Hacer caso despido improcedente

Si has tenido que atravesar una situación tan angustiosa como un despido improcedente o conoces a alguien que se encuentre en este mismo lugar, te sugerimos continuar con la lectura del artículo hasta el final. En él encontrarás la información que necesitas conocer para actuar con firmeza y conseguir la justa compensación que mereces.

Hacer caso despido improcedente

Contents

¿Qué es un despido improcedente?

Existe despido improcedente cuando la empresa pone fin a la relación laboral que la une a un trabajador y lo hace por fuera del marco que contempla la ley laboral vigente.

En estos casos, la empresa, en su carácter de empleador, decide unilateralmente desvincular al empleado, sin que medien causas legales que lo justifiquen.

¿Por qué esto último es un dato clave? Porque la legislación laboral protege al trabajador a través de previsiones que obligan a los empresarios a cumplir con una serie de requisitos formales y legales en casos de despidos.

Es por ello que si el empleador no se ajusta al ordenamiento jurídico, debe responder por sus despidos improcedentes. Para ello puede optar por la reincorporación del trabajador a su puesto en las mismas condiciones que tenía al momento de ser despedido o por la paga de una justa indemnización.

¿Qué hacer ante un despido improcedente en Palma de Mallorca?

Lo primero que debes hacer es concentrarte en los abogados laboralistas en Palma de Mallorca como Castell Abogados. Estos especialistas son los que mejor podrán asesorarte respecto a tus derechos y asistirte en los pasos legales que deban cumplirse.

Esto es sumamente importante ya que estos despidos generan en los trabajadores afectados situaciones de mucho estrés, angustia e incertidumbre. Por lo tanto, para cuidar tu salud y fortalecer la defensa de tus intereses, recuerda depositar la confianza en los abogados laboralistas.

Ten en cuenta que los plazos procesales para estos trámites inician a partir de la notificación del despido, por lo que debes estar preparado para actuar de inmediato y con la claridad necesaria si quieres lograr el mejor acuerdo y resarcimiento que pueda corresponderte. En este punto, es clave el asesoramiento de los abogados de Palma que conozcan las formalidades del procedimiento y que negocien hábilmente las condiciones del despido.

Es importante que asistas a la consulta legal con la carta de despido, en la que deberán figurar las causas esgrimidas por la empresa para justificar el despido y la fecha a partir de la cual se hace efectivo.

Entonces, ¿Qué hacer y qué no hacer al recibir la carta de despido?

  • Recibir la carta de despido en disconformidad y dejarlo asentado por escrito.
  • Indicar la fecha en que se recibe la carta, ya que a partir de ahí comenzarán los plazos legales para impugnar el despido.
  • No firmar ningún documento que pueda perjudicarte, por ejemplo una carta de renuncia. No pueden obligarte a rubricar un acuerdo si no estás completamente seguro o conforme con sus términos.
  • Obtener copia de cualquier documento que firmes y si tienes dudas firma “como acuse de recibo”. Esto implica que no estás aceptando los términos del documento, sino tan sólo recibiendo.
  • No aceptes pagos sin consulta previa a un profesional especializado.
  • Contactar de inmediato a un abogado laboralista que te brinde apoyo legal.
  • Revisar junto a tu abogado el acta de conciliación en caso de lograrse un acuerdo extrajudicial, en especial lo que tenga que ver con el cálculo indemnizatorio.
  • Acudir a la justicia para obtener la declaración de improcedencia del despido.

¿Se puede recuperar el trabajo luego de un despido improcedente?

La respuesta a ello es afirmativa. Sin embargo, esto dependerá de la voluntad del empresario de readmitir al trabajador, lo que implica el pago de los salarios adeudados desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia que declara la improcedencia. A esto se le llama “salarios de tramitación”.

Si por el contrario el empresario no desea reincorporar al trabajador deberá pagarle una indemnización por despido improcedente.

En estos casos sobre todo recomendamos asesorarte por un especialista en derecho laboral que conozca claramente los rubros que deben ser incluídos en el cálculo de la indemnización y estén actualizados con las normativas que se aplican en estos casos. La ayuda de un profesional en la gestión del cobro de la indemnización es fundamental para que puedas acceder a una justa compensación por los servicios prestados para el empleador.

Por último cabe señalar que, si el despedido es un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la elección de si se lo indemniza o reincorpora corresponderá a éste y no al empleador.

¿Hay derecho al paro luego de un despido improcedente?

