Tercio libre disposicion herencia

  • La legítima es el derecho de una persona a heredar un mínimo de sus padres, de su cónyuge, e incluso de sus abuelos, bisabuelos, nietos y bisnietos.
  • Salvo en las Comunidades Autónomas con derechos forales, se regulan en el Código Civil: Libro III: Título III: Cap. II
  • Para entender la legítima debemos saber que cuando se tiene hijos o nietos, nuestro patrimonio se divide en tres partes o tercios:
  1. Legitima estricta.
  2. Tercio de mejora.
  3. Tercio de libre disposición.

  1. Los dos primeros tercios, es decir, el de legítima y de de mejora, van destinados a los hijos o nietos.
  2. Si bien la legítima estricta debe de dividirse entre los hijos por partes iguales.
  3. El tercio de mejora puede entregarse a uno de los hijos y incluso a un nieto.

El tercio de libre disposición es, tal como su expresión indica, el tercio que podemos dárselo a quien deseemos. Normalmente se aprovecha para dárselo al cónyuge.

Los dos tercios de legítima a hijos (estricta y de mejora), también denominada legítima larga, inevitablemente debe de ir para los descendientes. Salvo casos de desheredación, claro.

Si no se especifica nada en cuando al tercio de mejora, debe de entenderse que se reparte por partes iguales como la legítima estricta.

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Pero… ¿Cómo se calcula la LEGITIMA?

Para calcular el valor de la legítima se valorarán todos los bienes y derechos del fallecido al momento de su muerte. Y después, se deducen o descuentan todas la cargas o deudas pendientes de pago, como hipotecas o créditos, tarjetas de crédito, etc.

Por ejemplo:

Un señor fallece, divorciado y con tres hijos, a uno por su mal comportamiento le “lega lo que por legítima le corresponda” y tenía al fallecer el siguiente patrimonio:

  • Casa valorada en 120.000€.
  • Cuenta Bancaria con 7.000€.
  • Coche valorado en 15.000€.

Total ACTIVO: 142.000€

Y tiene una préstamo hipotecario con 30.000€ pendiente de amortizar y un préstamo personal de 4.000€. Total de PASIVO o deudas: 34.000€

En definitiva la herencia tiene un valor neto (caudal relicto) de 108.000€.

¿Cuánto le corresponderá al hijo que sólo le da la legítima estricta?

Pues una novena parte (1/9) del neto. Es decir, el tercio de legítima se divide entre los tres hijos.

En resumen: doce mil euros (12.000€), la novena parte de 108.000€.

Hemos hablado sólo de la legítima de los hijos que son dos tercios. Uno de ellos se puede destinar a favorecer o premiar a uno o varios de los hijos o nietos dejando al margen a otros.

Pero… ¿Sabes qué legítima le pertenece al cónyuge?

En caso de estar casado tiene una legítima el viudo o la viuda, y aunque sea nombrado heredero o heredera, los suegros o los abuelos del cónyuge tiene una legítima.

Sí, increíble ¿verdad?

El derecho del cónyuge viudo

Cuando se produce el fallecimiento y no se encuentra separado será de la siguiente forma, si…

  • Hay hijos y descendientes tanto comunes como no comunes: el usufructo del tercio de mejora.
  • No hay descendientes pero viven sus ascendientes: El usufructo de la mitad de la herencia.
  • Si no existen descendientes ni ascendientes: El usufructo de los dos tercios de la herencia. No obstante, en estos casos los herederos pueden optar por darle al cónyuge viudo su parte de usufructo siguiendo otro método: asignándole una renta vitalicia, un determinado importe o entregándole en propiedad determinados bienes.

Ejemplo:

Una mujer queda viuda y su marido tenía un piso valorado en 100.000€, una cuenta con 12.000€ y un coche de 8.000€ de valor. Total 120.000€.

