Registro propiedad inscribe alquiler beneficiate sus ventajas

El proceso de compraventa es un trámite complejo y no exento de sorpresas. También para el inquilino.

¿Es posible vender un inmueble con un inquilino en alquiler? Lo cierto es que sí se puede, y es algo que contempla y está regulado en la Ley de Arrendamientos Urbanos .

Pero, eso sí, el inquilino está en su pleno derecho de disfrutar del inmueble hasta la finalización de su contrato, independientemente de si hay o no un nuevo propietario.

Al producirse la compraventa o conocer su existencia, son muchas las dudas que pueden surgir al inquilino.

¿Está obligado a irse antes de finalizar el contrato? ¿Tiene algún derecho a quedarse con la casa? ¿Deberá pagar más alquiler por continuar viviendo en el mismo inmueble? En primer lugar, cabe destacar que tiene unos determinados derechos. El primero de todos es que, salvo renuncia expresa, podrá permanecer en el piso hasta la fecha de vencimiento del contrato.

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Ciertamente, se trata de una situación poco habitual pero menos extraordinaria de lo que imaginamos. Se estima que el 36% de las viviendas en venta en Catalunya están ocupadas, según cifras de la Generalitat.

Pero, como apuntábamos, el nuevo comprador no puede desocupar a la fuerza al inquilino. No solo la compraventa no puede alterar el contrato firmado, sino que el inquilino tiene preferencias para postularse como nuevo comprador.

Se trata del derecho de adquisición preferente al vender una casa con inquilino. Este derecho vela para que, al vender una casa con inquilino, este tenga la oportunidad de adquirirla en primer lugar frente al posible comprador.

Por ley, para que la propiedad pueda venderse, el propietario está obligado a anunciar al inquilino que tiene el deseo de vender la vivienda.

Este puede adquirir el inmueble siempre que abone el precio que el tercer comprador estaba dispuesto a pagar al arrendador.

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De hecho, según la ley, para la venta de un inmueble arrendado es necesario inscribirse en el Registro de la Propiedad justificando que el vendedor-arrendador ha notificado al inquilino actual su intención de vender. No obstante, para que el inquilino pueda hacerse con la vivienda tiene un plazo determinado: 30 días naturales desde que el vendedor y arrendador le ha notificado la decisión de ponerla a la venta.

Para que el inquilino pueda dormir tranquilo, lo más importante es asegurar que tanto el piso de alquiler como el contrato constan en el Registro de la Propiedad.

Si es así, el nuevo dueño estará obligado a respetar el contrato previo durante el tiempo que le reste.

Sin embargo, si el contrato de alquiler no está registrado y se produce la venta de la vivienda a un tercero, el contrato no tendrá valor y el inquilino deberá abandonar el piso sin opción a compra ni a indemnización.

En estos casos, la Ley de Arrendamientos Urbanos remite al artículo 1571 del Código Civil, que dice que “el comprador de una finca arrendada tiene derecho a que termine el arriendo vigente al verificarse la venta”. Esto significa que el nuevo propietario puede dar por finalizado el contrato de alquiler, a excepción de que este incluya una cláusula específica que lo impida.

Si, en cambio, si se dispone a comprar una vivienda que está actualmente alquilada, en primer lugar, debe conocer que la vivienda que le interesa se encuentra actualmente habitada por uno o más inquilinos.

Por lo que es imprescindible que el propietario también se lo comunique antes de abonar cualquier cantidad, señal o entrega de arras.

De hecho, se trata de un ejercicio fundamental para asegurar que el inmueble está o no libre de cargas y obligaciones.

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Ventajas de inscribir el alquiler en el Registro de la Propiedad

En la administración de la vivienda muchos propietarios no saben que pueden inscribir su alquiler en el registro de la propiedad. Esto sin duda ofrece mayor seguridad en el alquiler al propietario y preserva sus intereses en caso de conflicto. 

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) considera el alquiler como un acuerdo que se da entre particulares redactado en un documento privado, por tanto, no hay obligación de inscribirlo en el Registro de la Propiedad. De hecho, la mayoría de los contratos de arrendamiento no están inscritos, pero como decimos, si se inscribe ofrece una importante protección jurídica.