La respuesta nuevamente es afirmativa. Los despidos dejan al trabajador en situación de desempleo por lo cual está en condiciones de recibir un subsidio por desempleo, si cumple con los requisitos necesarios para ello.

Conclusión…

Los plazos son importantes en el derecho laboral y en especial en el caso de los despidos improcedentes. Contarás tan solo con  20 días hábiles (no sábados, domingos ni festivos) para impugnar la decisión del empleador, razón más que suficiente para contactar lo antes posible con un abogado especializado en derecho laboral.

Por lo tanto, si te encuentras ante una situación de despido improcedente, no firmes ningún documento que pueda perjudicarte y recurre de inmediato al asesoramiento de los mejores abogados laboralistas para que te acompañen en la reclamación justa de tus derechos.

Qué es y cómo actuar frente a un despido improcedente

Imagínate la situación que te voy a exponer a continuación.

Un día llegas al trabajo y sin previo aviso, tu empresa decide prescindir de tus servicios sin que tú tuvieras ni la más remota idea de que eso iba a suceder.

¿Cómo te quedas? No te asustes ni preocupes, si ha ocurrido esto, quizás estás frente a un despido improcedente, y todavía estás a tiempo de actuar. ¿Quieres saber qué puedes hacer? No te pierdas este post.

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¿Qué es un despido improcedente?

Cuando hablamos de despido improcedente nos referimos a cuando una empresa decide despedir a uno de sus empleados sin un motivo o causa justificada. Por ejemplo, antes de que venza el contrato.

Cuando un empleado es despedido y considera que no hay motivos justificables para que la empresa lo haya echado de su puesto de trabajo, a la hora de firmar la comunicación del despido, es necesario que al lado de la firma aparezca un “no conforme”. De esta manera, podrá llevar a cabo futuras reclamaciones.

Una vez firmada la comunicación del despido con un “no conforme”, lo primero que se tendrá que hacer será presentar una papeleta de conciliación en la magistratura laboral. Este proceso se realiza para intentar llegar a un acuerdo entre empleado y empresa, y así, evitar recurrir a la vía judicial.

Durante este proceso de acuerdo, el empleado tendrá que demostrar que las razones o motivos por los cuales la empresa alega haberlo despedido no se ajustan a la realidad. Por otra parte, la empresa, tendrá que explicar explícitamente, tanto en la carta de despido como en el acto de conciliación, los motivos o causas por las cuales está despidiendo el empleado.

Pero, ¿por qué razones nos podemos encontrar frente a un despido improcedente?

Razones o causas de un despido improcedente

¿Qué hace que un despido se considere improcedente? Existen varios motivos y razones que provocan que un despido sea considerado improcedente. Vamos a comentarlos.

1# No cumplir con los requisitos legales de despido

El procedimiento de despido se encuentra recogido dentro de los artículos 51-55 de la ley. Debemos tener en cuenta, que cada tipo de despido posee unas características y protocolo determinado de despido. No obstante, en todos, se debe cumplir lo siguiente:

  • Presentar la carta de despido por escrito y en mano.
  • Informar de los motivos y razones por las cuales se está llevando a cabo el despido.
  • Fecha en que se hace efectiva dicho despido.

2# Las razones y motivos que da la empresa no justifican el despido

Cuando las razones y motivos específicos que da la empresa al empleado que está despidiendo no son suficientemente justificables, el empleado tiene derecho a recurrir por despido improcedente, puesto que es su palabra contra la de la empresa.

Aparte de las dos razones mencionadas anteriormente, existen otro tipo de motivos que provocan que un despido se considere improcedente. Estas, pueden ser las conocidas como discriminatorias. Las causas son por:

  • Motivos raciales, edad o sexo.
  • Vulneración de los derechos fundamentales o libertades públicas.
  • Vulnerar las condiciones de los representantes de los trabajadores.  
  • Vulnerar cualquier derecho relacionado con la maternidad y conciliación de vida familiar con la laboral.
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¿Qué pasa si un despido se lleva a cabo con alguna de las causas expuestas en los puntos anteriores? Si se da este caso, el despido será nulo. Por tanto, el empleado tendrá derecho a ser readmitido. En caso de que la empresa no esté dispuesta a devolver su puesto de trabajo al empleado, deberá pagarle una indemnización.

A continuación vamos a profundizar en este tema, puesto que es de suma importancia tanto para el trabajador como para la empresa.

Consecuencias de un despido improcedente

Tal y como hemos comentado en el último párrafo del punto anterior, en caso de que se alegue que se está llevando a cabo un despido improcedente, el empresario dispone de 5 días para readmitir al empleado, o por lo contrario, indemnizarlo.