La legítima de la viuda es:

  • Si el fallecido tenía hijos comunes: el usufructo de 40.000€.
  • Cuando no tenía hijos pero si padres o abuelos el usufructo de 60.000€

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Derechos de las viudas y viudos en las herencias

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La legítima de padres y ascendientes

Los padres tienen un derecho a un mínimo de la mitad del haber hereditario de los hijos y descendientes. A falta de padres, los abuelos tienen el mismo derecho.

Si el fallecido estaba casado, tendrá derecho a sólo un tercio de la herencia.

La legítima que se reconoce a favor de los padres, se divide entre ambos por igual. Si uno de ellos ha fallecido antes, heredará la legítima el que esté vivo.

  • Cuando el testador no tiene padre ni madre pero sí abuelos, tanto paternos como maternos, la legítima se dividirá entre ambas familias a partes iguales.
  • Si los ascendientes fuesen de grado diferente, heredará todo el más próximo.
  • Por ejemplo, si concurren a la herencia el abuelo y el bisabuelo, heredará el abuelo, con independencia de que sea materno o paterno.
  • El cálculo y determinación de la legítima puede resultar complejo, por lo aconsejamos el asesoramiento de un abogado especializado en herencias y testamentos.Tercio libre disposicion herencia

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¿Qué es el tercio de libre disposición en una herencia?

¿Quieres saber lo que es el tercio de libre disposición? En Navarro y Navarro puedes acceder a toda la información: qué es, cómo se calcula y sus características principales a la hora de su adjudicación.

  • A la hora de repartir una herencia surgen conceptos que no siempre se saben definir: tercio de mejora, la legítima, libre disposición, caudal hereditario, heredero forzoso… Pueden llegar a confundirse entre sí y generar incoherencias que después pueden costar caro a la hora de la repartición de bienes.
  • En esta ocasión, en Navarro y Navarro vamos a hablaros del tercio de libre disposición: qué es, cuáles son sus características y cómo se calcula.
  • El tercio de libre disposición surge a partir del derecho del testador a disponer de una parte de su capital en herencia de forma libre a cualquier persona sin tener obligación de que existan lazos consanguíneos.

Hay una condición ineludible para que el destinatario de este tercio reciba su parte y es que debe quedar reflejado de forma clara y explícita dentro del testamento. Es decir, el testador, a la hora de redactar sus últimas voluntades, debe especificar quién quiere que reciba esta parte de la herencia. 

De no ser así, este tercio de libre disposición irá hacia los herederos forzosos o herederos de la legítima, tal y como marca la ley.

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Características del tercio de libre disposición de una herencia

  • El testador puede disponer libremente de él y repartirlo a quien considere conveniente sin que la consanguinidad sea una condición excluyente. Puede ser un primo lejano o un amigo de la infancia.
  • – Al hilo de lo anterior, el destinatario del tercio de la legítima puede ser tanto una persona física como una persona jurídica.
  • Debe quedar expresamente reflejado en el testamento tanto el destinatario como los bienes que le corresponden al mismo en el momento de la repartición de la herencia. De otra manera, este tercio se adjudicará a los herederos forzosos.
  • El testador puede modificar la adjudicación de este tercio en vida las veces que desee (muy común cuando se dan situaciones de mala relación de amistad, familiar o a nivel de negocio). 
  • El destinatario del tercio de libre disposición puede no aceptar este beneficio una vez el testador ha fallecido.
  • Los herederos también pueden impugnar este tercio de libre disposición si el fallecido ha dejado algún tipo de margen de error a la hora de redactar el testamento. Por ello se recomienda acudir a un profesional que deje claros los límites legales y así el testador pueda dejar todo bien atado en lo referente a sus últimas voluntades. 
  • En este apartado pueden entrar las donaciones en vida siempre y cuando hayan sido a descendientes no legitimarios o a organizaciones que no tengan ningún tipo de vínculo con el testador.
  • No tiene por qué haber un único destinatario, el testador puede designar a varias personas como beneficiarias de esta parte de la herencia.
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¿Cómo se calcula el tercio de libre disposición de una herencia?

