Ocurre si recibo denuncia falsa

Para hacer que efectivamente un hombre resulte víctima de un malos tratos, no es necesario que este reciba violencia física o psíquica. Existe una forma de maltrato que puede perjudicar mucho al hombre y no necesita precisamente la existencia de alguna clase de violencia:

Hablamos de las falsas denuncias.

Las falsas denuncias por malos tratos o agresiones sexuales impuestas por muchas mujeres, muchas de ellas en procesos de divorcio, pueden encubrir diversos intereses como los celos, la rabia, querer hacer daño a su ex-pareja o simplemente no dedicar tanto tiempo al proceso.

Actualmente, la sobre-protección que existe en este ámbito a favor de la mujer, hace que este delito, la falsa denuncia, quede muchas veces inadvertido o incluso no se califique como violencia.

Contents

¿Qué impulsa a una mujer a interponer una denuncia falsa de malos tratos?

Los tipos más habituales de estas denuncias son las agresiones sexuales y los malos tratos, ya sea a la mujer o a sus propios hijos. Y les vamos a explicar los motivos.

Generalmente un proceso de divorcio suele extenderse por un periodo aproximado de un año, pero, si existe en este caso una denuncia por malos tratos o violencia de género, la mujer en las 24 horas siguientes a presentarla puede hacer que su cónyuge o pareja abandone la vivienda y pierda así la patria potestad de sus hijos.

Las consecuencias de esta denuncia son tanto la imposibilidad de mantener la custodia de los hijos para el hombre, así como la obligación de pasar una pensión de manutención a su ex-mujer para el cuidado de los hijos, que en muchos casos no será para ellos.

Todos estos motivos, y algunos otros, llevan a muchas mujeres a interponer una denuncia falsa ante sus parejas.

Consejo General del Poder judicial y el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género

Tras el último informe presentado por el Consejo General del Poder judicial y el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género. Se demuestra que la mayoría de los actos de violencia machista se cometen en la intimidad, sin la presencia de testigos. En aproximadamente el 76% de las sentencias examinadas, estos actos se produjeron sin testigos.

Sin embargo, este mismo informe establece que únicamente el 0,4% de las denuncias presentadas por violencia de género son falsas. Si la mayoría de agresiones se producen sin testigos, ¿solo damos crédito a la palabra de la mujer? ¿Es culpable el hombre directamente?

El artículo 14 de la Constitución Española establece que todos los españoles somos iguales ante la ley. Pero ¿Es eso cierto? No, la palabra de la mujer siempre va a estar por encima en un presunto delito de malos tratos.

Ocurre si recibo denuncia falsa

En este caso, la necesidad de brindar a la mujer una protección efectiva y total contra la violencia de género. Conlleva una des-protección o imposibilidad de defensa para el hombre.

Por lo tanto, es imprescindible una reforma en la actual legislación que ampare o ayude a proteger al hombre. Frente a este tipo de prácticas, más habituales de lo que recoge el CGPJ en su informe.

¿Cuáles son nuestras opciones ante una posible denuncia por malos tratos?

En primer lugar, tendremos que reunir todas las pruebas existentes que acrediten la falsedad de la acusación. Un ejemplo de prueba que muchas veces es válida es la amenaza por parte de los ex de interponer esta clase de denuncia.

La pena prevista para una mujer, por interponer una denuncia falsa por malos tratos, es de una multa. De ahí que muchas mujeres se arriesgan a pagar esta multa e interponen la demanda.

Los hombres víctimas de este tipo de maltrato se encuentran totalmente desprotegidos. Pueden llegar a perder el trabajo, la casa, la custodia de sus hijos, y pueden incluso terminar entrando en prisión.

Por lo que, además del estigma social que recae sobre él, también se enfrenta a dificultades en el ámbito personal.

El hombre que sea víctima de una denuncia falsa por malos tratos, debe pedir asesoramiento especializado a un abogado penalista especializado en asuntos de malos tratos. En Fuengirola, Torremolinos y Benalmádena. Puede pedir ayuda al abogado Torralvo Hinojosa.

Denuncia de fraudes

En esta página encontrará toda la información y los formularios necesarios para denunciar un fraude a la OLAF.

¿Qué constituye fraude?

Fraude es una acción deliberada de engaño con ánimo de lucro personal o de perjudicar a otra parte. (Más información en el artículo 3, apartado 2, de la Directiva (UE) 2017/1371.)

