Puede desheredar hijo espana

  • Son muchos los clientes que llegan a nuestro despacho preguntándonos si es posible desheredar a un heredero forzoso, ya sea hijos y descendientes; padres y ascendientes o el cónyuge, es decir, si se puede privar a los legitimarios de la parte de la herencia que por ley les corresponde, la legítima.
  • Efectivamente, en España la desheredación es posible, pero solo por las causas legales y con las formalidades legalmente exigidas.
  • Así, todo heredero o testador que quiera conocer sus derechos y las consecuencias que puedan acarrear sus decisiones en los procesos hereditarios debería contar con la asistencia de Abogados herencias en Madrid expertos en derecho sucesorio.
  • Es por ello que en ABOGA2, nuestros abogados de familia, como abogados de herencias de referencia adquieren un papel importante, ya que te podrán ayudar a desheredar a alguno de tus herederos forzosos, así como conseguir que se declare nula la desheredación a la que puedas enfrentarte.

Contents

¿Qué es el derecho a la legítima?

  1. En España no existe libertad total para dejar toda la herencia a quien se desee, sino que la ley establece unas reglas que obligan a dejar una parte de la herencia a ciertas personas, a las que se denomina “herederos forzosos” o “legitimarios”.

  2. En este sentido se pronuncia el artículo 806 del Código Civil al definir la legítima como «la porción de bienes sobre los cuales el testador no puede disponer, por haberla reservado la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.

    »

  3. En consecuencia podemos dividir la herencia en tres partes iguales según la forma en que pueden repartirse los bienes:
  1. Legítima indisponible: un tercio de la herencia corresponde a los a los hijos y descendientes directos, es decir, aunque el testador no hubiera nombrado a aquellos como herederos en testamento, estos tienen derecho a un tercio de la herencia, dividiéndose entre todos por igual.

Por ello, cuando el testador deje a un heredero forzoso en testamento menos de lo que le corresponda como legitima, podrá pedir su complemento.

  1. Legítima de “mejora”: el segundo tercio de la herencia también corresponde obligatoriamente a los hijos y descendientes. Si bien, a diferencia de la legítima el testador puede disponer de esta parte de la herencia, atribuyéndola a uno solo de los hijos o directamente a descendientes de mayor grado; a varios o a todos por igual o en distintas proporciones.
  2. Libre disposición: el testador puede disponer de este tercio de la herencia a su libre albedrío, independientemente de que sean parientes, terceros o instituciones.

A falta de hijos o descendientes, se consideran herederos forzosos:

  • A los padres y ascendientes: a quienes corresponderá como legítima la mitad de la herencia del hijo fallecido o un tercio de la herencia cuando concurrieran con el cónyuge viudo.
  • En defecto de todos los anteriores al cónyuge viudo/a en la forma establecida en la ley
  • Pongamos un ejemplo:
  • Imaginemos una persona que fallece estando viudo y con dos hijos, de los cuales uno de ellos no tiene descendencia y el otro falleció en un accidente de tráfico con dos hijos.
  • El fallecido tiene un patrimonio de 300.000 euros, de los cuales:
  • Legítima indisponible: 100.000 euros corresponden a sus hijos por obligación (50.000 euros al hijo en vida y 50.000 al hijo ya fallecido, atribuyéndose por ende su parte a los nietos, 25.000 euros para cada uno
  • Mejora: los 100.000 euros de mejora decide el causante repartirlos, otorgando 20.000 euros al hijo en vida, 30.000 euros a uno de los nietos y 50.000 euros al otro.
  • Libre disposición: los restantes 100.000 euros se los deja libremente a su mejor amigo, por ser quien ha estado a su lado durante los últimos años.

¿Qué es la desheredación?

La desheredación puede definirse como la privación voluntaria, realizada en testamento por parte del fallecido a uno, varios o todos de los herederos forzosos, sobre los derechos que les corresponden sobre la legítima, por concurrir alguna de las causas previstas en la ley.

Es decir, tratándose de herencias de padres a hijos, la desheredación de un hijo supone despojarle de la herencia que por naturaleza y hasta el momento de la desheredación le corresponde por derecho propio. Sin embargo, no solo es posible desheredar a un hijo o descendiente, sino también a los padres y ascendientes, e incluso al cónyuge.

¿Quién puede desheredar?

  1. Tal y como reconoce el artículo 849 del Código Civil, la desheredación solo puede realizarse mediante testamento, indicando la causa legal que lo fundamente.
  2. Puede desheredar hijo espanaEn consecuencia solo podrá desheredar aquel que tenga capacidad para otorgar testamento conforme a lo dispuesto en el artículo 663 Código Civil, es decir, todo hombre o mujer que, en el momento de otorgar testamento, sea mayor de 14 años y se encuentre en su sano juicio.
  3. Además cuando la forma de testamento elegida por el testador sea de testamento ológrafo, para poder otorgarlo y desheredar a un heredero forzoso se exige la mayoría de edad.

¿Quién puede ser desheredado?

Solo pueden ser desheredados los herederos forzosos o legitimarios, ya que estos son los únicos que la ley reconoce el derecho a percibir obligatoriamente una parte de la herencia, la legítima.

Así, el artículo 807 del Código Civil, reconoce como herederos forzosos:

  1. Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  2. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  3. El viudo o viuda en la forma y medida que establece este Código.

En cualquier caso, la reconciliación posterior entre el testador y el heredero forzoso priva a aquel del derecho de desheredar, y hace que desheredación ya hecha quede sin efecto.

¿Cuándo es posible la desheredación?