Tercio libre disposicion herencia

 Para calcular el tercio de libre disposición de una herencia debemos realizar dos operaciones:

La computación del caudal hereditario

Para calcular el tercio de libre disposición, al igual que el tercio de la legítima y el tercio de mejora, se debe hacer una suma del valor total de los bienes. A esta suma después se le restarán las deudas. 

Una vez hecha esta operación, al resultado se le sumarán las donaciones que el testador haya hecho en vida. El resultado final de esta operación tiene como denominación el caudal relicto y debe ser suficiente para que los herederos forzosos reciban su parte del tercio de legítima.

¿Qué ocurre entonces si no hay bienes suficientes para que los herederos reciban la legítima? Que o bien las donaciones deben reducirse o debe existir una compensación de la diferencia en efectivo. Hay que tener en cuenta que las donaciones se consideran una vez el individuo ha fallecido y no antes.

La imputación en el reparto de una herencia

La imputación es la herramienta que se utiliza para corroborar que los bienes asignados en una herencia son suficientes para hacer la repartición de cada uno de los tercios. 

En esta ocasión, el reparto de la herencia es un factor variable según la Comunidad Autónoma en la que se resida. Las donaciones, como ya hemos mencionado, en caso de producirse se reducirán o se deberá compensar la diferencia producida.

¿Te ha sido útil esta información sobre el tercio de libre disposición de una herencia? En Navarro y Navarro somos abogados especialistas en la búsqueda y localización de herederos, con más de 40 años de trayectoria profesional. 

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¿Cuál es el porcentaje de la libre disposición en una herencia?

En el porcentaje de la libre disposición en una herencia se reconoce el derecho a repartir su patrimonio con total libertad. Se trata de un tercio que compone una herencia, y se podrá destinar a la persona que el testador desee, sin necesidad de que estos sean descendientes ni familiares.

¿Puedo recibir una herencia aunque no sea familiar?

Sí que existe una parte de la herencia (la libre disposición) que sí reconoce el derecho a repartir su patrimonio con total libertad. 

Tal y como está establecido el sistema normativo en España, las herencias suelen ser repartidas según la voluntad de la persona fallecida, reflejando su voluntad en el testamento. No obstante, los derechos de los herederos reconocidos en el Código Civil impiden que la herencia se estructure de la forma que el fallecido hubiera querido.

  • ¿Qué es la libre disposición de una herencia?
  • ¿Cuánto puedo heredar por la libre disposición?
  • ¿Cómo afecta una donación a la herencia?
  • ¿QUÉ ES LA LIBRE DISPOSICIÓN EN UNA HERENCIA?
  • Como reconoce el Código civil, la libre disposición es una de las tres partes que componen una herencia, la cual se puede destinar a la persona que el testador desee, sin necesidad de que este sean descendientes ni familiares.
  • En el caso de que el testador no haya especificado en el testamento a quién se cede el tercio de la libre disposición, al igual que ocurre con la mejora, este pasaría a los herederos de la legítima.
  • Para saber más sobre este tema puedes leer el siguiente post:
  • https://grupohereda.com/blog/como-repartir-una-herencia-la-legitima-la-mejora-y-la-libre-disposicion/
  • Los límites de la libre disposición están claramente establecidos en el Código Civil: la libre disposición compone una tercera parte de la herencia total, y no se podrá dejar más de esta parte a libre disposición del testador.

El testador deberá siempre respetar la legítima y la mejora de la herencia para que su testamento pueda ser válido. Si el testador incumple este hecho, el testamento podrá ser invalidado por los herederos legítimos que se han visto perjudicados.

A la hora de establecer el heredero de la libre disposición no encontramos límite alguno en el Derecho. El testador podrá dejar a cualquiera esta parte. No cabrá reclamación alguna sobre esta decisión del testador, siempre que se haya realizado de acuerdo al Derecho.

Son muy relevantes las donaciones a la hora de establecer el tercio de la libre disposición. Dependiendo de si han existido o no donaciones, y de sí se han realizado a herederos legítimos, la cuantía de la libre disposición será mayor o menor.