Se debe tener en cuenta,que en caso de que la empresa, al cabo de 5 días de haberse realizado el despido no ha contestado, quiere decir que no acepta ninguna de estas dos condiciones. Pero, ¿qué pasa si acepta uno de estos casos? Vamos a verlo.

1# Cuando la empresa decide readmitir al empleado

En caso de que la empresa opte por la opción de readmitir al trabajador deberá hacerlo con las mismas condiciones laborales que tenía antes de ser despedido. Además, se le deberán pagar los nombrados “salarios de tramitación”.

Es decir, los días correspondientes desde que fue despedido hasta que ha sido readmitido, o en caso de recurrir a vía judicial, desde que el juez dictó la sentencia de despido improcedente.

Sin embargo, en caso de que el trabajador cobrase ya una indemnización, debería devolver el salario de tramitación.

Otro factor a tener en cuenta, es que si la empresa está dispuesta a readmitir al empleado, debe comunicarlo en un plazo de 10 días. Además, debe hacerlo con las mismas condiciones  y conservando la antigüedad y los derechos que tenía el empleado antes de ser despedido.

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Pero se debe ir con cuidado, puesto que se han dado casos de readmisión irregular. Es decir, que no se ha readmitido al empleado con las mismas condiciones que antes, y por tanto, este tiene derecho a recurrir por vía judicial. De esta manera, no será readmitido pero tendrá derecho a indemnización.

2# Cuando la empresa decide indemnizar al empleado en vez de readmitirlo

Una indemnización por despido improcedente es equivalente a 33 días de salario por año trabajado, a partir de la Reforma Laboral del 12 de febrero de 2012. Antes de la reforma, la indemnización por despido improcedente era de 45 días por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades. ¿Por qué es importante tener en cuenta esta reforma?

En caso de que el contrato de un empleado hubiera empezado antes de la reforma y terminara después de esta, tendrá un período donde se apliquen los 45 días por año trabajado y el otro los 33 días.

Una de las preguntas más frecuentes que se hacen los empleados es el derecho a paro, y sí, efectivamente, cuando se lleva a cabo un despido improcedente, también se tiene derecho a paro, pero siempre y cuando se cumplan los requisitos impuestos por el Servicios Público de Empleo Estatal.

¿Cómo actuar frente un despido improcedente?

Cuando un empleado es despedido, sin duda lo primero que debe hacer es valorar las causas, motivos y razones por los que lo han echado de su puesto de trabajo, y si estas son justificables, razonables y objetivas. De esa manera, podrá valorar si se trata de un despido improcedente o no.

En caso de que el empleado no encuentre razones válidas o justificables a su despido y considere que la empresa ha actuado de forma improcedente, deberá hacer lo siguiente.

Frente a un despido improcedente el empleado tiene dos opciones, aceptarlo o no aceptarlo. En caso de que lo acepte, tendrá 15 días para presentar la solicitud por desempleo. Pero en caso de no estar conforme con el despido, se deberá firmar la documentación que le presenta la empresa como “no conforme”, para poder iniciar acciones legales.

Es importante tener en cuenta que se disponen de 20 días hábiles para rebatir el despido y de 12 meses para exigir lo que la empresa le debe al empleado.

Si el empleado ha tomado ya una decisión respecto al punto anterior, deberá presentar su alegación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación. Una vez hecho esto, el empleado y la empresa serán citados para intentar llegar a una acuerdo. En caso de que esto no sea posible, el empleado dispone de 20 días para presentar una demanda en el juzgado.

Por tanto, el juez será el que dictamine si se trata o no de un despido improcedente. En caso afirmativo, el empleado tendrá derecho a una indemnización.

¿Cómo calcular la indemnización de un despido improcedente?

En el post ya se ha mencionado, que después de la reforma de 12 de febrero de 2012, las indemnizaciones por despido improcedente han pasado de 45 días por año trabajado a 33 días y con un máximo de 24 mensualidades. Y que además, los empleados con una antigüedad anterior a la reforma laboral, tienen que calcular esta indemnización en dos tramos.

¿Quieres calcular la indemnización que te tocaría en caso de despido improcedente? A continuación tienes las operaciones que deberías realizar.

Se trata de una regla de tres. Si por 12 meses trabajados se tiene derecho a 33/45 días por X meses trabajados, se tiene derecho a X días. Estos días, deben multiplicarse por el salario por día, y ya sabremos la indemnización que nos toca.