El propio Código Civil establece que “La desheredación sólo podrá tener lugar por alguna de las causas que expresamente señala la ley”y deberá hacerse mediante testamento expresando la causa legal en la que se fundamenta.

Por lo que desheredar a es una decisión libre del testador, sino que el Código Civil contempla unos motivos tasados como causas de desheredación que son comunes para poder desheredar y son las siguientes:

  • A quien hubiera sido condenado por sentencia firme por un delito contra la libertad, la integridad moral y la libertad sexual del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes o persona de análoga relación de afectividad.
  • A quien hubiera sido condenado por sentencia firme a pena grave por un delito contra los derechos y deberes familiares respecto de la herencia del testador.
  • A quien hubiera sido privado por sentencia firme de la patria potestad, del ejercicio de la tutela o acogimiento familiar de un menor o incapaz respecto de la herencia del mismo, mediante sentencia firme.
  • A quien hubiera condenado por presentar denuncia falsa contra el testador acusándole de cometer un delito penado por la ley con pena grave.
  • A quien obligara al testador a hacer testamento o a cambiarlo, amenazándole, o mediante fraude o violencia.
  • A quien con amenaza, fraude o violencia, impidiera al testador hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho, o suplantara, ocultase o alterase otro posterior.

¿Cuándo es posible desheredar a un hijo?

Así mismo, el artículo 853 Código Civil  establece que también podrán ser causas para desheredar a un hijo y por las que se puede dejar a un hijo sin herencia, cualquiera de las siguientes:

  • Al hijo o descendiente que niegue, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  • Al hijo o descendiente que maltrate de obra o injurie gravemente de palabra al testador.

No obstante, esto no impide desheredar a un hijo en favor de los nietos, ya que la ley reconoce el derecho de los hijos o descendientes del desheredado a ocupar su lugar y conservar los derechos como herederos forzosos respecto a la legítima.

¿Cuándo es posible desheredar a un padre o madre?

Igualmente, dispone el Código Civil en su artículo 854 Código Civil que también será posible la desheredación de los padres y ascendientes, además de las causas comunes:

  • Al padre o madre o ascendiente que hubiera perdido la patria potestad por alguna de las causas expresadas en el artículo 170 del Código Civil.
  • Al padre o madre o ascendiente que hubiera negado los alimentos a sus hijos o descendientes sin motivo legítimo.
  • Al padre o madre o ascendiente que hubiera atentado uno de ellos contra la vida del otro, si entre ellos reconciliación no hubiera habido reconciliación.
  • Al padre o madre o ascendiente que hubiera sido condenado por sentencia firme por haber atentado contra la vida, o a pena grave por haber causado lesiones o haber ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al testador, a su cónyuge, descendientes, ascendientes o persona de análoga relación de afectividad.

¿Cuándo es posible desheredar al cónyuge?

Por su parte, tratándose del cónyuge, la desheredación puede darse por cualquier de las causas comunes o cuando concurra alguna de las situaciones previstas en el artículo 855 Código Civil:

  • Al cónyuge que hubiera incumplido grave o reiteradamente los deberes conyugales.
  • Al cónyuge que incurra en alguna de las causas que dan lugar a la pérdida de la patria potestad contempladas en el artículo 170 del mismo cuerpo legal.
  • Al cónyuge que hubiera negado alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
  • Al cónyuge que hubiera atentado contra la vida del cónyuge testador, si no hubiera existido reconciliación.

¿Qué requisitos se exigen para desheredar?

La desheredación solo es posible cuando se cumplan los requisitos recogidos en la ley, es decir cuando se funde en alguna de las causas previstas en el Código Civil y el testador así lo exprese entre sus ultimas voluntades mediante testamento, indicando la causa concreta que lo justifique.

En consecuencia, los requisitos para desheredar se resumen:

  1. La desheredación debe hacerse en testamento: no será válida la desheredación expresada en cualquier otro documento o forma que no sea el testamento.
  2. La desheredación debe ser expresa: no basta con que el testador exprese su voluntad de desheredar en testamento, sino que debe reflejar la causa legal que lo justifica.
  3. La desheredación debe ser nominal: deberá indicarse claramente al legitimario a quien se refiere, con nombre y apellidos, o de no ser posible, indicando tantos datos como sea necesario para que no exista duda de la identidad de la persona desheredada.

Por eso es importante que busque un buen abogado de herencias que conozca estas causas, pues aunque el Tribunal Supremo ha venido diciendo que “esto no significa que la interpretación o valoración de la concreta causa, previamente admitida por la ley, deba ser expresada con un criterio rígido o sumamente restrictivo”, si los tribunales consideran que la desheredación no responde a alguno de los motivos previstos por la legislación española, podría llegar a ser revocada o declarada nula.

Parece lógico además pensar que serán los herederos nombrados por el testador quienes deben probar las causas que llevaron al testador a desheredar.

¿Qué es la desheredación justa?

Puede desheredar hijo espanaSe entiende por desheredación justa aquella que se ha realizado cumpliendo todos los requisitos legalmente establecidos.

De forma que toda desheredación justa conlleva:

  • La perdida del derecho a la legitima
  • La revocación de las donaciones que se hubieran realizado nos será automática sino que deberá instarse en el plazo máximo de un año
  • El desheredado no será tenido en cuenta para calcular la legítima, pero si la estirpe de sus descendientes, de forma que si tuviera hijos o descendientes estos ocuparan su lugar respecto a la legitima, y de no tenerlos su parte de la legitima incrementará la del resto de colegitimarios.