Ventajas de inscribir el contrato de alquiler para el propietario

La LAU dice que en el contrato de arrendamiento se puede incluir una cláusula por la que el propietario pueda recuperar su inmueble en caso de impago siempre que el contrato esté inscrito en el Registro de la Propiedad. En este caso, si el inquilino no paga, será un juez el que le inste a abonar lo que debe y en el plazo de diez días, si no lo ha hecho, procederá al desahucio inmediato. 

Otro aspecto importante de protección para el propietario es que si la vivienda está inscrita en el Registro de la Propiedad y desea vender el inmueble, el propietario puede ejercer su derecho de adquisición preferente frente al inquilino salvo renuncia expresa previa.

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Cómo inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad

El procedimiento de inscripción del contrato de alquiler es similar al de cualquier escritura pública. Lo primero que hay que hacer es acudir a un notario para certificar el contrato y que no haya ninguna ilegalidad y será este documento oficial el que se inscriba en el Registro de la Propiedad. 

 El título presentado en el registro debe ser escritura pública o elevación de un documento privado a público en el que aparezca el contrato de arrendamiento. Los gastos dependen de la renta del contrato y su duración. Si a eso sumamos los gastos de notaría y del registro, la inscripción del contrato puede costar unos 300 euros.

El propietario y el inquilino deben llegar a un acuerdo a la hora de satisfacer estos costes, lo pueden pagar a medias o con un porcentaje diferente cada uno.

Quizá esta sea la única desventaja de la operación, es decir, el coste y las visitas al notario y el registro, pero sin duda, en caso de conflicto, el propietario tiene una cobertura jurídica fundamental cuando el contrato está inscrito en el Registro de la Propiedad.

En Renta Garantizada disponemos de los mejores expertos en alquileres que pueden asesorarte sobre este y otros temas importantes que todos debemos tener en cuenta a la hora de alquilar una vivienda. Contacta con nosotros y resuelve todas las dudas. Estaremos encantados de ayudarte.

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Ventajas y desventajas de inscribir un contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad

La principal preocupación del arrendador y arrendatario a la hora de formalizar un contrato de arrendamiento es la seguridad jurídica, es decir, que en él se contemplen las condiciones con las que se preserven los intereses de uno y otro evitando sorpresas desagradables.

Tras las modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos acometidas a mediados de 2013, la inscripción del contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad puede tener importantes beneficios para arrendador y arrendatario, sobre todo ante determinadas circunstancias. Es cierto, que la inscripción tiene un coste superior al simple contrato privado entre las partes, pero hay ocasiones en las que una correcta garantía es imprescindible.

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No existe la obligación de inscribirlo en el Registro de la Propiedad, de hecho, la mayoría de los contratos no se registran. Sin embargo, solo en este caso registrarlo se llega a contar con una completa protección jurídica.

El procedimiento es similar al de cualquier otra escritura pública: se acude a un notario para que certifique el acuerdo y que verificará que no existe ninguna ilegalidad en él.

Ese documento oficial es el que se inscribe en el Registro de la Propiedad.

Los arrendatarios de una finca para uso distinto de vivienda harán muy bien en inscribir su contrato de alquiler

Ventajas para el arrendatario

La publicidad del Registro de la Propiedad otorga una seguridad frente a terceros, más concretamente ante posibles adquirentes de la propiedad. Existen dos posibilidades cuando una persona compra una vivienda que está arrendada, si está inscrita o no.

Si la vivienda está inscrita en el Registro de la Propiedad: El nuevo propietario se subroga en los derechos y obligaciones del antiguo propietario frente al arrendatario del inmueble. El contrato debe de haber sido inscrito con anterioridad a la venta del inmueble.

En caso de que no exista dicha inscripción, y la vivienda es adquirida por otra persona: El nuevo propietario no tiene que acatar el contrato de arrendamiento, sino que puede extinguirlo.

En este caso, el nuevo propietario deberá notificarle su decisión al arrendatario, el cual tendrá derecho a continuar durante tres meses, abonándole la renta y demás cantidades que se devenguen al nuevo propietario.