Importante, la indemnización no debe superar el límite de 42/24 mensualidades. Si las supera, deberemos solo tener en cuenta hasta este límite.

¿Todavía tienes alguna duda sobre los despidos improcedentes? No dudes en comentarnos e intentaremos resolverlas.

¿Eres de los que quiere o lucha por los derechos de los trabajadores? ¿Que cree en las empresas justas y que tienen consideración por sus empleados? Pues quizás tu vocación es la de las Relaciones Laborales para garantizar el bienestar laboral. Si quieres saber más sobre Recursos Humanos y Relaciones Laborales y formarte en con el Master en RRHH Online. ¡Te esperamos!

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¿Qué hacer en caso de despido improcedente?

Un despido laboral es, desde luego, una situación a la que ningún trabajador quiere enfrentarse. Sin embargo, como todos sabemos, es más que probable que, en algún momento de nuestras vidas, tengamos que hacerlo.

Por ello, conocer los derechos que poseemos es indispensable.

En este caso, queremos centrarnos en la parte del derecho laboral que compete a este problema y explicarte todo lo que debes saber en torno a los despidos improcedentes para que sepas qué hacer en caso de que te veas afectado por uno.

¿Qué es un despido improcedente?

Un despido improcedente es, fundamentalmente, la rescisión unilateral del contrato de trabajo que une a una empresa con un empleado por parte del empleador.

Además, para que posea esta consideración, no deben acreditarse causas específicas como, por ejemplo, pueden ser los incumplimientos del trabajador respecto a sus tareas, la falta de asistencia o de puntualidad continuada, etc.

También puede darse cuando no se cumplen los requisitos establecidos por los convenios colectivos vigentes o en la ley.

¿Cuándo se produce un despido improcedente?

Por lo general, hay tres factores que marcan si un despido debe considerarse como improcedente. Estos son los siguientes:

  • El empleador no ha cumplido con las formalidades legales requeridas. Estas pueden ser, por ejemplo, la falta de descripción de las acciones que justifican el despido, la ausencia de notificación efectiva al trabajador, etc.
  • El empresario no prueba que los hechos alegados para el despido poseen la gravedad suficiente.
  • No aparece en la carta de despido un informe o expediente contradictorio por parte del delegado sindical o el representante de los trabajadores.

¿Qué debe hacer el trabajador en caso de enfrentarse a un despido improcedente?

En este sentido, hay dos supuestos. El primero de ellos será aquel en el que el empresario despide al empleado, en teoría, de forma procedente.

Si esto sucede y el trabajador no está de acuerdo, deberá presentar una demanda laboral en la que justifique el por qué de la improcedencia del despido.

Habrá un acto de conciliación y, en caso de no llegar a un acuerdo, un juez será el encargado de dictar sentencia.

Por su parte, el empresario también puede despedir al empleado a sabiendas de que lo hace de manera improcedente. En este supuesto, hay dos opciones posibles ante la demanda del empleado:

  • Readmisión del trabajador. El juez puede obligar al empresario a readmitir al trabajador con carácter inmediato en su puesto de trabajo y, además, a remunerar el salario que no percibió durante los meses en los que estuvo desempleado como consecuencia del despido hasta la fecha de publicación de la sentencia. En caso de que, en ese transcurso de tiempo, encontrase otro trabajo, solo deberá remunerar el período de tiempo que estuvo en paro.
  • Indemnización al trabajador. El empresario puede negarse a readmitir al trabajador en su puesto de trabajo salvo que se trate de un enlace sindical o un representante unitario de los trabajadores, en cuyo caso la decisión recaerá en el empleado. En este caso, deberá hacer frente a la correspondiente indemnización que el juez marque en función de lo estipulado por la ley. 

¿Cómo se calcula la indemnización por despido improcedente?

Calcular la cantidad de la indemnización por despido improcedente no es sencillo, pero puede hacerse con un poco de paciencia.

En este sentido, lo primero que hay que analizar es el período de tiempo que se ha estado empleado por la empresa.

Y es que, en este sentido, la ley contempla una cantidad para el tiempo de trabajo anterior al 12 de febrero de 2012, es decir, a la publicación en el BOE de la Reforma Laboral vigente y otra para el lapso de tiempo posterior.

Aclarado esta cuestión, hay que decir que, todo el tiempo cotizado con anterioridad a la publicación de la Reforma Laboral, computa a razón de 45 días de salario por año trabajado. Por su parte, el tiempo posterior lo hace a 33 días de salario por año trabajado.