Irregularidad es un incumplimiento de las normas de la UE que tiene posibles repercusiones negativas para sus intereses financieros pero puede deberse a meros errores, bien de los beneficiarios de los fondos, bien de las administraciones responsables de los pagos. Ahora bien, si la irregularidad se comete deliberadamente, entonces es fraude. (Más información en el artículo 1 del Reglamento 2988/95 del Consejo)

La OLAF puede investigar denuncias de:

  • Fraude u otras irregularidades graves con posibles repercusiones negativas para los fondos públicos de la UE (ingresos, gastos o activos de las instituciones de la UE).
  • Faltas graves de los miembros o el personal de las instituciones y organismos de la UE.

La OLAF no puede investigar denuncias de:

  • Fraudes sin repercusión financiera en los fondos públicos de la UE. Estos hechos deben denunciarse a la policía nacional.
  • Casos de corrupción que no impliquen a miembros o al personal de las instituciones y organismos de la UE. Estos hechos deben denunciarse a la policía nacional.
  • Ciberdelincuencia, como fraudes en los pagos online, sitios falsos de comercio electrónico o estafas con monedas virtuales. Si es víctima de ciberdelincuencia, esta página web de Europol explica cómo denunciarlo.
  • Uso fraudulento del logotipo de la UE o del nombre de las instituciones europeas.

Cómo presentar una denuncia a la OLAF

Puede hacerlo de manera anónima y sin trámite alguno. Facilítenos la información lo más precisa y detalladamente posible y aporte documentación si dispone de ella. Puede dirigirse a la OLAF en cualquiera de las 24 lenguas oficiales de la UE

Las denuncias pueden presentarse:

  • Más información sobre el Sistema de Notificación de Fraudes
  • Por correo postal
  • European Commission European Anti-Fraud Office (OLAF) 1049 Brussels
  • Bélgica

La OLAF trata los datos personales de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725. Le proporcionaremos la información pertinente sobre protección de datos cuando cumplimente el formulario web o nos envíe información.
El apartado de protección de datos de esta web ofrece información general sobre la protección de datos en la OLAF.

He enviado una denuncia a la OLAF. ¿Qué pasa ahora?

Una vez que haya presentado la denuncia ante la OLAF y siempre que haya indicado el remite, recibirá un acuse de recibo de su mensaje.

La OLAF analizará la denuncia enviada para comprobar determinados aspectos como:

  • si la cuestión entra dentro de su ámbito de competencias (como se ha expuesto en la parte superior de esta página)
  • si la información es suficiente para justificar la apertura de un caso de investigación o coordinación de la OLAF.

Si ha indicado en el Sistema de Notificación de Fraudes que está dispuesto a crear un buzón electrónico seguro, es posible que la OLAF se ponga en contacto con usted para obtener aclaraciones o pedir más información.

Al término de esta primera evaluación, denominada “procedimiento de selección”, el Director General de la OLAF decidirá si procede abrir una investigación.

Si se determina que la cuestión que usted plantea no cumple las condiciones para iniciar una investigación, será desestimada.

En tal caso, es posible que la OLAF le informe de ello, aunque no lo hace de manera sistemática.

¿Qué pasa si la OLAF abre una investigación basada en mi denuncia?

Si la OLAF decide abrir un caso de investigación o coordinación, es posible que el investigador encargado del caso se ponga en contacto con usted para obtener más información.

Tenga en cuenta, no obstante, que a menos que el investigador se ponga directamente en contacto con usted, la OLAF no se comunicará con usted en el transcurso de la investigación. No hay un calendario específico para que el investigador se ponga en contacto con usted: puede hacerlo inmediatamente o transcurridos varios meses.

Con el fin de proteger la confidencialidad de los procedimientos de investigación, la OLAF no le mantendrá al corriente, en ningún caso, de la evolución de la investigación.

Al término de la investigación, es posible que la OLAF le informe de las medidas adoptadas, si nos ha proporcionado una dirección de contacto.

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Denuncia de fraudes por personal de la UE

Si es usted miembro del personal de la UE, tiene obligación de denunciar los posibles casos de fraude, corrupción y otras actividades ilegales o conductas profesionales que puedan constituir graves incumplimientos de las obligaciones del personal de la UE.

Puede informar de sus sospechas bien a sus superiores en su institución, bien a la OLAF. Si quiere informar directamente a la OLAF, siga las instrucciones indicadas en el apartado Cómo presentar una denuncia a la OLAF.

Para más información sobre los derechos y obligaciones de los denunciantes internos en las instituciones europeas, consulte los artículos 22 bis y 22 ter del Estatuto del personal.