Ventajas para el arrendador

La LAU establece que en el contrato de arrendamiento se puede incluir una cláusula que permita al arrendador recuperar de inmediato el uso de la vivienda en caso de impago de la renta pactada, siempre que el acuerdo haya sido inscrito en el registro.

Si el arrendador no consigue cobrar, puede requerir al arrendatario a través de un juez o de un notario para que abone lo que debe. Pasado diez días, si no ha pagado o no ha justificado el retraso, el mismo juez o notario declararía finalizado el acuerdo y podrá efectuarse el desahucio.

Desventajas para el arrendatario y arrendador

La principal, es la burocracia y el coste. No hay un coste fijo, dependerá del precio del alquiler pactado y de la duración del contrato, si bien, en los arrendamientos de vivienda se considera el inmueble arrendado al menos por el plazo mínimo de duración, que actualmente es de tres años.

Existe una limitación en los derechos del arrendatario en el caso de que la vivienda esté hipotecada con anterioridad a la firma del contrato. Si el propietario no paga la hipoteca y se inicia un proceso de ejecución, el arrendatario puede ser desahuciado, aunque el contrato esté inscrito en el Registro de la Propiedad y él esté al corriente de pago.

Los trámites que realizar para inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad son:

Escritura pública o elevación a Escritura pública del contrato privado de arrendamiento.
Acudir a un notario con el contrato privado del arrendamiento, para que lo convierta en un documento público.

Indicar en dicho contrato la descripción de la finca: población, calle, número y situación dentro del edificio de la finca arrendada, superficie y linderos de ésta.

Constar la identidad de los contratantes, la duración pactada, la renta inicial del contrato y las demás cláusulas que las partes hubieran libremente acordado.

Si el arrendatario solicita inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad, pacte que él asuma los gastos. Asimismo, pacte expresamente en el contrato que éste quedará resuelto por falta de pago.

Liquidación del impuesto correspondiente por Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

Inscripción del contrato de alquiler en el registro de la propiedad.
En la inscripción deberá constar el plazo acordado y, en su caso, las prórrogas pactadas más allá de las previstas por la legislación.

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  • Juan Carlos Díez
  • Administrador de Fincas
  • Departamento de Wealth Management

Registro de la Propiedad: beneficios y desventajas de inscribir un contrato de alquiler – Blog Oi Realtor

Inscribir un contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad no es obligatorio; sin embargo, puede significar beneficioso tanto para arrendador como para arrendatario. También pueden existir algunas desventajas. En este artículo te contamos los pros y contras de esta inscripción.

¿Qué es un contrato de alquiler?

El contrato de alquiler es el documento más importante en los procesos de arrendamiento. Aquí se dejan cristalizadas todas las cláusulas que contienen los derechos y las obligaciones de inquilinos y propietarios.

Para que el proceso de arrendamiento funcione equitativamente tanto para arrendatarios como para arrendadores, es fundamental confeccionar un contrato claro y detallado. Es conveniente que este documento esté escrito por agentes con experiencia.

Siempre contáctate con Oi REALTOR, aquí contamos con profesionales en la materia.

¿Qué es el Registro de la Propiedad?

En España, el Registro de la Propiedad es una institución estatal que depende del Ministerio de Justicia y de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

Su objetivo es la inscripción de las propiedades y otros derechos reales sobre los bienes inmuebles.

El propósito de la inscripción es garantizar la publicidad y proteger las situaciones jurídicas de los bienes inmuebles.

¿Es obligatorio inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad?

Respondemos a esta pregunta afirmando que no es obligatorio inscribir el contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad. A pesar de esto, podemos decir que es aconsejable realizar la inscripción tanto para el inquilino como para el arrendador: los beneficios son mayores que los costes que esto implica.

En la relación entre arrendadores y arrendatarios siempre existen preocupaciones al momento de formalizar un contrato. Ambas partes temen por la seguridad jurídica que esto conlleva. Es decir que, tanto propietarios como inquilinos, querrán que en este documento se cuiden los intereses de cada lado para evitar disgustos en el futuro.

Luego de las modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos en el año 2013, la inscripción del contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad plantea ciertos beneficios para las partes involucradas.