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La liquidación por despido

A la cantidad resultante de la indemnización laboral por despido improcedente hay que añadir, además, el de la liquidación por despido en caso de que esta no se haya hecho efectiva en el momento de la rescisión del contrato. En concreto, se calcula sumando los días trabajados del mes en curso a los días de vacaciones que correspondan y al porcentaje de pagas extras que tiene que percibir el empleado.

La suma de la liquidación por despido y la indemnización por despido improcedente hacen el total de dinero que el trabajador tendrá que cobrar en caso de que se haya producido la rescisión unilateral del contrato por parte del empresario sin que se hayan cumplido todos los requisitos marcados por la ley para que fuese considerado procedente. Además, en caso de que se produjese la readmisión y el trabajador ya hubiese cobrado su liquidación, en ningún caso tendrá que devolverla.

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¿Qué hacer en caso de despido improcedente?

Desde el comienzo de nuestra vida laboral, debemos tener en cuenta de que siempre cabe la posibilidad de ser despedidos, especialmente en momentos de crisis como estos en los cuales nos encontramos.

Si nos encontramos en una situación de despido, vale la pena saber cuándo nos encontramos ante un despido improcedente y cuándo no.

Y también conocer cuáles son las acciones con las que trabajar y que podrías llegar a tomar en caso de que eso suceda. Hoy en Peydro4 te lo contamos.

¿Qué es un despido improcedente?

Existen despidos de varios tipos, como el despido procedente, el despido nulo, o el despido por causas objetivas, los cuales puedes consultar aquí.

Para diferenciarlos, podemos entender por despido improcedente aquel que sucede cuando las causas que el empresario le imputa al trabajador no se pueden probar debidamente o cuando estas causas no son lo suficientemente graves como para despedir al trabajador; el incumplimiento de las formalidades en el despido también puede ser motivo para considerarlo como despido improcedente, entre estas nos encontramos el no notificar por escrito el despido al trabajador; también el no manifestar de forma expresa los motivos del despido en la carta entregada al trabajador puede considerarse como un despido improcedente.

El artículo 56 de Estatuto de los Trabajadores nos dice cómo proceder en caso de que el despido sea declarado improcedente. En este caso, la empresa deberá readmitir al trabajador bajo las mismas condiciones en que se encontraba antes del despido, o bien recibirá la indemnización correspondiente.

¿Qué hacer en caso de un despido improcedente?

En caso de que te encuentres en la situación de que hayas sufrido un despido que no se encuentre bajo ninguno de los supuestos de un despido objetivo o un despido disciplinario, tienes derecho a interponer una demanda por despido improcedente.

Tal y como dijimos en el apartado anterior, se debe impugnar el despido para que se proceda a la readmisión en el mismo puesto de trabajo con las mismas condiciones, o bien a una indemnización, la cual puede ascender hasta 24 mensualidades por año trabajado.

Para interponer la demanda, tienes 20 días hábiles de plazo, y estos comienzan a transcurrir a partir del día siguiente a la notificación del despido al trabajador. Una vez que el despido haya sido declarado improcedente, la empresa podrá optar entre la readmisión o la indemnización correspondiente.

La cuantía de la indemnización por despido es la siguiente: En el caso de los contratos suscritos antes del 12 de febrero del 2012, la indemnización será de 45 días de salario por año, con un máximo de 42 mensualidades; para contratos que hayan sido suscritos en años posteriores, el cálculo será de 33 días por año.

En caso de que la empresa no opte por ninguna de las dos de forma manifiesta, se tomará como una readmisión tácita.

Pero, en caso de que haya readmisión, ya sea ésta tácita o expresa, y que el trabajador no haya vuelto a ser readmitido en su puesto de trabajo con las mismas condiciones que tenía antes del despido, entonces se podrá solicitar al juzgado que declare la extinción de la relación laboral y que te paguen tanto los salarios de tramitación como la indemnización correspondiente.

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Como hemos visto, se tiene poco tiempo para actuar en caso de despido improcedente. Por lo tanto, si te encuentras en esta situación, lo mejor es contactar con un Abogado especialista en Derecho Laboral.

Despido Improcedente ▷ concepto, regulación y consecuencias

El despido improcedente es la decisión unilateral del empresario que extingue la relación laboral prescindiendo de las causas o requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico. Para que sea calificado como improcedente, el despido debe ser impugnado ante el orden social.

Las consecuencias de un despido improcedente pueden ser el abono de una indemnización por despido o el reingreso en la empresa.

Un juez declarará como despido improcedente los que no cumplan con los requisitos legales o no posean una causa justificada.