Así sabe la policía si tu denuncia es falsa (y acierta un 91% de veces)

Un ciudadano acude a una comisaría a presentar una denuncia. Un agente le atiende y mientras va escribiendo en un ordenador lo que el denunciante le cuenta, con sus mismas palabras.

El inspector Miguel Camacho, licenciado en Matemáticas y Estadística, leía en 2012 en una comisaría del centro de Granada las declaraciones de robos con violencia en la calle. Era su primer destino como policía después de la academia.

Algunas denuncias le parecían falsas, sobre todo las vinculadas a teléfonos móviles caros. “Pero yo entonces era muy ingenuo”, dice.

Camacho no concebía que alguien acudiera a la policía a denunciar algo que no había ocurrido para cobrar, por ejemplo, un seguro.

Dos años después, Camacho recibió una beca Fulbright y fue a la UCLA en Los Ángeles (EE UU) a trabajar en su doctorado sobre policía predictiva.

Al regresar, ya en un destino nuevo en Madrid, cayó en que la inteligencia artificial podía automatizar la detección de denuncias falsas a partir de las palabras más usadas por los denunciantes.

El policía reunió a coste cero un grupo de investigadores y funcionarios para desarrollar el modelo: “No sé cómo no se me ocurrió antes algo tan obvio”, explica. 

El resultado es un sistema llamado VeriPol, que analiza y calcula las combinaciones de palabras más comunes cuando se miente ante un policía. El modelo usa el procesamiento de lenguaje natural y la inteligencia artificial para descubrir las palabras que nos delatan y la probabilidad de falsedad de una denuncia.

Las palabras delatoras surgieron del análisis de los textos de 1.122 denuncias de 2015: 534 verdaderas y 588 falsas. Las denuncias estudiadas son solo de casos de robo con violencia en la calle o tirones. Para evitar cualquier error, los investigadores seleccionaron casos ya cerrados: porque había habido una detención o porque los denunciantes habían admitido su mentira.

El modelo analiza las combinaciones de palabras más comunes cuando se miente ante un policía

El sistema está explicado en un artículo científico publicado en marzo en la revista Knowledge-Based Systems: Aplicando detección automática de lenguaje engañoso basado en texto a los informes policiales.

Junto al inspector Camacho, los autores son los informáticos Lara Quijano, de la Universidad Autónoma de Madrid, Federico Liberatore, de la Complutense, y el matemático José Camacho, de la Universidad de Cardiff (Reino Unido) y hermano de Miguel. VeriPol es el primer modelo del mundo que ha sido validado para su uso oficial. Y será el primero en aplicarse en un cuerpo de policía.

Mejor que un humano

La habilidad de Veripol ya se ha puesto en práctica: es capaz de predecir con un 91% de acierto si una denuncia es falsa. Sobre el mismo cuerpo de denuncias, un policía experto detecta alrededor de un 75%.

Las palabras delatoras revelan un retrato perfecto de la lógica e ingenuidad que hay detrás de nuestras engaños, incluso ante la policía. Alguien puede pensar que su mentira es única. Pero no. En realidad es obvio: todas tienen unos patrones tan evidentes que un algoritmo es perfecto para captarlos.

Las denuncias verdaderas aportan, en general, más detalles. En las falsas, el denunciante aspira a eliminar los detalles. ¿Cuál es el mejor modo de hacerlo?  Uno de los mejores predictores de falsedad es la palabra “día”. No porque los robos sean a plena luz, sino porque fueron “hace unos días”, “un día” o “hace dos o tres días”, no “ayer” o “el jueves”.

Otras palabras que sirven para detectar denuncias falsas son “tirones” desde “atrás” o por la “espalda”, de la “mochila” o “bolso”, o de algo que la víctima llevara en el “hombro”.

Los ataques falsos suelen ser de alguien que lleva “casco” y va vestido de “negro” (los malos siempre van de negro).

Los hechos falsos suelen ocurrir por detrás porque salva al denunciante de tener que dar detalles.

VeriPol es el primer modelo del mundo validado por documentos oficiales

Otras palabras relacionadas con falsedades en las denuncias son “seguro”, “abogado”, “móvil”, “Apple”, “iPhone”, “compañía” o “contrato”. Las descripciones en las denuncias falsas no se centran en los hechos, sino en el objeto, su valor y el motivo oculto por el que vamos a la policía.

Los investigadores descubrieron que suelen ser más ciertas las denuncias de robos cerca de la “portería” de casa o en el “rellano”. La gente que va con una denuncia falsa pretende alejarla de su hogar, de sus conocidos.

VeriPol también analiza los recursos gramaticales y sintácticos más usados. Los pronombres personales y demostrativos, e incluso los verbos “ser” y “estar” aparecen más en denuncias verdaderas.