Al no ser obligatoria la inscripción, generalmente, la mayoría de los contratos no se registran. Es cierto que puede implicar un gasto, pero lo que se debe valorar es que haciéndolo se obtiene una completa protección jurídica.

Registro propiedad inscribe alquiler beneficiate sus ventajasBeneficios y desventajas de inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad

Beneficios para el arrendador

En la Ley de Arrendamientos Urbanos se establece que en el contrato de alquiler se puede incluir una cláusula que, en caso de rentas impagas por parte del inquilino, el arrendador puede recuperar inmediatamente la vivienda. Situación que se hace efectiva, únicamente si el contrato se encuentra inscripto en el registro.

Si el contrato está registrado, el arrendador puede requerir al arrendatario a través de un juez o de un notario que abone los costes de renta que se encuentran impagos. Después de diez días, si el inquilino no paga o no entrega una justificación por el atraso, el mismo juez o notario puede declarar por finalizado el convenio y se ejecutará el desahucio.

Beneficios para el arrendatario

El arrendatario siempre contará con protección si el casero decide vender la casa. Un contrato registrado lo protege frente a terceros. En el caso de que durante la vigencia del contrato el inmueble se venda a otra persona o a una empresa, el nuevo propietario se verá obligado a someterse a las condiciones de lo firmado por el anterior propietario.

Por el contrario, si no existe dicha inscripción, y la vivienda es comprada por otra persona, el nuevo propietario no tiene obligación de sostener el contrato de arrendamiento.

El nuevo casero puede extinguirlo y el inquilino puede quedarse sin vivienda y sin poder reclamar. De todas maneras, el nuevo propietario tiene que notificarle al arrendatario que debe abandonar la vivienda, pero dándole un plazo no menor a tres meses.

Durante ese tiempo, el arrendatario tiene que pagarle la renta al nuevo propietario.

Si la vivienda en arrendamiento se vende, pero el contrato de alquiler está inscripto en el Registro de la Propiedad, el nuevo propietario hereda los derechos y las obligaciones del anterior casero y su relación con el inquilino. Por lo tanto, se ve obligado a cumplir con los periodos establecidos por el anterior arrendador.

Desventajas para el arrendatario y para el arrendador

La principal desventaja de inscribir el contrato en el Registro de la Propiedad es el coste.

No hay una cantidad de dinero fija, siempre va a depender de los precios de renta pactados entre las partes y la duración del acuerdo.

Actualmente, el plazo mínimo de duración es de tres años, pero siempre va a variar el precio de renta según las diversas características del inmueble arrendado.

Otra de las desventajas es la burocracia que implica tener que realizar la inscripción. Hay una serie de trámites que se deben llevar a cabo para efectivizarla:

  • Escritura pública o elevación a Escritura pública del contrato privado de arrendamiento.
  • Acudir a un notario con el contrato privado del arrendamiento, para que lo convierta en un documento público.
  • Indicar en el contrato la descripción del inmueble: estado, población, calle, número y situación dentro del edificio de la vivienda arrendada, superficie y datos de los inmuebles linderos a la propiedad.
  • Registrar la identidad de los contratantes, la duración del alquiler, el precio de renta inicial del contrato y todas las cláusulas que las partes hubieran acordado libremente.
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Existe un límite también en los derechos del arrendatario en el caso de que la vivienda esté hipotecada con anterioridad a la firma del contrato.

Si el propietario no cumple con el pago de la hipoteca y se inicia un proceso de ejecución, el arrendatario puede ser desahuciado, a pesar de que el contrato esté inscripto en el Registro de la Propiedad y de que esté al día con el pago de la renta.

¿Cómo se realiza la inscripción en el Registro de la Propiedad?

El procedimiento puede resultar similar al de cualquier otra escritura pública. Se debe acudir a un notario para que certifique el acuerdo y que verifique que no exista ninguna ilegalidad. Luego, ese documento oficial es el que se inscribe en el Registro de la Propiedad.

Escríbenos para poner tu piso en alquiler y conocer todos los detalles sobre los contratos y sus inscripciones.