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¿Qué es un despido improcedente?

Será improcedente aquel despido que se produzca sin motivos justificados por la ley. Se encuentra regulado en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.

La legislación laboral busca la protección del trabajador frente a eventuales abusos del empresario. Esta protección se basa en la trascendencia social del trabajo, sustento de los trabajadores y sus familias.

Por eso establece unos requisitos legales y formales para que el empresario pueda romper unilateralmente la relación laboral. Sin embargo, las decisiones extintivas del empleador no siempre cumplen con estos requisitos. En tales casos estaremos ante un despido improcedente.

Un despido puede ser improcedente en dos supuestos:

  • Cuando el empresario haya incumplido los requisitos legales. Nos referimos, por ejemplo, a la no entrega de la carta de despido o la no celebración de un período de consultas previo al despido colectivo o ERE de extinción.
  • Cuando la decisión del empresario no esté amparada en causas legales. Así, el Estatuto de los Trabajadores (ET) regula el llamado despido objetivo, que es el que procede cuando concurren ciertas causas. También permite el despido disciplinario, derivado de incumplimientos del trabajador y regulado parcialmente en los convenios colectivos. Si la decisión extintiva no se basa en estas causas se considerará que el despido es improcedente.

¿Cómo se determina la improcedencia del despido?

El despido improcedente es el que se califica como tal en sede judicial.

Por tanto, el despido debe impugnarse para que un juez le otorgue tal naturaleza. Para ello, el trabajador deberá acudir al orden social en un plazo de 20 días hábiles desde la fecha de efectos de su despido.

En primer lugar, se intentará llegar a un acuerdo por vía de conciliación. En este sentido, es importante señalar que el empresario puede reconocer la improcedencia de su decisión sin necesidad de ir a juicio. Para ello bastará:

  • Con que abone la indemnización correspondiente a un despido improcedente en el momento de entregar la carta de despido.
  • O con que se allane durante la conciliación, dando la razón al trabajador y pagándole la indemnización debida.

Por tanto, el pago de la indemnización permite al empresario extinguir cualquier relación laboral siempre que no se encuentre en un supuesto de nulidad.

Para que un despido se califique como despido nulo será necesario que haya decisiones discriminatorias o que atentan contra derechos fundamentales, como por ejemplo, en el despido de trabajadoras embarazadas o en extinciones discriminatorias.

¿Qué consecuencias tiene que un despido se considere improcedente?

Tras la declaración del despido improcedente, el empresario dispone de un plazo de 5 días para manifestar si decide indemnizar o reincorporar al trabajador.

Cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario, en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia, podrá optar entre la readmisión del trabajador o el abono de una indemnización equivalente a treinta y tres días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de veinticuatro mensualidades. La opción por la indemnización determinará la extinción del contrato de trabajo, que se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo.

Artículo 56.1 del Estatuto de los Trabajadores

En definitiva, el despido improcedente tiene un efecto principal, que es la opción entre el reingreso en la empresa o el abono de la indemnización debida.

  • El despido improcedente produce una serie de efectos que vienen regulados en el artículo 110 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  • Se condenará al empresario a la readmisión del trabajador en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, así como al abono de los salarios de tramitación.
  • La opción deberá ejercitarse mediante escrito o comparecencia ante la oficina del Juzgado de lo Social, dentro del plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia que declare el despido improcedente, sin esperar a la firmeza de la misma, si fuera la de instancia.

Cuando el despido fuese declarado improcedente por incumplimiento de los requisitos de forma establecidos y se hubiese optado por la readmisión, podrá efectuarse un nuevo despido dentro del plazo de siete días desde la notificación de la sentencia. Dicho despido no constituirá una subsanación del primitivo acto extintivo, sino un nuevo despido, que surtirá efectos desde su fecha.

Angel Andújar, abogado y director de Tanis Abogados Laboralistas

En caso de no manifestar el empleador si decide reincorporar o indemnizar al trabajador, se entenderá que optó por la readmisión.

En el supuesto de no optar el empresario por la readmisión o la indemnización, se entiende que procede la primera.

Artículo 56.3 del Estatuto de los Trabajadores

Hay una excepción en la que la decisión depende del trabajador: cuando se trate de un representante legal de los trabajadores. En este caso, corresponde al empleado determinar si quiere optar por la reincorporación o por la indemnización.

Si el despedido fuera un representante legal de los trabajadores o un delegado sindical, la opción corresponderá siempre a este. De no efectuar la opción, se entenderá que lo hace por la readmisión.

