Colegios de Abogados

Los Colegios de Abogados interesados en adherirse deberán remitir a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y al Consejo General de la Abogacía Española la solicitud de adhesión que figura como anexo del Convenio acompañada de la certificación del acuerdo del órgano correspondiente del Colegio de Abogados por el que se adopta la decisión de solicitar la adhesión al presente Convenio y la documentación indicada. La solicitud, firmada electrónicamente, junto con la certificación y el resto de documentación deberá remitirse a [email protected] y a [email protected].

Las solicitudes de adhesión serán aceptadas o denegadas por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, previo informe del Consejo General de la Abogacía Española.

En caso de ser aceptada la adhesión de un Colegio de Abogados, la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias remitirá el documento de adhesión, aceptándolo, indicando la fecha de inscripción del acto de adhesión en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, acompañando el certificado que así lo acredite.

Comisión de Seguimiento

Se constituirá una Comisión de Seguimiento, de carácter paritario, con tres personas representantes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y con tres personas representantes del Consejo General de la Abogacía Española, que se reunirán periódicamente y, facultativamente, cuando se considere necesario a petición de alguna de las partes. Además, se irán incorporando, con voz y sin voto, las entidades que se adhieran de manera efectiva al Convenio.

Protección de datos

En relación con los datos personales necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Convenio, actuarán como responsables del tratamiento la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Consejo General de Abogacía Española, y tendrán por finalidad el cumplimiento y desarrollo de lo previsto en la cláusula primera.

Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.

Vigencia

El presente Convenio tendrá una vigencia temporal de cuatro años, período en el cual debería haberse logrado la implantación del sistema de videoconferencia en todos los Colegios de Abogados y en todos los Centros Penitenciarios dependientes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.

La telejusticia se implanta en España: ya podemos declarar por videollamada y con plenas garantías

La telejusticia es un concepto que el Gobierno lleva anunciando desde hace años, pero a la hora de la verdad si tenemos que ir a juicio, siguen habiendo muchas trabas para declarar mediante videollamada.

Esta problemática fue más que evidente durante la pandemia, donde incluso el Tribunal Supremo tuvo que recordar que la “videoconferencia no es una posibilidad a disposición del tribunal, sino un medio exigible”.

El problema de fondo no era tanto legal, sino de no contar con los medios adecuados. Por ello desde el Ministerio de Justicia han presentado el Escritorio Virtual de Inmediación Digital (EVID), una nueva plataforma digital que permitirá identificarse y firmar digitalmente con plenas garantías legales.

Tras las inspecciones de Hacienda por videoconferencia, el Gobierno ha dado un paso más en la consolidación de la telejusticia. La nueva herramienta es una interfaz en la que será posible firmar digitalmente y asegurar la identificación de los participantes. Un sistema con “plenas garantías” legales, indispensables para que no haya problemas con los usuarios.

El proyecto EVID ha sido financiado por los fondos europeos y, según aseguran desde el Ministerio de Justicia, se trata de un proyecto “único en el mundo”. Si bien, desde la Comisión Europea precisamente promovieron la creación de este tipo de sistemas.

El objetivo es evitar traslados innecesarios a las sedes judiciales y evitar la suspensión en caso de que una de las partes no se pueda trasladar al juzgado. Aquí entran lógicamente las cuarentenas por la Covid-19, pero también aplicable a muchas otras razones.

Entre los aspectos que se han tenido en cuenta está la brecha digital.

La ministra Pilar Llop asegura que las personas mayores o las personas vulnerables que no puedan acceder a las nuevas tecnologías “van a estar debidamente atendidas y acompañadas”.

Este sistema también servirá, explican desde Justicia, para dar seguridad y tranquilidad a las víctimas de violencia de género o aquellos testigos que no quieran compartir ubicación con los presuntos agresores.

Fue en el 2003 cuando al reformarse la Ley Orgánica del Poder Judicial se introdujo que la videoconferencia era una vía posible en la declaración de un testigo o también para ratificar un informe pericial. Sin embargo, sea porque los abogados no lo solicitaban o los juzgados no tenían los recursos técnicos, en ocasiones no se utilizaba esta opción.

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Ahora se ha puesto en marcha este proyecto piloto EVID. Desde verano de 2021, tanto en la Región de Murcia como en el Principado de Asturias se lleva utilizando el sistema EVID para distintos trámites. En Murcia se empezó con trámite de remate de subastas y posteriormente se amplió a la tramitación de aceptación de cargo de perito y aceptación de defensor judicial.

Durante este tiempo se ha utilizado en 183 ocasiones, participando hasta 350 personas vía telemática. En Asturias se ha utilizado para el ámbito de familia, como la aceptación de cargo de curar para actuar en nombre de personas con discapacidad. A partir de ahora, el Escritorio Virtual de Inmediación Digital (EVID) estará disponible para todas las comunidades que quieran implementarlo.