Los mentirosos, en cambio, son poco dados a concretar con pronombres específicos como “yo”, “él” o “este” y “aquel”.

En las falsas, de nuevo, la vaguedad predomina: “Los informes verdaderos están más centrados en contar la historia del delito y las interacciones de la víctima y el agresor”, dice el artículo.

La sintaxis también delata

La sintaxis también es transparente con las mentiras. Los sintagmas introducidos por el adverbio “apenas” -por ejemplo en “apenas pudo verle” o “apenas recuerda”- indican falsedad. También un alto número de negaciones se relaciona con mentira: aparecen en frases como “no puede dar más datos”, “no ha sufrido heridas”, “no pudo ver”, “no puede reconocer”.

Las denuncias verdaderas se centran en el fondo en la acción, mientras que las falsas buscan describir objetos, que es lo único que el denunciante ha visto. Las denuncias reales tienen por ejemplo un alto grado de palabras que describen cualidades y acciones específicas: “barba”, “cara”, “pelo”, “centímetros”, “delgado”, “constitución”, “edad”, “hombre”, “gritar”, “pelear”, “empezar a”.

La gente que presenta una denuncia falsa pretende alejarla de su hogar, de sus conocidos

Las denuncias falsas suelen ser más cortas. Esto no implica que un rasgo de todas las mentiras sea la brevedad. Una reseña falsa en Tripadvisor puede intentar ofrecer largas descripciones para paliar la falta de sinceridad. Cada modelo debe buscar su contexto.

Ninguna de todas estas palabras o construcciones por sí solas implica falsedad. Su combinación y persistencia entre el número de palabras totales son las que indican la probabilidad de falsedad. El algoritmo percibe mejor el peso de esos matices que un humano.

Cuando entre en vigor, el modelo sin embargo no decidirá nada. Solo será una herramienta más que la policía judicial sume a su percepción.

“El algoritmo es como un comisario viejo con mucha experiencia que está ahí al lado y que ayuda a la policía y les dice lo que le suena a verdadero o falso”, dice la investigadora Lara Quijano.

Según la investigación, no hay datos generales sobre el porcentaje de denuncias falsas, pero alguna comisaría lo cifra en un 57% del total, según cuenta la investigación. Una denuncia falsa es un delito que la policía traslada a un juez y puede suponer antecedentes para el denunciante.

Si además se le une un delito de estafa a, por ejemplo, una compañía de seguros, puede haber responsabilidad penal. VeriPol puede disuadir a algunos de mentir en sus denuncias. Pero siempre habrá alguien que se crea capaz de ganar a la máquina porque conoce el truco.

De hecho, Veripol no pilla alrededor de un 10% de denuncias falsas, perol es solo una herramienta más en manos de la policía, no la única. Y las combinaciones y actualizaciones del algoritmo son inextricables.

LA DENUNCIA FALSA Y SUS CONSECUENCIAS

Nuestro Código penal, en su artículo 456, regula el delito de acusación falsa y denuncia falsa considerando que lo cometen quienes 

Lo primero que nos llama la atención es que se trata de un delito que afecta y por ende, ofende, tanto el honor de la persona acusada o denunciada falsamente (a quien se le ha imputado, nada más y nada menos, la comisión de un delito) como a la propia Administración de Justicia, en tanto en cuanto ha sido utilizada indebida y fraudulentamente por el acusador o denunciante falso.

Ahora bien, ¿cuáles son los elementos esenciales por así decirlo de este delito?.

Lo primero que tiene que haber es una imputación, es decir que alguien atribuya a otro la comisión de un delito y que además (obviamente ya que si no, no entraríamos en el campo de las denuncias falsas) lo haga a sabiendas de que esa imputación es falsa.

Indiscutiblemente, ello implica que el que denuncia lo hace con conocimiento de la falsedad o, como dice la jurisprudencia,” con manifiesto desprecio hacia la verdad”.

Nuestro Tribunal Supremo ha recalcado la importancia de este elemento, “debiendo ser objeto de cuidadosa investigación y examen y de rigurosa exigencia, porque una laxitud de criterio sobre este punto podría afectar al derecho-obligación de denuncia que es un aspecto importante de la libertad de expresión.” Por tanto, para no perjudicar el deber/obligación que tiene toda persona de denunciar cuando es testigo de la comisión de un delito, el delito de acusación y denuncia falsa debe ser objeto de una cuidadosa investigación y tratamiento.

Es importante también que esa falsa imputación lo sea de un hecho que de ser cierto constituiría una infracción penal.