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Cuando la opción, expresa o presunta, sea en favor de la readmisión, esta será obligada.

Tanto si opta por la indemnización como si lo hace por la readmisión, tendrá derecho a los salarios de tramitación a los que se refiere el apartado 2.

Artículo 56.4 del Estatuto de los Trabajadores

¿Puede recuperarse el puesto de trabajo si el despido es improcedente?

Una de las posibilidades que tiene el empresario cuando se determina la improcedencia de su decisión es readmitir al trabajador.

Si decide readmitirle tendrá que abonarle los salarios de tramitación, pero no la indemnización por despido, dado que si decide reincorporar al trabajador será como si el despido no hubiera existido.

En caso de que se opte por la readmisión, el trabajador tendrá derecho a los salarios de tramitación.

Estos equivaldrán a una cantidad igual a la suma de los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.

Artículo 56.2 del Estatuto de los Trabajadores

No obstante, una vez catalogado el despido como improcedente, si el empleador no desea que el trabajador se reincorpore bastará con que satisfaga la indemnización por despido correspondiente sin posibilidad de oposición por parte del trabajador.

¿Cuánto es la indemnización por despido improcedente?

  1. En el caso de que se declare un despido improcedente y el empresario opte por no readmitir a su empleado, este tendrá derecho a una indemnización por despido improcedente.

  2. Con carácter general, el valor de la indemnización equivale a 33 días de salario por año de servicio, teniendo un límite de 24 mensualidades.

  3. En caso de que el trabajador empezara a trabajar en la empresa antes del 12 de febrero de 2012 se aplicarán dos tramos de indemnización:
  • El tiempo transcurrido desde el 12 de febrero de 2012 computará con 33 días de salario por año trabajado, con límite de 24 mensualidades.
  • El tiempo trabajado hasta el 12 de febrero de 2012 devengará una indemnización de 45 días de salario por año trabajado, con un límite de 42 mensualidades.
  • Cuando concurran ambos tramos, el límite máximo a aplicar será el de 42 mensualidades.

¿Hay derecho al paro tras un despido improcedente?

Sí, el despido improcedente da derecho a cobrar el paro.

Tras un despido improcedente el trabajador queda en situación legal de desempleo, y siempre y cuando cumpla con los requisitos para ello, podrá cobrar el subsidio por desempleo.

¿Puede el empresario recuperar los salarios de tramitación?

  • Cuando la sentencia que declare la improcedencia del despido se dicte transcurridos más de noventa días hábiles desde la fecha en que se presentó la demanda, el empresario podrá reclamar del Estado el abono de la percepción económica a la que se refiere el apartado 2, correspondiente al tiempo que exceda de dichos noventa días hábiles.
  • En los casos de despido en que, con arreglo a este apartado, sean por cuenta del Estado los salarios de tramitación, serán con cargo al mismo las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a dichos salarios.
  • Artículo 56.5 del Estatuto de los Trabajadores

El Estado tiene el deber de administrar justicia en plazos razonables. Por eso, si la sentencia de declaración de improcedencia se dictara en un plazo superior a 90 días desde el despido, el empresario tendrá derecho a la devolución del salario de tramitación que exceda esos 90 días.

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Referencias

El despido improcedente

El despido improcedente es la extinción de un contrato de trabajo por parte del empleador, sin causa o motivo justificado o de manera informal. Está regulado en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.

Hay varias modalidades por las que se materializa un despido improcedente, pero el mismo debe ser declarado por el juez o reconocido por el empleador frente al Servicio de Mediación.

Puede dar lugar a diferentes resoluciones, como la indemnización o la readmisión.

Podemos ayudarle

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Despido improcedente: definición y modalidades

Un despido resulta improcedente cuando no hay causa justificada o no se cumplen los requisitos formales o materiales.

Los requisitos formales son:

  • Comunicación por escrito entregada en mano.
  • Motivos de la extinción del contrato laboral.
  • Fecha a partir de la cual se hace efectivo el despido.