¿Qué es la desheredación injusta?

La desheredación puede declararse por el Juez como “desheredación injusta” cuando considere que:

  • No se expresó la causa legal que motivó la desheredación
  • La causa legal expresada en testamento no ha sido probada por los herederos
  • La causa expresada no se encuentra entre las causas tasadas por la ley como causas de desheredación.

En estos casos, la desheredación se declarará nula y quedará sin efecto, correspondiendo al desheredado sus derechos sobre la legítima y manteniéndose validos respecto al resto de herederos todos los legados, mejoras y demás disposiciones testamentarias que no perjudiquen la legítima del que hubiera sido desheredado.

▷ Desheredar a un hijo en España: qué es y cómo se hace [GUÍA]

Desheredar a un hijo es recurrir a ese acto jurídico en el que, al hacer testamento, se le priva de su derecho a legítima como heredero forzoso. Esto nos lleva a recordar dos conceptos fundamentales a la hora de hablar de herencias.

Por un lado, la legítima es uno de los tres tercios de la herencia que la legislación vigente reserva a los herederos forzosos. Estos últimos, por otro lado, ocupan los primeros lugares en el orden de sucesión y no se les puede excluir de la herencia si no incurren en ciertos supuestos que veremos. Hablamos, por este orden, de hijos y descendientes, padres y ascendientes y cónyuge.

¿Qué es la desheredación?

En base a lo anterior, desheredar es privar a alguien de su derecho a legítima. Considerando que los hijos son herederos forzosos, los primeros en el orden de sucesión, es frecuente preguntarse si puede un padre desheredar a un hijo. Y la respuesta es sí, pero solo por los motivos que veremos más adelante.

Solo se considera desheredación cuando hablamos de herederos forzosos, pues están protegidos por ley.

Si una persona no tiene buena relación con sus hermanos y no quiere dejarles nada en herencia, basta con que no los mencione en testamento, aunque tampoco heredarían en una sucesión abintestato si hay hijos, nietos, padres, abuelos, cónyuge u otro heredero forzosos. Pero en ningún caso se puede considerar que los ha desheredado.

¿Se puede desheredar a un hijo en España?

Es posible desheredar a un hijo en España, sí, pero no es un proceso sencillo. De hecho, no se puede desheredar por falta de relación familiar, al menos a priori. Ya veremos que hay excepciones en el territorio español.

¿Qué tiene que suceder para desheredar a un hijo? Lo vemos.

Casos en los que se puede desheredar a un hijo

En esencia, las principales causas para desheredar a un hijo son las que se citan en el artículo 853 del Código Penal, algunas también reconocidas como causas de indignidad para suceder:

  • Haber negado los alimentos al padre o al ascendiente que le deshereda, sin tener motivo legítimo.
  • Haberle maltratado de obra o de palabra con injurias graves.

Esto último supuesto se debe contemplar en un sentido amplio, es decir, se encuadran en ese supuesto los delitos contra la integridad moral, la libertad general o sexual, la denuncia falsa, la amenaza, el fraude o la violencia, etc. Son supuestos también citados.

De hecho, la causística en la cuestión de la desheredación es muy amplia, y toca a los tribunales interpretar las distancias situaciones para ver si procede la desheredación.

El Tribunal Supremo incluyó en una sentencia de 2014 el maltrato psicológico, entendido como el daño o sufrimiento psicológico.

Los escenarios que pueden dar lugar a ello son muy variados: abandono, menosprecio, falta absoluta de cariño…

Hay que remitirse a la jurisprudencia para ver cómo se han resulto estos casos, por eso decíamos que la falta de relación familiar no era una causa de desheredación solo a priori.

Y es que no procedería solo por estimar que un hijo no te llama con la frecuencia que te gustaría, o no te visita regularmente.

Tiene que ser una ausencia total de relación paterno o materno-filial que se mantenga en el tiempo.

En la práctica, por lo tanto, se podría dar el caso de un padre o una madre que no han sido atendidos por sus hijos pese a estar gravemente enfermos, quedando al cuidado de un hermano u otro familiar y sin siquiera mantener el contacto. También es posible la desheredación si un hijo arrebata los bienes propios a su padre o madre hasta el punto de no permitirle subsistir con dignidad.

¿Se puede desheredar a un hijo totalmente?

Se puede desheredar a un hijo por las causas vistas más arriba, pero habrá que demostrar tales extremos. Haber sido condenado y sancionado/a penalmente es la prueba más evidente, siempre que padre e hijo no se hubieran reconciliado y así lo hubieran especificado ante notario.

Si los padres no logran demostrar las causas alegadas para desheredar a un hijo, aún pueden hacerlo los hermanos a la muerte del padre o la madre.

De no poder demostrar causa para la desheredación, la única opción es utilizar los tercios de mejora y de libre disposición en testamento para reducir tanto como sea posible el valor de los bienes que se dejan a ese hijo al que se quiere desheredar. Y es que, recordemos, de no haber testamento todo se reparte a partes iguales entre los herederos forzosos, contemplando siempre el derecho a usufructo del cónyuge vivo.

¿Y desheredar hijos a favor de los nietos?

Técnicamente no se puede desheredar a un hijo en favor de los nietos, es decir, el mero deseo de favorecer al hijo de un hijo no es un motivo recogido en el Código Penal.

Pero sí es una consecuencia de la desheredación, es decir, en caso de que sí se pueda demostrar la causa para dejar sin herencia a un hijo, la porción de legítima que correspondería a este pasa automática a los nietos. También ellos son herederos forzosos.

¿Hay diferencias por comunidades?