Comprar piso alquilado: todo lo que debes saber

lamadredelascooperativas

Si estás en la tesitura de comprar piso alquilado, es decir, comprar un piso en el que hay un inquilino, puedes hacer dos cosas: acudir a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) o leer este artículo en el que Mamá te lo cuenta todo al detalle. ¡El conocimiento es poder!

Y es que son muchos los que deciden comprar para alquilar porque es la mejor manera de invertir y aumentar tu patrimonio. Esta técnica, conocida como buy to rent, es ideal si compras a través de una cooperativa de viviendas porque ahorras en torno a un 20% y puedes pagar la entrada a plazos. ¡Luego no digas que no te he avisado!

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¡Quien antes llega, se la lleva!

Lo primero que debes saber es que la ley permite comprar un piso, aunque haya un inquilino dentro y un contrato de arrendamiento en vigor.

Una vez aclarada esta duda, puedes seguir adelante con tu operación inmobiliaria no sin antes tener en cuenta las siguientes pautas que te voy a dar: ¡Toma nota!

  • El inquilino siempre puede ejercer su derecho de tanteo y retracto: puede comprar la vivienda antes que tú siempre que iguale tu oferta de compra.
  • Deberás subrogarte en el contrato de alquiler que estuviera en vigor y respetar todas sus cláusulas.
  • En función de la fecha del contrato de alquiler, podrás disponer antes o después de la vivienda. ¡Luego te lo cuento!
  • Recuerda pedir una nota simple en el Registro de la Propiedad de la vivienda antes de comprarla.

Por resumírtelo de una forma rápida, si decides comprar vivienda con inquilino, tendrás que subrogarte en el contrato de arrendamiento que estuviera en vigor en el momento de la compra, convirtiéndote en el nuevo casero de la vivienda.

¿Cuáles son las ventajas de comprar piso alquilado?

Di adiós a las reformas

Como el inquilino ya está viviendo en la casa, no será necesario que destines un dinero a reformar la casa para ponerla bonita antes de alquilarla. Tampoco que gastes en inmobiliarias ni en poner anuncios. ¡Mira qué bien!

Rentabiliza antes tu inversión

Al no tener que buscar inquilino, empezarás a recibir el pago de las rentas del alquiler desde el momento en el que te subrogues en el contrato de arrendamiento. ¡Recuerda que tendrás que hacerlo obligatoriamente!

Menor riesgo

Saber que la vivienda cuenta ya con un inquilino dentro también te beneficia porque no tendrás que destinar tiempo alguno a buscar una persona a la que alquilarte tu vivienda. ¡El tiempo es oro!

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¿Puedo echar al inquilino para uso propio?

La respuesta es no hasta que no venza el contrato de arrendamiento. Sin embargo, en función de la fecha del contrato del alquiler y de si conocías de la existencia del arrendamiento antes de comprar la vivienda, ¡la cosa cambia!

Ya sabes que, en cuestión de alquiler de vivienda, la ley ha ido modificándose a lo largo de los años. Esto se traduce en que siempre se aplicará la normativa vigente en el momento de la firma del contrato de alquiler.

Como tú eres lo más importante para Mamá y quiero que este artículo te ayude realmente, te voy a contar qué pasaría en función de cuándo se firmó el contrato de alquiler. ¡Presta atención!

Contratos firmados entre 1995 y el 6 de junio de 2013

Deberás respetar tanto las condiciones como la duración del contrato de alquiler, no pudiendo echar al inquilino hasta qué este finalice.

Contratos firmados desde el 6 de junio de 2013 hasta el 6 de marzo de 2019

En 2013 tuvo lugar una importante reforma de la LAU siendo obligatorio desde entonces inscribir los alquileres en el Registro Civil para que tuvieran validez frente a terceros. También se redujo la duración obligatoria de los contratos de la siguiente manera:

  • El inquilino podrá permanecer en la vivienda hasta tres años, aunque en el contrato de alquiler se hubiera hecho constar una duración inferior.
  • Alcanzado el período de tres años, éste se ampliará por otro año más si el inquilino así lo desea, salvo que el casero le hubiera lo contrario por lo menos un mes antes de que el contrato finalice.

Teniendo estas premisas claras, la respuesta a si puede echar al inquilino para entrar a vivir tú en la vivienda depende de si el alquiler está o no inscrito en el Registro de la Propiedad.