Las donaciones hechas a los hijos, que no tengan concepto de mejoras se imputarán en su legítima” “Las donaciones hechas a extraños se imputarán a la parte libre de que el testador hubiese podido disponer por su última voluntad” “En cuanto fueren inoficiosas o excedieran de la cuota disponible, se reducirán según las normas del Código (Art. 819 del CC).

Es muy importante saber si el causante realizó o no donaciones, puesto que esto podrá alterar las partes de la herencia. Dependiendo de si la donación se hace a un heredero legítimo o a un tercero, aumentará la libre disposición o la legítima respecto de los bienes de la herencia respectivamente.

Si las donaciones exceden del tercio de la libre disposición, la donación será inoficiosa, y cabrá la posibilidad de reclamar a los herederos legítimos.

Por tanto, si los donatarios han sido parte legítima, la donación se imputará en la legítima y el exceso a la parte de la libre disposición. Si por el contrario, los donatarios no son parte legítima de la herencia, la donación se imputará a la parte de la libre disposición y si excede la donación será inoficiosa.

Para saber mejor cómo funciona y cómo gestionar la parte de la libre disposición en una herencia lo mejor es ponerse en contacto con expertos. Desde Grupo Hereda te proponemos que nos llames, te vamos a hacer una consulta gratuita siempre, y así poder informarte mejor sobre el tema.

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El tercio de mejora en la herencia ▷ ¿Quién se favorece?

El tercio de mejora es uno de los tres tercios en los que se divide la herencia.

Antes de adentrarnos en el tercio de mejora es necesario tener más o menos claro como se divide una herencia.

¿En cuantos tercios se divide la herencia o caudal hereditario?

Como norma general el caudal hereditario se divide en tres tercios:

  • El tercio de libre disposición. Es la parte de la herencia de la que el testador puede disponer libremente y no se requiere ningún vinculo de parentesco.
  • El tercio de mejora. Es la parte que explicamos a continuación.

¿Para qué se emplea el tercio de la mejora?

  • El tercio de mejora en la herencia puede emplearse para favorecer en especial a alguno o algunos de los hijos o descendientes del testador.
  • Si no se hace uso expresamente del tercio de mejora, se entiende que se incrementa la cuantía de la legítima.
  • Por tanto el tercio de mejora es la porción de bienes con la que el testador, si quisiera, podría favorecer a ciertos descendientes frente a los demás.

¿Dónde se regula el tercio de mejora?

El tercio de mejora queda recogido en el Artículo 808 del Código Civil.

  1. “Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre.
  2. Sin embargo, podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
  3. Cuando alguno de los hijos o descendientes haya sido judicialmente incapacitado, el testador podrá establecer una sustitución fideicomisaria sobre el tercio de legítima estricta, siendo fiduciarios los hijos o descendientes judicialmente incapacitados y fideicomisarios los coherederos forzosos.
  4. La tercera parte restante será de libre disposición.”
  5. Artículo 808 del Código Civil

¿Qué es el tercio de libre disposición? Definición y características

El tercio de libre disposición es uno de los tercios que componen el caudal hereditario. Por norma general, este se divide en tres tercios: un tercio de legítima, un tercio de mejora y un tercio de libre disposición.

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El tercio de la legítima es el tercio de la herencia que por ley corresponde a los “herederos forzosos o legítimos”.  Por tanto, el testador no puede decidir libremente, quedando reservado ese tercio primero a hijos y descendientes, segundo a padres y ascendientes y tercero a viudo o viuda.

Por otra parte, el tercio de la mejora es el que utiliza el testador para mejorar a alguna parte de los herederos forzosos; aumentando de esta forma la parte que les corresponda.

Después de un breve recorrido por el tercio de la legítima y de la mejora, vamos a explicar ahora con detenimiento qué es el tercio de libre disposición y cuáles son sus características más destacadas.

¿Qué es el tercio de libre disposición?