Ya hemos visto las causas por las que se puede desheredar a un hijo en España, pero hay que tener en cuenta que en no todas se aplica el Código Civil común, porque se acogen a normativa foral. Vemos qué sucede en algunas de ellas.

Cataluña

Desheredar a un hijo en Cataluña es posible, y su Código Civil va en la línea del español. Es necesario apuntar que tampoco se puede desheredar  un hijo de forma parcial ni con condiciones.

Así pues, se puede desheredar a quien haya matado o intentado matar al causante, el cónyuge o pareja, algún descendiente o ascendiente; a quien haya infringido lesiones graves, contra la libertad, la integridad moral o la indemnidad sexual; a quien haya calumniado o levantado falso testimonio; a quien haya cometido delito contra los derechos y deberes familiares; a quien haya inducido de forma maliciosa a otorgar, revocar o modificar el testamento, además de a quien lo haya destruido, escondido o alterado.

Negar el alimento o haber infringido maltrato también son causas de desheredación, además de la ausencia manifiesta de relación familiar entre el fallecido y el causante por alguna imputable a este último.

Comunitat Valenciana

Se puede desheredar a un hijo en la Comunidad Valenciana en los mismos términos que en el resto de España, porque se acoge al Código Civil común. Buena parte de su Derecho civil fue declarado inconstitucional.

País Vasco

Desheredar a un hijo en el País Vasco es más fácil que en el resto de España. No hace falta buscar argumento alguno, y menos aún demostrarlo: basta con no nombrarle en testamento.

Así pues, el derecho foral vasco se acoge al principio de libertad civil para desheredar a un hijo sin más condiciones, aunque para beneficiarse de él es necesario cumplir con el requisito de vecindad civil. Es decir, es necesario haber nacido en el País Vasco, tener una residencia voluntaria continuada de dos años o bien de 10 años sin declaración contraria.

Galicia

Para desheredar a un hijo en Galicia debemos remitirnos al artículo 263 de su Código Civil y relacionados. En él se citan causas que también aparecen en el Código Civil común y en el catalán: negación de alimentos, maltrato de obra o injurias graves o incumplimiento reiterado de los deberes conyugales, que no aplica entre padres e hijos.

En el artículo 263 se emplaza también a observar las causas de indignidad ya mencionadas: atentado contra la vida del testador o de algún familiar, contra su libertad, integridad moral y libertad e indemnidad sexual, etc.

Cómo desheredar a un hijo en España

En base a lo anterior, para saber cómo desheredar a un hijo lo primero es preguntarse si incurre en alguna de las causas citadas a lo largo del texto, y si se puede demostrar que así es.

Recuerda que para desheredar a un hijo en 2020, o en cualquier otra fecha mientras no se plantee lo contrario, es necesario hacer testamento donde se indique expresamente el nombre del hijo y las causas de la desheredación. Si te acoges al Código Civil vasco bastará con que no lo nombres, pero debes hacer testamento igualmente.

Y es que en una sucesión abintestato, el caudal hereditario se repartirá a partes iguales entre los legitimarios, aunque alguno de ellos hubiera cometido algún acto flagrante de desheredación. Si no haces testamento, tendrán que ser los otros herederos quienes demuestren la indignidad.

Siempre es útil pedir asesoría a un/a abogado/a o notario/a cuando se trata de hacer testamento, pero en cuestiones delicadas como la desheredación incluso más. En todo caso, lo importante es que tengas en cuenta que para desheredar a un hijo hay que demostrar causas extremas en prácticamente todo el territorio español.

PD. Si necesitas ayuda en esta materia lo mejor será acudir a tu delegaciones funerarias más cercanas para que te asesoren o te ayuden a buscar un profesional en la materia.

¿Es posible desheredar a un hijo en España? Causas y procedimiento

Aunque existe la creencia de que uno posee la potestad total sobre sus bienes en materia de herencias, para llevar a cabo un proceso de desheredación a un heredero legítimo es necesario justificar las causas y cumplir una serie de requisitos para desheredar a un hijo y hacer que la inhibición sea legal a todos los efectos.

En caso de cumplir estos requisitos, es legítimo que quieras saber si se puede llevar a cabo esta inhibición y cómo desheredar a un hijo en España, cumpliendo con lo estipulado en el Código Civil. 

Qué significa exactamente ‘desheredar’ y qué efectos legales tiene

Cuando se habla del término “desheredar”, se entiende que significa privar a alguien de su derecho a reclamar lo que le pertenece por pertenecer a una familia o haber sido declarado sucesor en vida de un pariente directo recién fallecido. En realidad, los expertos aclaran que cuando se habla de desheredar a alguien, esto se aplica a la legítima, no a la herencia. Pero, ¿qué diferencias hay?

La herencia es el conjunto de bienes que deja una persona al fallecer, y que puede tener designado un nuevo propietario a su fallecimiento y que debe constar en un testamento ante notario. En cambio, la legítima es la parte de esos bienes que el testador está obligado a reservar a los herederos forzosos.

La figura de heredero forzoso está contemplada en la ley y tiene por objetivo evitar la desprotección total de aquellos familiares que, por parentesco, es innegable que guardan una incuestionable relación de sangre y que, por tanto, tienen derecho a reclamar una parte que les pertenece legítimamente. De ahí su nombre.

Es sobre esta última sobre la que recaen los efectos en caso de desheredar a un hijo. Algo que, si se llega a hacer efectivo, dejaría al hijo sin bienes que reclamar.