Por más que mintamos diciendo que “Jorge se ha comido el postre y no ha dejado nada a sus hermanos” (ya que en realidad no ha sido Jorge, sino Gema la que se lo ha comido), aún en el caso de ser cierto (que efectivamente Jorge se hubiese comido el postre), es claro que ello no es un delito todo lo más el desencadenante de una disputa más entre hermanos, pero en definitiva sin consecuencias penales.

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Es fundamental también, el que exista una sentencia o un auto de archivo o sobreseimiento de las actuaciones penales, firmes (sin posibilidad de recurso). La causa penal ha tenido que terminar mediante sentencia que exculpe al acusado o auto que haya sobreseído el asunto.

Lola Tudela

Como actuar ante las mentiras de una denuncia falsa. 4 Tips para conseguir los mejores resultados

INDICE DE CONTENIDOS:

1. ¿Qué es una denuncia falsa según la Ley?

Es posible que, después de que conozcas qué es lo que dice la Ley, igual veas que en tu caso no se trata de una denuncia falsa, sino de otra cosa distinta a un delito.

Para eso es importante que tengas claro qué dice la ley que regula los delitos, el Código Penal, sobre la denuncia falsa:

«Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación…». 

Por tanto, los requisito que debe reunir para que pueda ser legalmente entendida como denuncia falsa son los siguientes:

  1. Que lo haga sabiendo que es mentira. Si lo hace pensando que es verdad lo que dice, no podría ser considerado un delito de denuncia falsa.
  2. Que lo que haga sea acusar a alguien de algo que debe ser considerado como un delito.

     Si, por ejemplo, te denuncio y llamo a la policía informando que has puesto la música muy fuerte a altas horas de la noche y no me dejas dormir, no estaríamos ante una denuncia falsa porque poner la música muy alta, en principio, no es delito.

    En circunstancias normales podría dar lugar a una sanción administrativa o multa pero no a que te acusen de un delito.

  3. Que la denuncia se presente ante la «autoridad policial o judicial».

     Así dicho suena un poco raro pero lo que te quiero decir es que la denuncia se tiene que presentar ante los responsables de investigar los delitos que son la Policía (nacional, Local, Guardia Civil,…), ante el Juzgado de Guardia o ante el Ministerio Fiscal (si quieres, puedes echarle un vistazo aquí a lo que dice la Ley sobre este tema).

Recuerda que es fundamental que reúna estos tres requisitos. En caso contrario, no estaríamos ante un delito de denuncia falsa.

Debes tener en cuenta que una cosa es denunciar a alguien sabiendo que es mentira (denuncia falsa) y otra cosa muy diferente es denunciar que hemos sido víctimas de un delito sin acusar a nadie en concreto y buscando otros beneficios distintos a vengarnos o atacar a alguien en concreto (no es una definición nada técnica pero creo que te puede servir que te lo explique de este modo para que lo entiendas mejor).

Esto último es lo que se conoce como simulación de delito y es otro delito diferente al de denuncia falsa.

Para que lo veas más claro te pongo un ejemplo. Imagina que has denunciado el robo de un móvil para cobrar del seguro y lo has hecho sin que sea cierto, con la intención de cobrar del seguro para que te paguen un nuevo terminal.

Para que conozcas a fondo este nuevo delito te dejo un artículo (puedes hacer clic aquí para verlo) en el que te explicamos a fondo en qué consiste el delito de simulación de delito.

2. Me han denunciado por denuncia falsa y todo es mentira ¿Qué hago?

Lo primero que te digo es que soy más que consciente de que estás muy cabreado por que te hayan denunciando pero lo primerísimo antes que hagas absolutamente nada en esa posible acusación por denuncia falsa, debes defenderte de la denuncia que han presentado en tu contra.

Entiendo que puedas estar muy obcecado (te confieso que yo lo estaría…) con que quieres denunciar al contrario pero esto no te va a beneficiar.

Recuerda que se ha abierto un Juicio Penal por delito en tu contra y esto no es un ninguna broma (te dejo aquí un enlace para que veas qué hacer si tienes en breve un juicio penal). Si o sí tienes que defenderte.

Solamente en el caso de que sea cierre el expediente judicial que hay en tu contra podrás ponerte las pilas contra el que te ha presentado la denuncia falsa.

Por tanto, por ahora, olvídate de hacer nada en su contra. Primero defiéndete y después ya veremos las circunstancias de tu asunto para valorar si seguimos hacia adelante en contra del otro.