El tercio de libre disposición es la parte de la herencia en la que el testador puede disponer libremente. Lo que quiere decir que este podrá repartir este tercio como considere oportuno, con total libertad, sin necesidad de que exista ningún parentesco u otro vínculo familiar.

Sin embargo, el testador deberá reflejar claramente en el testamento qué personas obtendrán el tercio de libre disposición. En caso de no especificarlo, esta tercera parte pasaría automáticamente a los herederos de la legítima.

Veámoslo con el siguiente ejemplo más claro. Paco deja en su testamento el tercio de legítima a sus hijos, Pedro y Luisa; el tercio de mejora a su hijo Pedro y el tercio de libre disposición a su amigo Juan Carlos. Además, Paco tenía mujer, y como existen hijos, esta tendrá derecho al usufructo del tercio de mejora que heredó Pedro.

Características principales del tercio de libre disposición

A continuación explicaremos algunas nociones y características esenciales del tercio de libre disposición:

  • El testador puede asignar de su herencia el tercio de libre disposición a una persona con la que no tenga ningún vínculo familiar, como puede ser un amigo.
  • No se puede asignar este tercio si no se ha redactado un testamento en vida. Pues, debe quedar claramente expresa la voluntad del testador.
  • Siempre y cuando el testador se encuentre en vida, podrá modificar su testamento para asignar ese tercio a otra persona si así lo desea.
  • En caso de que el testador no asigne ese tercio a nadie, se asignará a la parte de la legítima y se beneficiarán los herederos forzosos.
  • El beneficiario puede renunciar a ese tercio una vez que el individuo haya fallecido.

¿Cómo se calcula un tercio de la herencia?

Para calcular un tercio de la herencia deberás considerar el valor de los bienes en el momento que se adjudicaron los bienes; eso es cuando se firmó el testamento y no cuando falleció el sujeto. Y para ello, debemos tener en cuenta dos operaciones:

Hay que sumar el valor de los bienes y restar las deudas. Y a este sumarle las donaciones que hizo en vida el individuo. 

Así se consigue el caudal relicto, que deben ser suficientes para que los herederos forzosos reciban la legítima. En caso de no haber bienes suficientes, las donaciones (“inoficiosas”) deberán reducirse o compensar la diferencia en efectivo. Las donaciones se valoran cuando el sujeto fallece y no en el momento de la donación. 

Esta operación sirve para comprobar si los bienes asignados son suficientes para satisfacer a cada uno de los tercios de la herencia. Una vez más, si las donaciones se sobrepasan o son inoficiosas, se reducirán.

Según una Comunidad Autónoma u otra, el reparto de la herencia puede variar. Por eso, recomendamos que te asesores con un abogado especializado en herencias para que te informe sobre el derecho autonómico del lugar de residencia y te oriente sobre cómo proceder. Si necesitas ayuda, estaremos encantados de resolver tus dudas.

El tercio de libre disposición: ¿Qué te corresponde?

El tercio de libre disposición es la parte del caudal hereditario que el testador puede disponer como lo desee. Esto significa que esta parte el testador la puede repartir o dar a quien el desee y no necesita que exista algún parentesco.

Esta parte de la herencia es uno de los tercios de los que está compuesto el caudal hereditario, porque por lo general se divide en tres tercios. Estos son el tercio de legítima, un tercio de libre disposición y un tercio de mejora.

¿Qué es el tercio de mejora y libre disposición?

Este es una parte del caudal hereditario que es de libre disposición y del que se puede testar libremente. El testador tendrá la potestad de elegir a quien recibe bienes o derechos que no sobrepasen el límite establecido.

La persona que reciba esta parte del caudal hereditario no se requiere vínculo de parentesco, que sea un heredero legítimo o forzoso. Para ello es necesario que exista un testamento de cualquier tipo y que cumpla las exigencias legales.

El testador debe reflejar en el testamento de forma clara y precisa las personas que se beneficiarán del tercio de libre disposición. Cuando en el testamento no se especifica para quien es esta tercera parte, pasa de forma automática a los herederos de la legítima.