Esta situación de desamparo es enormemente grave, y por eso es necesario justificar legalmente los motivos por los que se desea desheredar a un hijo.

Dado que la ley está pensada para evitar la desprotección de un hijo en caso de mala relación con sus padres, también existen mecanismos de protección para evitar un abuso de esa figura.

¿Se puede desheredar a un hijo?

Según el artículo 807 del Código Civil, los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes son los herederos forzosos legalmente reconocidos. A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes, y a falta de los anteriores, el viudo o la viuda en la forma y medida que establece el propio Código Civil.

Esto tiene por objetivo proteger el legado familiar y garantizar la sucesión del mismo de padres a hijos (o de hijos a padres, en línea ascendente en caso de no haber descendientes directos vivos), evitando expropiaciones indebidas y otros abusos típicos de otra era.

Por tanto, desheredar a un hijo implica eliminar la consideración del mismo como heredero forzoso, teniendo la potestad de anular el reclamo por parte del mismo sobre ninguna de las partes de la herencia. Pero esto no se puede llevar a cabo de manera arbitraria, sino que es preciso justificar los motivos por los que se desea desheredar a un hijo.

El Código Civil es la herramienta que se utiliza para legislar en todo lo concerniente a asuntos familiares, de herencia y sucesiones, y solo entra en juego el Código Penal en caso de que exista un delito flagrante y doloso recogido en el mismo, condenado con penas graves de prisión, y que puede ser el detonante del proceso de desheredación. 

Causas legales para desheredar a un hijo en España

Es el propio Código Civil, en sus artículos 852 a 855, los que establecen las causas para desheredar a un hijo. Cabe mencionar que estas causas están tasadas, lo que significa que no será posible, en ningún caso, desheredar a un legitimario en virtud de una causa distinta a las establecidas expresamente por la ley.

Entre las causas para desheredar a un hijo, se reconocen causas genéricas y causas específicas, divididas en el supuesto de hijos y descendientes, padres y ascendientes y cónyuge.

Causas genéricas

  • Según el artículo 852 del Código Civil, “son justas causas para la desheredación, en los términos que específicamente determinan los artículos 853, 854 y 855, las de incapacidad por indignidad para suceder, señaladas en el artículo 736 con los números 1, 2, 3, 4, 5 y 6”.
  • Estas causas para desheredar a un hijo a las que el artículo hace alusión son las siguientes:
  • · Haber sido condenado, por sentencia firme, por atentar contra la vida o causar lesiones o ejercido habitualmente la violencia física o psíquica en el ámbito familiar al testador, su cónyuge, persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
  • · Haber sido condenado, por sentencia firme, por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si el ofendido es alguna de las personas a las que nos hemos referido en el punto anterior.
  • · Acusar al testador de delito para el que la ley señala pena grave, si es condenado por denuncia falsa.
  • · Forzar al testador, con amenazas, fraude o violencia, a hacer testamento o a cambiarlo.
  • · Impedir a otro, por iguales medios, hacer testamento o revocar el que tenga hecho, o suplantar, ocultar o alterar otro posterior.

Causas específicas para desheredar a los hijos y descendientes

Según lo estipulado por el Código Civil, entre los motivos para desheredar a un hijo se encuentra el hecho de negar, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.  Maltratar de obra o injuriar gravemente de palabra al padre o ascendiente que le deshereda también se encuentra entre los motivos para desheredar a un hijo reconocidos por la ley.

Causas específicas para desheredar a los padres y ascendientes

  1. En caso de que los herederos forzosos sean los padres, también es posible desheredarlos si se dan uno de estos supuestos:
  2. · Haber perdido la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
  3. · Negar alimentos a los hijos o descendientes sin motivo legítimo.
  4. · Atentar uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido entre ellos reconciliación.

Causas específicas para desheredar al cónyuge

  • En el supuesto de que el fallecido no tenga descendientes ni ascendientes vivos, la ley reconoce al cónyuge hereditario forzoso. No obstante, es posible desheredarlo si se dan estos supuestos:
  • · Se da un incumplimiento grave o reiterado de los deberes conyugales.
  • · Se pierde la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
  • · Se niega el alimento a los hijos o al otro cónyuge.
  • · Se atenta contra la vida del cónyuge testador, si no hubiere mediado reconciliación.

Consecuencias de desheredar a un hijo

En caso de cumplir los requisitos para desheredar a un hijo, la ley dota a las figuras correspondientes de los mecanismos necesarios para salvaguardar la herencia del testador y poder obrar en virtud de lo sucedido.

Como desheredar a un hijo en España no se puede hacer a la ligera, es preciso poder justificar con pruebas todo lo acaecido en caso de que se quiera privar al descendiente de su legítima sobre la herencia.

  1. También es necesario señalar que, aunque se cumplan con todos los requisitos para desheredar a un hijo y esta se lleve a cabo con todos los efectos, cualquier donación realizada en vida por el testador en favor del desheredado no podrá ser revocada, a no ser que el hecho que haya provocado la desheredación sea la causa de la revocación de la donación.
  2. Esto conviene matizarlo porque, aunque existan motivos para desheredar a un hijo y estos sean reconocidos por la ley, las donaciones están protegidas en la mayor parte de los supuestos, ya que se sobreentiende que se ha dado de manera desinteresada o por un precio simbólico.
  3. Las donaciones son habituales en el caso de querer traspasar un bien y evitar los costes derivados de las herencias y evitar tener que declarar una renuncia debida a los tremendos sobrecostes que genera el paso del impuesto de sucesiones y la plusvalía.
  4. No obstante, corresponde en cada caso valorar qué es lo mejor para garantizar la estabilidad y perdurabilidad del patrimonio y, en caso de que sea necesario, conocer los mecanismos en caso de que se necesite saber cómo desheredar a un hijo en España por motivo doloso y reconocido en el Código Civil.