Si el contrato de alquiler está inscrito en el Registro de la Propiedad

Deberás respetar a rajatabla las condiciones del contrato de arrendamiento. ¡Repasa las fechas y ten en cuenta el plazo de las notificaciones!

Si el contrato de alquiler no está inscrito en el Registro de la Propiedad

  • En este caso, todo dependerá si conocías o no la existencia del contrato de arrendamiento antes de comprar piso alquilado.
  • Si conocías el contrato de arrendamiento, deberás respetarlo y cumplir sus términos.
  • En caso de que no la conocieras, se considera que eres un comprador de buena fe y no estás obligado a respetar el contrato, pudiendo solicitar al inquilino que desaloje la vivienda en un plazo de tres meses.

¡Ojo! Será muy difícil que puedas alegar que no conocías de la existencia del contrato porque la propia ley obligar a mencionar en la escritura de compraventa si la vivienda está alquilada o no.

Esto significa que, salvo que el vendedor hubiera incurrido en falsedad documental, es imposible que no hubieras enterado de la existencia del alquiler. ¡Por eso es tan importante solicitar la nota simple de la vivienda antes de comprarla!

Contratos firmados desde el 6 de marzo de 2019

Con la aprobación de la nueva ley hipotecaria, se introdujeron cambios que afectan tanto a los alquileres como a la venta de viviendas con inquilino.

Deberás respetar la fecha de duración del contrato de alquiler durante sus primero cinco años de vigencia, salvo que desconocieras su existencia en el momento de la compra.

¡Ojo! En caso de que el propietario anterior fuera una persona jurídica, será durante los primeros siete años de vigencia del contrato de arrendamiento.

Una vez transcurridos los plazos de cinco o siete años -aunque el contrato de arrendamiento contemplase un plazo mayor de duración del alquiler- podrás solicitarle a tu inquilino que desaloje la vivienda. ¡Le tendrás que indemnizar con un mes de alquiler por cada año de contrato que quedase por cumplir!

Trucos para echar a un inquilino que no paga. QUIERO SABER MÁS

Alquilar una vivienda con garantías

¿Qué servicios ofrece la Bolsa?

  • Servicios de mediación entre personas propietarias de viviendas vacías y posibles inquilinos.
  • Por un lado, los propietarios de viviendas que los cedan a la Bolsa tienen la seguridad que se cumplirán las condiciones del contrato.
  • Por el otro, las personas que busquen una vivienda podrán acceder con garantías a una Bolsa con un precio asequible.

¿Cómo pueden participar los propietarios?

  • Todos los propietarios interesados en el programa de la Bolsa de Alquiler podéis rellenar el formulario de solicitud de información o dirigiros a las oficinas de vivienda.
  • Teléfono de atención a los propietarios: 931 229 494. Este teléfono es sólo para propietarios de viviendas interesados en al incluir su vivienda en el programa de la Bolsa de Vivienda de Alquiler de Barcelona.

¿Qué subvenciones e incentivos aporta a los propietarios y propietarias?

  • Incentivo económico a la inclusión de viviendas en la Bolsa: 1.500€ si la vivienda que tienes está vacía, y 6.000€ por liquidación de deuda en el caso de viviendas en proceso judicial.
  • Subvención para la Rehabilitación de la vivienda del 100% del importe de las obras de rehabilitación, hasta un máximo de 20.000€, previa valoración técnica de la vivienda y a cambio de un contrato de 5 años.
  • Bonificación del 95% de la cuota líquida del IBI durante los años de vigencia del contrato de alquiler social (se descuenta del pago del impuesto).
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¿Qué garantías ofrece?

  • Garantía de cobro por existencia de un fondo de garantía y un seguimiento específico para verificar que el propietario percibe el alquiler en caso de impago.
  • Garantía de mantenimiento de la vivienda que dispone, siempre con un seguro multiriesgo del hogar sin coste.

¿Qué facilidades de trámites aporta?