El tercio de libre disposición puede distribuirse entre una sola persona o entre varias, como lo decida el testador. Los bienes de libre disposición los puedes dejar una parte a un extraño y lo demás a tus herederos.

Características del tercio de libre disposición

El tercio de libre disposición puede ser asignado por el testador a una persona con la que no tenga ningún parentesco. Para asignar este tercio es necesario redactar un testamento en vida, porque debe quedar expuesta claramente la voluntad del testador.

Cuando el testador no asigna a nadie el tercio de libre disposición, será asignado al tercio de la legítima y los beneficiarios serán los herederos forzosos. El testador mientras se encuentre con vida, puede modificar su testamento para asignar este tercio a quien desee.

La persona beneficiaria del tercio de libre disposición podrá renunciar a él cuando el testador haya fallecido.

Los herederos forzosos pueden impugnar la decisión del testador relacionada con el tercio de libre disposición.

¿Cómo asignar el tercio de libre disposición?

Para asignar el tercio de libre disposición y beneficiar a una persona extraña con tu herencia, es indispensable que redactes un testamento. Esto debido a que por medio del testamento es que se conoce la verdadera voluntad del testador y de qué forma quiere repartir sus bienes.

El testamento hace constar que es tu voluntad que una persona extraña reciba la parte de libre disposición. Porque si no se hace a través del testamento no tendrás derecho a disfrutar de tu herencia.

Para asignar el tercio de libre disposición herencia puede utilizar cualquiera de las formas testamentarias que existen. Estas formas son testamento cerrado, ológrafo o abierto, sólo debes cumplir con los requisitos legales para que tenga validez.

Cuando no haces testamento y tiene lugar el fallecimiento, todos los bienes incluso la parte de libre disposición pasa a tus herederos forzosos. Esto se hará en la forma que establece la ley, que será una sucesión intestada.

¿Cómo se calcula el tercio de libre disposición?

El caudal hereditario por norma general se divide en tres tercios, ellos son el de mejora, el de legítima y el de libre disposición. Estos tercios son divididos en partes iguales, para esto debe considerarse el valor que tenían los bienes para el momento de la adjudicación.

Esto significa que se debe tomar el valor de los bienes para la fecha en que se redactó el testamento. Para el proceso hereditario se efectúan dos operaciones básicas para hacer el cálculo de los tercios en que se divide el caudal hereditario.

Las operaciones que debemos realizar para calcular el tercio de libre disposición son las siguientes:

Computación

Esta operación consiste en sumar el valor de todos los bienes y se restan las deudas u otras obligaciones. Al resultado obtenido debes sumarle las donaciones que hizo en vida el testador. El resultado será el caudal relicto, que debe alcanzar para que los herederos forzosos reciban la legítima.

Cuando no hay bienes suficientes, pero hay mejoras de libre disposición y donaciones deben restarse, también la diferencia puede compensarse en efectivo. Esto debido a que las donaciones se valoran no en el momento de la donación sino cuando el individuo fallece.

Imputación

La operación imputación se hace con la finalidad de verificar si los bienes asignados son suficientes para satisfacer los tres tercios de la herencia. En caso de que las donaciones sean inoficiosas o sobrepasen se reducirán.

Impugnación del tercio de libre disposición

La impugnación del tercio de libre disposición es posible al igual que los demás tercios del caudal hereditario. Este tercio es por lo general el que más reclamaciones genera cuando se conoce el contenido del testamento.

Para evitar estos problemas lo mejor es conocer cuáles son las normas legales establecidas para la redacción del testamento. También es importante conocer cuáles son las cantidades que puedes repartir.

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El testador está en todo su derecho de disponer como quiera de este tercio del caudal hereditario y donarlo a quien considere oportuno. Lo único que debe cumplir es con la asignación que corresponde a la legítima y cuál de sus herederos forzoso tiene derecho a la libre disposición.

¿Cuáles son los otros tercios de la herencia?