¿Se puede desheredar a un hijo? Todo lo que debes saber sobre la desheredación

Muchas personas, fruto de conflictos familiares, se preguntan si se puede desheredar a un hijo o a cualquier otro familiar.

En este artículo vamos a explicarte qué significa desheredar a un heredero, cuáles son las causas legales para poder hacerlo, las implicaciones y cómo hacerlo.

El concepto de desheredación

Aunque la palabra desheredación parece referirse a la privación de la herencia, en realidad se refiere a la privación de la legítima.

Por lo tanto, desheredar a un hijo o familiar realmente implica retirar a dicho heredero su derecho a recibir la legítima hereditaria.

Para mayor claridad veamos qué se entiende por herencia y qué por legítima:

  • La herencia es el conjunto de bienes que deja una persona a su fallecimiento.
  • La legítima es la parte de esos bienes que el testador está obligado a reservar a los herederos forzosos.

Así pues, un heredero puede ser o no legitimario, ya que parte de los bienes hereditarios se pueden dejar a un extraño.

Por lo tanto, para desheredar a una persona sin derecho a la legítima basta con no incluirla en el testamento.

Sin embargo, lo habitual es que se pretenda desheredar a un hijo o familiar, lo que supondría desheredar a herederos legitimarios, que es un proceso más complejo y además debe cumplir una serie de requisitos legales.

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La desheredación es una disposición testamentaria en virtud de la cual el testador puede privar a un heredero forzoso de su legítima.

La desheredación afecta solo a los herederos forzosos o legitimarios.

Según el artículo 807 del Código Civil, son herederos forzosos:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de hijos, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • A falta de los anteriores, el viudo o la viuda en la forma y medida que establece el Código Civil.

3 requisitos que deben concurrir para desheredar

Para la validez de la desheredación deben concurrir los siguientes requisitos:

  1. Realizarse en testamento
  2. Hacerse expresamente y fundarse en alguna de las causas fijadas en la ley. Se debe designar al legitimario al que se quiere desheredar con total claridad.
  3. La causa debe ser cierta. Si el desheredado niega la causa, probar que la causa es cierta corresponderá a los herederos del testador.

En el supuesto de que no se exprese la causa, no sea una de las previstas en la ley o sea una causa incierta, el legitimario quedará protegido y podrá anular la institución de heredero en cuanto perjudique a su legítima.

Por lo tanto, si la desheredación no se hace conforme a la ley, el legitimario desheredado podrá obtener su legítima de la herencia.

Causas legales para desheredar

Las causas por las que se puede desheredar están previstas en los artículos 852 a 855 del Código Civil.

Estas causas están tasadas, es decir, no se podrá desheredar a un legitimario en virtud de una causa distinta a las establecidas expresamente en la ley.

Podemos distinguir entre causas genéricas y causas específicas.

Causas genéricas de desheredación

El Código Civil dispone:

Son justas causas para la desheredación, en los términos que específicamente determinan los artículos 853, 854 y 855, las de incapacidad por indignidad para suceder, señaladas en el artículo 756 con los número 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º.

Artículo 852 del Código Civil

Las causas a que se refiere el citado artículo son las siguientes:

  1. Haber sido condenado, por sentencia firme, por atentar contra la vida o causar lesiones o ejercido habitualmente violencia física o psíquica en el ámbito familiar al testador, su cónyuge, persona a la que esté unida por análoga relación de afectividad o alguno de sus descendientes o ascendientes.
  2. Haber sido condenado, por sentencia firme, por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad e indemnidad sexual, si el ofendido es alguna de las personas a las que nos hemos referido en el punto anterior.
  3. Acusar al testador de delito para el que la ley señala pena grave, si es condenado por denuncia falsa.
  4. Obligar al testador, con amenazas, fraude o violencia, a hacer testamento o a cambiarlo.
  5. Impedir a otro, por iguales medios, hacer testamento o revocar el que tenga hecho, o suplantar, ocultar o alterar otro posterior.

Al igual que ocurre en el Derecho de Familia con la patria potestad, el Derecho Penal sólo entra en juego en este tipo de procedimientos en caso de que se produzcan hechos delictivos de cierta relevancia.

Los delitos patrimoniales entre familiares son hechos atípicos, es decir, que no pueden tener repercusión en el ámbito penal, sino que habrá que acudir a otras vías para poder solucionar la problemática.

Arturo González Pascual, abogado penalista y fundador de Dexia Abogados

Causas específicas para desheredar a los hijos y descendientes

Son justas causas para desheredar a los hijos o descendientes, además de las previstas en los números 2, 3, 4 y 5 del apartado anterior, las siguientes:

  1. Negar, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  2. Haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al padre o ascendiente que le deshereda.

Causas específicas para desheredar a los padres y ascendientes

Además de las causas genéricas señaladas anteriormente, son causas justas para desheredar a los padres y ascendientes:

  1. Pérdida de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
  2. Negar alimentos a los hijos o descendientes sin motivo legítimo.
  3. Atentar uno de los padres contra la vida del otro, si no hubiere habido entre ellos reconciliación.