Te podría decir muchas más cosas en este apartado pero creo que lo mejor es que te quedes con esa idea que es, en tu caso, fundamental… Primero la defensa y después ya preparemos el ataque!

3. Me han declarado inocente ¿Puedo denunciar por denuncia falsa?

¿Recuerdas en el párrafo anterior cuando te decía que primero la defensa y después el ataque?

Si, cuando me estás leyendo, ya has obtenido una sentencia en el asunto en el que te acusaban a ti de un delito que no habías cometido, y esa sentencia es favorable para ti, ya es el momento en que puedes dar el siguiente paso… En su caso, la presentación de la denuncia por denuncia falsa.

Puedes estar pensando… «Fran ¿Porqué me dices «en su caso»»? Porque ahora es cuando hay que valorar si tenemos argumentos suficientes para poder presentarla con un cierto margen de éxito.

Te insisto una vez más en que puedo llegar a entender en cierto modo tu furia, o tu enfado o tus ganas de que se haga Justicia para que esta persona pague lo que ha hecho.

No obstante, ten claro que es fundamental no dejarse llevar por los sentimientos o por nuestros instintos… Estás pensando en iniciar un procedimiento judicial, con todo lo que implica (ahí es nada!) y esto requiere por tu parte algo de frialdad.

Frialdad para valorar y sopesar si vas a presentar la denuncia para obtener una sentencia que te dé la razón o para gastarte el dinero, el tiempo y el sufrimiento que también esto conlleva (al menos, da un poco que pensar ¿Verdad?).

¿Cómo podemos valorar y sopesar la viabilidad del procedimiento que vas a iniciar?

En primer lugar debes tener en cuenta la diferencia entre dos situaciones:

  • Que se haya archivado el procedimiento en tu contra por falta de pruebas,
  • Que se haya archivado el procedimiento en tu contra porque los hechos de los que te denunciaban finalmente no son valorados por el Juez como un delito,
  • Que se haya descubierto que el contrario presentó la denuncia a sabiendas de que todo era mentira con la única intención de fastidiarte o de vengarse de ti (Recuerda los requisitos que debe cumplir la denuncia para poder ser considerada como denuncia falsa según la ley. Haz clic aquí).

En los dos primeros casos no contamos con material suficiente para que podamos presentar denuncia contra esa denuncia falsa. Como antes te dije, es fundamental que se pruebe lo que los abogados llamamos el «dolo» (suena feo y raro ¿verdad?).

Ya sabes que no soy de soltarte monólogos típicos de los abogados de los que, en la mitad del párrafo, empiezas a bostezar, pero en este caso me viene genial explicarte qué es esto del Dolo a través de lo que dice el propio Diccionario de la Lengua Española:

1. m. Engaño, fraude, simulación.

2. m. Der. Voluntad deliberada de cometer un delito a sabiendas de su ilicitud.

3. m. Der. En los actos jurídicos, voluntad maliciosa de engañar a alguien, de causar un daño o de incumplir una obligación contraída.

Ahora lo entiendes mejor ¿Verdad? Pues, volviendo a lo que te interesa, te diré que para presentar la denuncia con posibilidades de que ganes el asunto (si no, no pierdas el tiempo!) debe quedar más o menos clara esa voluntad de causarte un mal, de engañar, con la presentación de esa denuncia, a sabiendas de que todo lo que decía era mentira y con la intención de hacerte algún daño o de obtener un beneficio injusto o mal intencionado.

Claro… Ahora tú me puedes decir… «Muy bien Fran pero ¿Cómo se demuestra eso? Es cierto que no es nada fácil y, te digan lo que te digan, por este motivo es por lo que muchas veces no se ganan este tipo de asuntos.

Te pongo un ejemplo (que creo que ya he contado en alguna ocasión en alguno de mis post), real como la vida misma, para que puedas entenderlo. Imagina que tu expareja te denuncia porque la has agredido. Te detienen. Pasas una noche en el calabozo con el mal trago que esto supone. Te toman declaración en el Juzgado y te ponen en libertad.

  • En tu declaración dijiste que no estabas en tu ciudad el día que denuncia que le agrediste.
  • Tu abogado y tú aportáis al juicio que se sigue en tu contra un informe de tu centro de trabajo de la otra punta de España, junto con las declaraciones de varios de tus compañeros, que juran y perjuran que ese día te encontrabas con ellos.
  • En este caso pudimos acreditar la mentira de la denunciante y la mala intención de vengarse que tenía contra mi cliente por lo que se juzgó a la ex mujer y salió condenada por un delito de denuncia falsa.