Los otros tercios de mejora herencia son los siguientes:

Tercio de la legítima

El artículo 807 del Código Civil español establece que la legítima es una de las tres partes en que se divide el caudal hereditario. El testador no puede disponer de esta parte de la herencia.

Este tercio de mejora y libre disposición es intocable y tiene que ser asignado a los que son considerados como herederos forzosos. Estos son los hijos, los descendientes, los padres, los ascendientes y a su viuda o viudo.

Los descendientes e hijos tienen derecho a recibir dos tercios del total de la herencia. Los ascendientes o sus padres, en caso de seguir vivos tienen derecho a la mitad del haber hereditario de los descendientes.

Los cónyuges dispondrán de la totalidad de la herencia cuando el fallecido no tenga descendientes ni ascendientes. Cuando ambos tienen hijos, solo le corresponde el usufructo del tercio de mejora.

Tercio de mejora

El artículo 808 del Código Civil español establece que este tercio puede ser asignado como mejora a un heredero forzoso. El testador debe repartir el tercio de la legítima entre sus herederos forzosos, pero el tercio de mejora lo puede otorgar a uno solo de los herederos forzosos.

Para la asignación del tercio de la mejora el testador debe expresarlo de forma tácita o clara en el testamento. Esta asignación ocasiona muchos problemas al momento de la distribución de la herencia, por lo que se recomienda ser muy explícito cuando se redacta el testamento.

Cuando el testador no especifica a quién de los herederos forzosos le asigna el tercio de mejora, se entenderá que forma parte de la legítima. Por lo tanto, será repartido de forma equitativa entre todos los herederos forzosos.

¿Qué es el caudal relicto?

El caudal relicto o caudal hereditario está conformado por el patrimonio total que una persona ha dejado después de su fallecimiento. Esto significa que son todos los bienes que forman la herencia de una persona fallecida.

Para saber cuál es el valor del caudal hereditario hay que tomar en cuenta las acciones, los derechos y los bienes que tenía el fallecido. Para ello debe tomarse también los bienes que tenía en participación con otras personas.

Al resultado obtenido de todos los bienes hay que restarle los gravámenes o cargas que recaigan sobre estos bienes. Para la determinación del caudal relicto no se toma en cuenta los derechos como el de usufructo o el de habitación. Debido a que se extinguen después del fallecimiento.

Para calcular el caudal relicto lo primero que debes hacer es buscar todos los bienes y derechos que tenía el fallecido para el momento de su muerte. También debes determinar las deudas y obligaciones que tenía.

Cuando tienes esta información y para proceder al cálculo debes conocer el valor de los bienes y derechos y el de las deudas y obligaciones para el día del fallecimiento.

Para determinar el caudal relicto no debes tomar en cuenta el seguro de vida, pero si no se ha designado un beneficiario heredero si forma parte de la herencia.

El tercio de libre disposición en una herencia

El tercio de libre disposición en una herencia es la parte de tus bienes que puedes dejar a un amigo, a una persona que te cuida, a la residencia donde vives… y en general a cualquier persona que desees con independencia de que sea o no familiar.

Es evidente que si no tienes herederos forzosos, podrás disponer de todos tus bienes de la forma que consideres más oportuna. Pero si tienes hijos o descendientes, solo podrás disponer de una tercera parte de tus bienes a favor de un tercero extraño: el tercio de libre disposición.

En definitiva, esta parte de libre disposición la puedes destinar a beneficiar a quien consideres oportuno.

Pero, CUIDADO, es importante que sepas que algunas Comunidades Autónomas tienen legislación propia en materia de sucesiones. Como por ejemplo: Aragón, Baleares, Cataluña, Galicia, Navarra y País Vasco.

En consecuencia, si quieres disponer de tus bienes mediante testamento, deberás consultar la normativa aplicable según el lugar de tu residencia.

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¿Cómo dejo a un extraño el tercio de libre disposición?