Causas específicas para desheredar al cónyuge

Son causas justas para desheredar al cónyuge, además de las previstas en los números 2, 3, 4 y 5 del apartado de causas genéricas, las siguientes:

  1. Incumplir grave o reiteradamente los deberes conyugales.
  2. Pérdida de la patria potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial.
  3. Negar alimentos a los hijos o al otro cónyuge.
  4. Atentar contra la vida del cónyuge testador, si no hubiere mediado reconciliación.

¿Cuáles son los efectos de la desheredación?

El principal efecto que produce la desheredación es la privación de la legítima al desheredado.

Sin embargo, las donaciones realizadas en vida por el testador en favor del desheredado no pueden ser revocadas, salvo que el hecho que haya dado lugar a la desheredación sea también causa de revocación de la donación.

Los hijos o descendientes del desheredado ocupan el lugar y conservan los derechos de herederos forzosos respecto a la legítima. Es decir, si el testador deshereda a un hijo, los nietos nacidos de dicho hijo, si los hubiera, ocuparán el lugar de su padre y conservarán los derechos hereditarios de los que se ha privado a su progenitor.

Por último señalar que, realizada la desheredación por el testador, quedará sin efecto si existe reconciliación entre el ofensor y el ofendido.

Asesórate con expertos

Tanto si quieres desheredar a un heredero, como si te han desheredado y crees que sí tienes derecho a recibir la herencia, es muy importante contar con el asesoramiento de un abogado experto en herencias.

En caso de que la desheredación no se haya realizado conforme a las causas y procedimientos legalmente recogidos, el heredero desheredado tendrá derecho a reclamar su legítima. Por ello, es importante que un abogado experto te ayude a velar por tus intereses.

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Desheredar en España: ¿se puede desheredar a un hijo?

Desheredar en España es una práctica creciente en España.

Durante el confinamiento provocado por la pandemia del Coronavirus —Covid19— muchas personas mayores, confinadas en hogares —en muchas ocasiones unipersonales— se vieron olvidados por sus hijos, desentendidos por completo de su atención. Señalan las principales cabeceras del país que esto está siendo el mayor motivo de desheredar en España en los últimos meses.

Sin embargo, muchas personas pensaban que el derecho de sucesión de los hijos (los que tienen derecho como mínimo al tercio de legítima) era prácticamente inalienable. Hemos de decir que —si bien no es sencillo ni vale cualquier pretexto—desheredar en España es posible. No es un invento particular de Sidney Sheldon con carácter privativo para el mundo anglosajón.

En este post, nos proponemos enseñarte cuáles son los supuestos que pueden desembocar en una situación en la que una persona esté en condiciones legales de sacar de su herencia a algún heredero.

Desheredar en España: qué es

Ya lo hemos apuntado antes, pero especificaremos que desheredar no significa privar a alguien del acceso a tu herencia, sino a tu legítima.

La desheredación se refiere a la privación de la legítima.

La herencia es todo lo que una persona deja al morir, la legítima es un tercio de ese todo, que en principio —según establece el Código Civil— tiene que reservarlo sí o sí para los herederos forzosos, que suelen ser los hijos/nietos.

El Código Civil establece que una herencia se divide en tres partes: el tercio de legítima, el de mejora y el de libre disposición.

El tercio de legítima es para los herederos forzosos, el de mejora se destina libremente en favor del/los herederos a los que el causante —el que fallece— quiera beneficiar y el de Libre Disposición como su propio nombre indica, queda completamente a discreción del causante de la herencia, es decir, que lo puede dejar a quien le parezca, sin condiciones de parentesco ni de ninguna otra clase. De haber algunas indicaciones sobre Libre disposición y Mejora, se tienen que explicitar en testamento. En caso de no haberlas, pasan a engrosar la legítima.

Para desheredar a una persona no legitimaria —que no es heredero forzoso— basta con no incluirla dentro del testamento, y la dejará fuera de lo único a lo que podría aspirar: el tercio de libre disposición. Ahora bien, desheredar a un legitimario —hijos, por ejemplo—es harina de otro costal, es un proceso mucho más complejo.

Requisitos para desheredar a un hijo

Según nos dice el Código Civil, existen unas condiciones, digamos requisitos, que se tienen que dar. Es decir, que no es un capricho de cada quién, levantarse por la mañana y decir sin más motivo a un hijo: «tú no heredas nada». Deben darse con certeza algunos prerrequisitos y deben recogerse en el testamento. ¿Cuáles son esos requisitos?:

  • √ Tiene que quedar por escrito en el testamento.
  • √ Tiene que darse un motivo válido de acuerdo a la ley: (abandono, maltrato psicológico o físico, haber sido condenado por los mismos, o por agresión sexual o física, por atentar contra la integridad moral, contra la libertad o contra el cónyuge de este o persona en análoga situación de afectividad).
  • √ Los hechos a que se apunta el motivo de esa desheredación tienen que ser ciertos.
  • Por lo tanto, en España es posible desheredar a un hijo, lo cual está sujeto a que se tengan que dar unos requisitos conforme a la ley.

¿Se puede desheredar a un hijo?

Las diferencias, las riñas y la falta de relación familiar suponen para muchos un motivo para querer desheredar a sus hijos o nietos. En España, lo indique o no el testamento, los descendientes del interesado se consideran, por ley, herederos forzosos, lo que les da derecho a repartirse una tercera parte de la herencia.

Sin embargo, si debido a conflictos familiares el testador no quiere que sus hijos reciban la herencia legítima, la única opción que tiene consiste en desheredarlos, un proceso complejo, repleto de requisitos legales y que tiene sus excepciones en el Derecho Civil Foral, por la Compilación del Derecho privado foral de Navarra y en el Derecho Civil Vasco.