En tanto los requisitos materiales son los que dan lugar a que el trabajador reclame por despido improcedente, y son:

En el caso de despido improcedente el trabajador tiene derecho a reclamar. Esto puede dar lugar a dos modalidades:

  1. Resolución judicial, a partir de una demanda presentada ante el juzgado correspondiente.
  2. Resolución extrajudicial, mediante la presentación de una papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación). Las funciones de este servicio están reguladas en el artículo 63 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Pasos a seguir y plazos ante un despido improcedente

Ante un despido que el trabajador considera improcedente se deben seguir estos pasos:

  1. Recibir la carta de despido firmando el recibo en disconformidad.
  2. Dentro de los 20 días de la notificación del despido, presentar una papeleta de conciliación por despido improcedente y reclamación de cantidad en el centro de mediación correspondiente.
  3. Consultar el convenio colectivo o, si existe, el pacto entre la empresa y los representantes de los trabajadores para saber si existen condiciones de mejoramiento del despido, relacionadas con el monto de la indemnización o beneficios como un plan de jubilación.
  4. Si la representación de la empresa no se presenta a la audiencia de conciliación o no se llegó a un acuerdo, presentar una demanda en el juzgado de lo social. Para esta presentación también hay un plazo de 20 días a partir de la notificación del despido. Dado que es el mismo que para la presentación de la papeleta de conciliación, este queda en suspenso mientras se tramita lo anterior.

El objetivo de la audiencia de conciliación es llegar a determinar que, efectivamente, se trató de un despido improcedente.

A partir de esta declaración, se debe decidir entre estas dos opciones:

  • Readmisión del trabajador. Se debe hacer en las mismas condiciones y puesto en el que estaba antes del despido.
  • Pago de la indemnización. Se calcula en base a lo determinado por la ley.

La decisión debe ser tomada por la empresa. El trabajador puede elegir únicamente si es delegado sindical.

De la misma manera, si la audiencia no da resultado se debe llevar el despido ante el juez, quien decidirá si se trata o no de un despido improcedente, y a partir de dicha resolución, corren las mismas opciones.

Readmisión del trabajador

El empleador dispone de 5 días para decidir si opta por la readmisión o el despido. En caso de readmisión, ésta debe ser informada por el empleador al trabajador en un plazo de 10 días a partir de la resolución.

Además, el empleador debe abonar todos los salarios que se generen durante la tramitación, es decir, desde la notificación del despido hasta la reincorporación al trabajo o hasta que el trabajador hubiera encontrado otro empleo.

Condiciones para el cobro de indemnización

En caso de confirmarse el despido improcedente, da lugar por una parte al derecho al cobro de la indemnización correspondiente, y por otra al cobro del subsidio por desempleo.

Sin embargo, no en todos los casos de despido improcedente corresponde indemnización. Esta deberá abonarse si:

  • El trabajador impugnó el despido. Este punto es importante, ya que hasta la reforma laboral del año 2012 la empresa podía reconocer directamente la improcedencia en la carta de despido y ofrecer la indemnización. Desde 2012 debe existir la impugnación por parte del trabajador despedido.
  • La empresa reconoció la improcedencia en la audiencia o el juzgado y ofreció el pago de la indemnización.
  • El juez declaró la improcedencia y la empresa eligió abonar la indemnización.

Despido improcedente según categorías de trabajadores

Relación laboral común

  • En general, la indemnización por despido improcedente consiste en el pago de 45 días de salario por año trabajado hasta el 12/2/2012, con un máximo de 42 mensualidades, y 33 días de salario por año trabajado a partir de esa fecha con un máximo de 24 mensualidades.
  • El pago correspondiente a períodos menores de un año se prorratea mediante una regla de tres simple.
  • Sin embargo, la indemnización por despido improcedente también depende de la categorización del trabajador.

Trabajadores directivos

En caso de trabajadores de la alta dirección, las condiciones de un despido improcedente suelen pactarse en el contrato de trabajo.

En su defecto, corresponden 20 días de salario en metálico por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades. Además, el trabajador tiene derecho a un preaviso de 3 meses o 6 meses en el caso de contratos de trabajo indefinidos o de duración mayor a 5 años.

Si el empleador no cumple con la cláusula del preaviso, debe abonar una indemnización por preaviso equivalente a 7 días de salario por año trabajado, con un máximo de 6 mensualidades. El trabajador de alto cargo tiene un año para reclamar la indemnización.

Otra forma de extinción del contrato de trabajo de directivos es el llamado desistimiento empresarial. Es una forma de extinción en la que no se exige la existencia de una causa.

Da lugar a una indemnización mínima de 7 días de salario por año de servicios, con un máximo de 6 mensualidades.

Sin embargo, si el trabajador directivo interpone un recurso por despido y el tribunal resuelve que se trata de una relación de trabajo común y no de alto cargo, el desistimiento se convierte en un despido improcedente y da lugar a los efectos previstos por la Ley.

Empleados de hogar

En el caso de una relación laboral de empleados de hogar, corresponde una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

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