  • El programa ofrece un Seguro de Defensa Jurídica y acompañamiento del equipo de gestión de la Bolsa.
  • Se ofrece asesoramiento jurídico y técnico para la propiedad de la vivienda.
  • Seguimiento social y servicio de mediación a petición de las partes o de oficio.
  • Facilidad y asesoramiento en la tramitación del certificado de eficiencia energética (CEE) y cédula de habitabilidad (CH) incluida (excepto tasas), condicionado a la firma del contrato de alquiler.
  • 1Solicitud de inclusión de la vivienda en la bolsa
  • 2Proceso de rehabilitación de la vivienda
  • 3Visitas de los candidatos
  • 4¡Y ya está, tu piso está alquilado!

Si tienes un piso en propiedad y quieres alquilarlo con total garantía y tranquilidad, infórmate aquí de las principales características del programa de captación de pisos para la Bolsa de Vivienda de Barcelona.

Ventajas y desventajas de inscribir un contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) ha cambiado muchos aspectos del arrendamiento de las viviendas. Plazos, obligaciones, procedimientos… Sin embargo, la LAU, en vigor desde el pasado 1 de junio, sigue considerando el alquiler como un acuerdo entre particulares que se redacta en un documento privado.

Es decir, no existe la obligación de inscribirlo en el Registro de la Propiedad. De hecho, la mayoría de los contratos no se registran. Sin embargo, sólo en ese caso de registrarlo se llega a contar con una completa protección jurídica.

El procedimiento es similar al de cualquier otra escritura pública: se acude a un notario para que certifique el acuerdo del alquiler y que verificará que no existe ninguna ilegalidad en él. Ese documento oficial es el que se inscribe en el Registro de la Propiedad.

Ventajas para el inquilino

  • El inquilino adquiere la certeza de que el propietario de la vivienda es realmente quien la alquila. De esa forma no hay engaños ni fraudes.
  • Un contrato registrado protege frente a terceros. En el caso de que durante la vigencia del acuerdo el inmueble se venda a otra persona o a una empresa, el nuevo propietario se verá obligado a someterse a las condiciones de lo firmado por el anterior casero.
  • El arrendatario siempre contará con un derecho de adquisición preferente si el casero decide vender la casa.

Ventajas para el propietario

  • En el contrato de alquiler se puede incluir una cláusula que permita al propietario recuperar de inmediato el uso de la vivienda en caso de impago de la renta pactada, pero sólo si el acuerdo haya sido inscrito en el registro.
  • Si el arrendador no consigue cobrar, puede requerir al inquilino a través de un juez o de un notario para que abone lo que debe. Pasados diez días, si no ha pagado podría efectuarse el desahucio.

Las ventajas de inscribir el contrato de alquiler en el Registro –

El arrendamiento de vivienda es un contrato por el que una persona cede a otra el derecho de utilizarla durante el tiempo fijado y en virtud de una renta previamente establecida.

Vamos a comenzar distinguiendo entre los derechos reales y los derechos personales. Los primeros son aquellos que una persona tiene sobre una cosa, que le permiten hacer uso de ellos sin necesidad de la intervención de otro sujeto. Sin embargo, los derechos personales, son los que se dan entre dos sujetos, como ocurre por ejemplo en el arrendamiento.

Como regla general, en el Registro de la Propiedad, se permite solo el acceso de los derechos reales, sin embargo y en contadas ocasiones, el legislador permite el acceso al Registro de algunos derechos personales, como es el caso de derecho de arrendamiento de vivienda que nos ocupa.

Tradicionalmente, y a pesar de que los arrendamientos se vienen pudiendo inscribir en el Registro desde antaño, no se inscribían y es que a pesar de no estar inscritos, si el propietario de la vivienda la vendía, el adquirente estaba obligado a respetar al arrendatario durante la duración mínima de arrendamiento fijada por la ley. Ahora bien, desde el año 2013, es inexorable que los alquileres de las viviendas estén inscritas en el Registro para que el contrato de alquiler no cese ipso facto, si el titular de la vivienda la vende.

¿Qué ventaja supone inscribir el contrato?

El hecho de inscribir nuestro arrendamiento en el registro de la propiedad acarrea una gran protección al inquilino, quedando blindado su derecho de usar la casa durante el tiempo y las condiciones fijadas, a pesar de que el titular de la misma decida venderla.