Ahora seguro que lo ves más claro ¿Verdad? Es necesario, como te digo, probar esa mala intención aunque no es nada fácil. En tu caso te aconsejo desde ya que consultes con un especialista y que él te dé su opinión sobre el caso y te diga lo que puede hacer por ti y si lo ve claro.

Si no lo ve claro piénsatelo bien… Te insisto… Te estás jugando tu tiempo, tu dinero y, sobre todo, la tensión que todo esto genera.

Por todo lo que te he dicho hasta ahora es por lo que la ley dice lo siguiente: 

No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada.

Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.

4. Si le denuncio ¿Qué le va a pasar?

Para no enredarte en términos extraños y que, como antes te decías, empieces a abrir la boca, te diré que lo más grave que le puede pasar es que se le imponga una pena de:

  1. Prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, en los delitos graves.
  2. Multa de doce a veinticuatro meses, en los delitos menos graves.
  3. Multa de tres a seis meses, en los delitos leves.
  4. Si la denuncia ha dado lugar a que, por el Juzgado se investigue el asunto y se tramite un expediente judicial, multa de seis a 12 meses.
  1. Varias aclaraciones que te hago:
  2. Para saber cuanto dinero sería la multa que se le impondría, mira este post donde te lo explico con detalle.
  3. No te voy a explicar en este momento porqué se le podría imponer unas penas u otras porque, para eso, tendríamos que hablar de lo que dice la ley sobre los delitos graves, menos graves y leves y mi intención es aclararte las cosas y no que salgas más liado de lo que estabas antes de leer este post.
  4. No obstante, te dejo un enlace con lo que dice la ley al respecto por si tienes intención de profundizar más en el asunto (haz clic aquí).

En mi opinión, menos es más! (o eso dicen). Lo que quiero decirte es que mi intención con este artículo no es que escribas una tesis doctoral sobre el asunto (seguro que ni falta que te hace!) sino que tengas la capacidad de reflexionar sobre si estás en disposición, o no, de poder presentar una denuncia falsa contra esa persona que te ha hecho tanto daño y sobre cuando pensar en ello.

Si tienes alguna otra duda, estaré encantado de que valoremos tu situación en concreto. Si lo necesitas danos un toque o mándanos un mensaje y comentamos tu asunto.

Si no lo necesitas, nos sentiremos muy felices si te hemos servido de ayuda y te deseamos toda la suerte del mundo!

Hasta pronto!

DENUNCIA FALSA ▷ 【 Actualizado 2022 】- Abogados de Mundojurídico

  • Una denuncia falsa es un delito que consiste en imputar falsamente y a conciencia una serie de hechos a una persona que, de ser ciertos, constituirían una infracción penal.
  • Se trata de un delito pluriofensivo, que protege como bienes jurídicos el buen hacer de la Administración de Justicia y el honor de la persona afectada.
  • Para poder perseguir este delito de denuncia falsa o acusación falsa, la autoridad judicial que conoció el ilícito penal falsamente imputado debe haber dictado una resolución judicial firme de sobreseimiento o archivo.

Ejemplo de denuncia falsa

Una persona denuncia a otra de que le ha sustraído un objeto y después de la investigación pertinente se alcanza la convicción de que no hay indicios de haberse cometido el delito denunciado. En este caso cuando se dicta por el Juez instructor el archivo o sobreseimiento de la causa, es cuando se puede iniciar la persecución del delito de denuncia falsa. 

El propio Juez o Tribunal que dicte esta resolución de archivo o sobreseimiento puede proceder de oficio contra la persona que presentó la denuncia falsa, o en su caso la persona que fue denunciada falsamente también puede perseguirlo.

Regulación del delito de denuncia falsa

Así se recoge en el apartado segundo del artículo 456 del Código Penal donde se recoge este ilícito.

“No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada.

Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.”

Artículo 546 Código Penal

La pena prevista para este delito depende de la gravedad del ilícito que se haya imputado falsamente.

Pena del delito de denuncia falsa

Así el artículo 456 del Código Penal, en su apartado primero recoge la imposición de las siguientes penas:

  • Pena de prisión de 6 meses a 2 años y multa de 12 a 24 meses, si se imputara un delito grave.
  • Pena de multa de 12 a 24 meses, si se imputara un delito menos grave.
  • Pena de multa de 3 a 6 meses, si se imputara un delito leve.