  • Para que puedas beneficiar en tu herencia a una persona extraña, es imprescindible que hagas testamento.
  • A través del testamento se conoce cuál es la verdadera voluntad del testador, es decir cómo quiere repartir sus bienes.
  • Por ello, para que conste que tu voluntad es que una persona extraña (aquella que de otro modo no tendría derecho a tu herencia) reciba la parte de libre disposición, tienes que hacer testamento.
  • Podrás utilizar cualquiera de las formas testamentarias (testamento abierto, cerrado y ológrafo) cumpliendo los requisitos legales para la validez del mismo.
  • Si no haces testamento, ocurrido el fallecimiento, todos los bienes (incluida la parte de libre disposición) pasarán a tus herederos legales, en la forma que determina la ley (sucesión intestada).
  • En definitiva, el contenido de este artículo se refiere solo a la sucesión testada, al ser el testamento el único medio para disponer de la parte de libre disposición de tu herencia.

¿Solo puedo dejar a un extraño el tercio de libre disposición?

Nuestro Código Civil, reserva una parte de la herencia a los herederos forzosos o legitimarios y, por tanto, esta parte reservada no podrás dejarla a un extraño.

Los herederos o legitimarios son:

  1. Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  2. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  3. El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

El Código Civil se refiere al tercio de libre disposición, como una de las partes que componen la herencia, si los legitimarios son hijos o descendientes.

  1. Constituyen la legítima de los hijos y descendientes las dos terceras partes del haber hereditario del padre y de la madre.
  2. Sin embargo podrán éstos disponer de una parte de las dos que forman la legítima, para aplicarla como mejora a sus hijos o descendientes.
  3. Cuando alguno de los hijos o descendientes haya sido judicialmente incapacitado, el testador podrá establecer una sustitución fideicomisaria sobre el tercio de legítima estricta, siendo fiduciarios los hijos o descendientes judicialmente incapacitados y fideicomisarios los coherederos forzosos.
  4. La tercera parte restante será de libre disposición.
  5. Artículo 808 del Código Civil
  • Del tercio de libre disposición puedes disponer libremente, mediante testamento, a favor de cualquier persona que no sea hijo o descendiente.
  • En muchas ocasiones, el testador deja el tercio de libre disposición a su cónyuge y, de esta forma, lo beneficia.
  • Pero también, puedes dejar el tercio de libre disposición a un amigo, a una asociación, a una ONG… sin necesidad de que sea familiar.

¿Y los dos tercios restantes?

Tercio de legítima

Una tercera parte de tus bienes corresponde por ley a tus hijos y descendientes por partes iguales.

Salvo que haya existido una desheredación previa, los herederos forzosos siempre tendrán derecho a su legítima hereditaria y el testador no puede privarlos de ella.

Tercio de mejora

  1. Con otra tercera parte de tus bienes puedes mejorar o beneficiar a uno o algunos de tus hijos o descendientes.
  2. Por tanto, también está reservada y no podrás disponer de ella a favor de un tercero.

  3. Si en el testamento no haces ninguna mejora a favor de algún/os hijo/s, el tercio de mejora se distribuirá a partes iguales entre tus hijos o descendientes.

  4. Es decir, estos dos tercios (legítima y mejora) son intocables y no podrás dejarlos a una persona extraña, solo a tus hijos o descendientes.

¿Puedo distribuir el tercio de libre disposición entre varios?

La respuesta es SÍ. La parte de libre disposición es la más flexible en la herencia.

  • Podrás dejar la totalidad de los bienes de libre disposición a una sola persona o distribuirla entre varias.
  • También puedes dejar parte de los bienes de libre disposición a un extraño y el resto a tus herederos.
  • En caso de que no se haga uso del tercio de libre disposición este pasa a manos de los herederos legales.
  • En todo caso, es siempre recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especialista en herencias para que estudie tu caso concreto y te asesore sobre la forma más adecuada de llevarlo a cabo, teniendo en cuenta tu situación personal y patrimonial, así como la Comunidad Autónoma de residencia.

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