Imagen | Dylan Ferreira

Cuando es posible declarar en un Juzgado por videoconferencia. • AC Abogados – Abogados en Valladolid

Por Javier Alvarez Hernando. Abogado.

Las nuevas tecnologías han supuesto que determinadas situaciones que antes no era posible ni siquiera contemplar, o resultaban muy gravosas, tengan ahora una solución razonable.

Así, por ejemplo, cabe la posibilidad de que, en determinados casos, una persona que está citada a comparecer en un juicio solicite hacerlo por medio de videoconferencia desde la sede judicial más cercana a su domicilio.

Dónde se regula:

Con base en el artículo 229.

3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), y después de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) con ocasión de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial , fue introducida la posibilidad de que, para el juicio oral, el Juez o Tribunal, de oficio o a instancia de parte, por razones de utilidad, seguridad o de orden público, pueda acordar que la comparecencia y declaración de los imputados, testigos y peritos pueda llevarse a cabo mediante videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido.

  • Señala el artículo 731 bis:El tribunal, de oficio o a instancia de parte, por razones de utilidad, seguridad o de orden público, así como en aquellos supuestos en que la comparecencia de quien haya de intervenir en cualquier tipo de procedimiento penal como imputado, testigo, perito, o en otra condición resulte gravosa o perjudicial, y, especialmente, cuando se trate de un menor, podrá acordar que su actuación se realice a través de videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 229 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.”
  • El artículo 25.2 de la Ley 4/2015 de Estatuto de la víctima del delito recoge que: “Durante la fase de enjuiciamiento podrán ser adoptadas, conforme a lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal las siguientes medidas para la protección de las víctimas:
  • a) Medidas que eviten el contacto visual entre la víctima y el supuesto autor de los hechos, incluso durante la práctica de la prueba, para lo cual podrá hacerse uso de tecnologías de la comunicación.
  • b) Medidas para garantizar que la víctima pueda ser oída sin estar presente en la sala de vistas, mediante la utilización de tecnologías de la comunicación adecuadas.”
  • Con ello, se viene a garantizar el uso de la videoconferencia que siempre se deberá ofrecer a las víctimas en cuanto sean citadas a declarar en el juicio oral por si desean hacer uso de este sistema en lugar de comparar físicamente en la sede del juzgado o tribunal.
  • Cuales son los requisitos:
  • Razones de utilidad, seguridad o de orden público.
  • Cuando la comparencia, atendiendo al caso concreto, resulte gravosa o perjudicial.

En qué casos se aplica el sistema de uso de videoconferencia:

  • Declaraciones e interrogatorios de testigos y peritos tanto en fase de instrucción penal como en la celebración de vistas en todos los órdenes jurisdiccionales.
  • Auxilios judiciales, tanto nacionales como internacionales.
  • Comisiones rogatorias.
  • Ruedas de reconocimiento.
  • Entrevistas de los Jueces de Vigilancia Penitenciaria con los reclusos.
  • Declaraciones, interrogatorios y entrevistas a menores en centros de internamiento por las Fiscalías o Juzgados de Menores.

Quién decide:

Al Juez o Tribunal le corresponde decidir si se cumplen los requisitos anteriores. Puede acordarlo de oficio, es decir, sin que nadie se lo pida, o bien después de analizar una solicitud de quien se vea en esa situación gravosa.

El Tribunal Supremo se ha mostrado ciertamente contrario a que se pueda utilizar la videoconferencia con acusados en el proceso penal

Señala el Supremo que “No puede ignorarse que la proyección de los principios básicos del procedimiento es, en esta materia, diferente según que nos hallemos ante la declaración distante de un testigo o la práctica del informe de un perito, que tan sólo requieren garantizar la exactitud y fiabilidad de la información recibida por el Juzgador, así como el sometimiento de su generación a la contradicción de las partes, que cuando estamos ante la participación de los propios acusados, especialmente en el momento cumbre del Juicio oral, a los que ha de permitírseles intervenir activamente en el ejercicio de su propio derecho de Defensa.”

Incluso el Tribunal Supremo (Sentencia de 2 de marzo de 2005) ha llegado a señalar que: “(…) en este tiempo de reformas penales, tanto sustantivas como procesales, parece llegado el tiempo de diseñar un nuevo escenario de las audiencias penales que sitúe al acusado junto con su letrado.

Con ello se conseguiría una más efectiva asistencia jurídica que se vería potenciada por la propia cercanía física, y, al mismo tiempo se pondría fin a una irritante desigualdad existente en relación a la Ley del Jurado, cuyo artículo 42.

2 prevé que: ‘… el acusado o acusados se encontrarán situados de forma que sea posible su inmediata comunicación con los defensores…, lo que por otra parte es norma usual en el derecho comparado.”

16 de marzo de 2017

Javier Alvarez Hernando. Abogado.

Si necesita un abogado especialista en Derecho Penal no dude en contactar con nosotros.

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