Desheredación en España

En España, la Ley dispone que, obligatoriamente, los bienes que posea una persona en el momento de su fallecimiento deben pasar a sus parientes más cercanos, llamados herederos forzosos.

Para desheredar a cualquier persona que no sea un heredero legítimo, basta con no incluirlo en el testamento.

No obstante, los hijos son herederos forzosos y por ley tienen derecho a una tercera parte de la herencia, llamada herencia legítima.

En este sentido, para desheredar a un hijo haría falta, por un lado, un testamento escrito que designe con claridad al legitimario al que se quiere desheredar y, por otro, una causa que esté contemplada en la ley y que pueda ser probada, es decir, debe existir una “causa de indignidad”.

Entre las causas que recoge la legislación española están haber sido condenado por atentar contra la vida del testador; obligar al testador a hacer testamento o a cambiarlo; haber sido condenado por delitos contra la libertad, la integridad moral y la libertad sexual; haber maltratado, física o psicológicamente o injuriado gravemente al que le deshereda; o conocer la muerte violenta de los padres y no haberla denunciado.

Estas causas deben ser probadas y no, la falta de relación familiar no es una “causa justa” para desheredar.

Así lo fijó en julio el Tribunal Supremo en una sentencia, en la que establece que la legislación vigente no permite excluir de los bienes del fallecido a los llamados “legitimarios” únicamente por carecer de relación, ya que eso no demuestra que haya habido un maltrato o un menoscabo psicológico derivado de la indiferencia de los desheredados.

Una mujer sella su propio testamento. Freepik

Herencias en el Derecho Civil Foral

A diferencia de lo que ocurre en el resto del Estado, en Navarra existe plena libertad para disponer de los bienes y no existe la legítima herencia. Es decir, en Navarra no existe la obligación de dejar nada a los hijos y tampoco existe obligación de explicar en el testamento los motivos que llevan al testador a desheredar a un descendiente o a varios.

De esta forma, si se quiere desheredar a alguien en Navarra bastaría con usar la siguiente fórmula: “Dejo a mis hijos cinco sueldos febles o carlines y una robada en monte comunal”, es decir: nada. No existiría contraprestación económica alguna.

Esta curiosa formulación, que deja claro que te acuerdas de tus hijos pero que no les quieres dejar nada, recibe el nombre de “legítima foral” y tiene origen en el Fuero Nuevo de Navarra, con la lógica de no dividir la propiedad y mantener cierta unidad de explotación y sustento.

Herencias en el Derecho Civil Vasco

Por su parte, el Derecho Civil Vasco recoge una figura legal específica que permite la desheredación de alguno o de varios hijos, siempre que al menos a uno de los descendientes (hijos o nietos) se le deje la parte mínima que le corresponde, que equivaldría a un tercio de la herencia.

Esta curiosa particularidad se debe a que el el Derecho vasco, el testador tiene la obligación de transmitir una legítima herencia a sus descendientes, pero tiene la potestad de elegir de entre ellos a uno o a varios, apartando a los demás de manera expresa o tácita. Es decir, el testador puede en su testamento elegir a uno o a varios hijos o nietos, entre los que repartir la legítima y apartar al resto, expresamente o simplemente no citándolos.

¿Se puede desheredar a un hijo? Estos son los motivos legales que permiten hacerlo

¿Se puede desheredar a un hijo? Es muy posible que algunos padres se hayan hecho esta pregunta, sobre todo aquellos que mantengan una relación tormentosa con sus hijos.

Lo cierto es que este proceso no resulta nada sencillo, ya que los hijos, en principio, deben acceder al menos a la herencia legítima, que es de 2 terceras partes de los bienes, dependiendo de la comunidad autónoma en la que te encuentres (en Cataluña, por ejemplo, es del 25% del total).

Eso sí, existen algunas causas legales que permiten desheredar completamente a los hijos, e incluso dejarles sin la herencia legítima.

Para ello hay que cumplir algunos supuestos y demostrarlos legalmente. Algo que no resulta fácil si no tienes pruebas que justifiquen la existencia de dichos supuestos, ya que además pueden impugnarse ante la justicia.

¿Se puede dejar la herencia a una mascota? Así es posible garantizar su cuidado cuando no estés

A continuación, se detalla cómo desheredar a un hijo, mostrando las causas que estipula la ley para estos casos.

Cómo desheredar a un hijo: estas son las causas que reconoce la ley

Para saber cómo desheredar a un hijo tienes estudiar los artículos 756 y 853 del Código Civil, que son los que se encargan de regular los motivos que justifican esta decisión por parte del testador.

Los hijos pueden ser desheredados si han cometido estos supuestos:

  • Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  • Haber maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra al padre o ascendiente.
  • El heredero mayor de edad que, sabedor de la muerte violenta del testador, no la hubiese denunciado dentro de un mes a la justicia cuando ésta no hubiera procedido ya de oficio puede ser desheredado.
  • El que, con amenaza, fraude o violencia, obligue al testador a hacer testamento o a cambiarlo puede ser también desheredado.
  • El que por iguales medios impida a otro hacer testamento, o revocar el que tuviese hecho puede perder su derecho a herencia.

Aunque haya ocurrido una de estas causas sigue sin ser fácil desheredar a un hijo. Según advierte La Información, la intención debe aparecer en el testamento y el motivo tiene que estar fundamentado.

Además, el afectado puede reclamar la herencia y que la justicia le acabe dando la razón, al menos a la hora de recibir la legítima, de ahí que sea tan importante tener argumentos suficientes para proceder a la desheredación.

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