Por todo ello, resulta tremendamente ventajoso acudir a una notaría para otorgar la escritura de arrendamiento para después poder inscribirlo en el registro, además del asesoramiento que el notario hace como profesional del derecho de las cláusulas que se pretenden incluir dentro del contrato, velando siempre porque éstas se encuentren dentro de los límites fijados por la Ley.

Inscribir el alquiler en el Registro de la Propiedad

Tras las modificaciones de la Ley de Arrendamientos Urbanos acometidas a mediados de 2013, inscribir el alquiler en el Registro de la Propiedad puede tener importantes beneficios para propietario e inquilino, sobre todo ante determinadas circunstancias. Es cierto que la inscripción tiene un coste superior al simple contrato privado entre las partes, pero hay ocasiones en las que una correcta garantía es imprescindible. Veamos las ventajas de esta inscripción.

Por qué inscribir el alquiler en el Registro de la Propiedad

Inscribir el contrato de arrendamiento en el Registro de la Propiedad, más allá del precio a abonar al Registrador, otorga un plus de seguridad jurídica a los firmantes del contrato. Por supuesto, la inscripción del alquiler en el Registro no es obligatoria, puesto que el arrendamiento no es más que un acuerdo entre particulares.

Si usted va a ser el inquilino de una vivienda, le recomendamos que acuda al Registro o solicite una nota simple del inmuebles para tener la garantía de estar contratando con el legítimo propietario del inmueble y conocer la posible existencia de cargas sobre el mismo. El trámite, muy sencillo y rápido, se puede hacer desde medios telemáticos como los de Registro Directo.

Comprobar el Propietario de una vivienda en el Registro de la Propiedad

Una vez firmado el contrato, si quiere inscribir el alquiler en el Registro de la Propiedad, las ventajas para el inquilino se basan en una mayor protección frente a terceros, de forma que si el inmueble se traspasa a otra persona estando vigente el contrato, el nuevo propietario debe cumplir lo estipulado en el mismo. Si no se hubiese inscrito, el adquirente podría finalizarlo con un preaviso de 3 meses.

Por su parte, la inscripción del alquiler en el Registro también tiene ventajas para el propietario.

La más importante es la de recuperar de forma inmediata el uso de la vivienda en caso de impago de la renta, si se incluye esa cláusula en el contrato y este está correctamente inscrito.

De tal forma, si el propietario no cobra el alquiler, podrá requerir al inquilino vía judicial o notarial y, si en 10 días no se procede al abono, el contrato se rescinde y se efectúa el desahucio.

Trámites para inscribir el contrato de alquiler en el Registro

Si bien la inscripción del contrato da ciertas ventajas a las partes, también tiene un coste añadido. Además de los honorarios de Notario y Registrador, también supondrá un papeleo que se debe conocer de antemano.

Lo primero que deberá hacer es acudir a la Notaría con la otra parte -según sea usted el propietario o el inquilino del inmueble a arrendar- para legitimar en Escritura Pública las firmas del contrato previamente redactado y firmado por ambos.

Después, arrendador y arrendatario deben acudir al Registro de la Propiedad correspondiente para inscribir el alquiler en los archivos públicos de dicho organismo. De manera previa a la inscripción hay que liquidar el impuesto correspondiente -Actos Jurídicos Documentados-.

El coste total de la inscripción, incluyendo todos los gastos, puede rondar los 150 o 200 euros, aunque dependerá en gran medida del precio de alquiler de la vivienda.

Este coste estará más que justificado si necesitamos la garantía de que la duración se va a cumplir según lo pactado, si somos inquilinos; o de que el proceso de reclamación de impagos y desahucio será lo más rápido y efectivo posible, si somos el propietario.

Si usted quiere comprobar que el contrato de alquiler está inscrito correctamente en el Registro de la Propiedad, puede solicitar una Nota Simple a través de Registro Directo, en un trámite telemático muy sencillo y económico. Y recuerde las ventajas de inscribir el alquiler en el Registro. Porque, como solemos afirmar en este blog, la prevención es la mejor garantía en cualquier operación inmobiliaria.

Verificar contratos registrados en el Registro de la Propiedad

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