Os dejamos este enlace para ver las clases de penas que existen en el Código pena sobre las clases de penas en el Código Penal

Requisitos del delito de denuncia falsa

  • Una imputación de hechos concretos dirigida contra persona determinada.
  • Que esos hechos, de ser ciertos, sean ilícitos penales.
  • Que la imputación sea falsa.
  • Denuncia ante autoridad con obligación de actuar.
  • Intención delictiva, es decir, conciencia de que el hecho denunciado es delictivo y falso y que se actúe con mala fe.

¿Con qué no se puede confundir una denuncia falsa?

Una denuncia falsa no se puede confundir con los siguientes términos:

Diferencia entre denuncia falsa y simulación de delito

En el delito no se imputa a persona concreta la comisión del delito (el autor es desconocido o genérico), mientras que la denuncia falsa se interpone contra una persona concreta acusándolo de la comisión de un delito, a sabiendas de que no lo es.

Para información más detallada visita nuestro artículo sobre las diferencias entre simular un delito y denunciar falsamente.

Ejemplo de delito de falsa denuncia

  1. Manuel es denunciado por María, su vecina, por una presunta agresión sexual.

  2. Pero ni lo manifestado por María es convincente, ni las pruebas médicas realizadas corroboran los hechos denunciados, es conocida por todos las malas relaciones entre ambos vecinos, además de que hay testigos creíbles de que reconocen haber estado con Manuel mientras presuntamente ocurrían los hechos denunciados.

  3. Ante esta situación, el Juzgado procederá al sobreseimiento y archivo de la causa.

  4. En este supuesto, tanto Manuel como el Juzgado de oficio, pueden iniciar las acciones correspondientes por esa falsa denuncia, por concurrir los requisitos para ello y en especial el elemento subjetivo del tipo, es decir, la intención de faltar a la verdad por parte de María.
  5. Por ello este delito sólo se atribuye cuando se pruebe o infiera razonable y razonadamente que el sujeto efectuó su denuncia o acusación con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad.

Ejemplo en el que no está tan claro el delito de denuncia falsa

Manuel es denunciado por María, su vecina, por una presunta agresión sexual.

De lo manifestado y presentado como pruebas por parte de María, hay indicios suficientes para continuar el procedimiento por un delito de agresión sexual contra Manuel.

Sin embargo, y tras celebrarse el juicio, Manuel es considerado inocente al dictarse una sentencia absolutoria. ¿Podría plantearse Manuel  el perseguir a María por una posible denuncia sobre un delito que no es real en base a esa sentencia absolutoria?.

En este caso, y si el motivo de la absolución son las dudas más que la certeza de que los hechos no han sucedido, deberíamos contestar a la anterior pregunta que no. 

Si en el proceso seguido contra Manuel las dudas han juagado a su favor; en el proceso contra María por su acusación falsa, las dudas jugarán a su favor. La viabilidad de esas acciones dependerá mucho de cuál sea el nivel probatorio o de la duda de los hechos.

Quien ha sido agredido y denuncia a al agresor aunque no se llegue a condenarle por falta de pruebas no se convierte en autor de una acusación falsa, sino que no ha habido suficiente pruebas para condenar pero no por ello quiere decir que los hechos denunciados no ocurrieran.

En definitiva, se trata de un procedimiento de difícil prueba para el actor, que dependerá en gran medida de las pruebas obrantes en el procedimiento precedente y de lo que se recoja en la sentencia absolutoria.

Sentencia sobre denuncia falsa

Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 9ª), sentencia de 19.09.2016

” Podemos concluir que la acusada con conocimiento de que el contenido de su denuncia faltaba a la verdad, imputó al testigo la comisión de unos hechos ciertamente graves como son los abusos sexuales, y la detención ilegal, que llevan aparejadas importantes penas de prisión y es de conocimiento extendido socialmente que una denuncia formulada ante un cuerpo policial o judicial, va a ser investigado y por tanto, se desprende que el animo que presidió la interposición de la denuncia era de ocasionar cuanto menos un mal al testigo, faltando a la verdad.

El incidente que nadie pone en duda pues ocurrió en la línea de transporte, debió quedar en una reclamación administrativa o una queja pero no en la formulación de una denuncia, reiteramos contando unos hechos, que no se produjeron y que es palmario que le han generado un grave daño moral a la victima, quien fue detenido en su lugar de trabajo, y conducido a calabozos donde permaneció hasta su puesta a disposición judicial, lo que comporta que deba ser resarcido en la cantidad que se fija en la sentencia.

Se ratifica la condena a Esther, como autora responsable de un delito de denuncia falsa del artículo 456.1.2º y 2 del Código Penal a la pena de doce meses de multa a cuota diaria de seis euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas y al pago de las costas procesales de la acusación particular”.

Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 9ª), sentencia de 19.09.2016

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