Guarda custodia los hijos menores guia 2022

Cuando se deshace un matrimonio o una pareja con niños, su custodia se convierte en una prioridad. Puede hacerse de forma amistosa, mediante un procedimiento de mutuo acuerdo en el que los padres propongan al juez las medidas pactadas.

También hay veces en que las posiciones son tan encontradas que el juez es quien dicta las medidas sobre la guarda y custodia, régimen de visitas, comunicación y estancia… Pero, ¿cómo es posible conseguirla? Como se explica en este reportaje, demostrar la implicación como progenitor y tener tiempo para estar con los pequeños, sin menospreciar la importancia de un buen abogado o asesoramiento, son algunas de las claves para lograr la custodia de un hijo.

La guardia y custodia se refiere a la persona que se hace cargo de los niños. Sobre el progenitor custodio recae la tarea de llevarlos al colegio, al médico, hacerles la comida, vigilar su higiene… todo ello sin menoscabo de los derechos del otro progenitor al tener que decidir sobre las cuestiones de su pequeño.

En España, los datos del Instituto Nacional de Estadística (2020) al respecto dejan claro que la custodia monoparental sigue ganando a la compartida, aunque se acercan cada vez más. En el caso de la monoparental, se otorga a la madre en el 54,5 % de los casos y al padre en el 3,9 %.

En realidad, hay varios tipos de custodia:

Contents

✅ Custodia monoparental o exclusiva

Es la opción concedida en un 58,6 % de  las separaciones y divorcios, según el estudio citado. Se atribuye a uno solo:

  • El progenitor custodio: tiene más relación con los hijos; en general se le atribuye el uso de la vivienda familiar y es el encargado de gestionar la pensión de alimentos que perciben los niños.
  • El no custodio: tiene derecho de visitas, de comunicación y de estancia con los hijos (fines de semana alternos y mitad de las vacaciones escolares). Además, el progenitor custodio, el colegio y el médico deben mantenerle informado de todo cuanto suceda con sus hijos.

✅ Custodia compartida

Cada vez se da menos la custodia completa para la madre. La compartida va ganando enteros y ha triplicado su frecuencia en España en menos de diez años; ya supone el 41,4 % del total. Con este sistema la custodia para los dos progenitores tienen los hijos por periodos alternos (por semanas, quincenas… según la edad y necesidades de los niños).

✅ Custodia distributiva

Son muy escasas y solo se conceden con causa muy justificada pues la justicia tiende a no separar a los hermanos. Este tipo de custodia consiste en que, si hay varios hijos, se otorga la custodia de unos a un progenitor y la del resto, al otro.

Guarda custodia los hijos menores guia 2022Imagen: Praveen Kumar

✅ Custodia a un tercero

Es muy infrecuente y solo se concede en circunstancias extraordinarias que impidan a los padres tener la custodia. Si hay motivos para quitar la custodia de un hijo (maltrato, etc.), se otorga a los abuelos, parientes u otras personas muy cercanos.

Cómo pedir la custodia de un hijo

Si quieres la custodia de los niños, debes solicitarla en el juzgado y no tomar la decisión de llevarlos contigo por tu cuenta y riesgo, pues actuar al margen de la ley y el sistema es la mejor manera de no conseguirla. Puede haber dos situaciones: que los progenitores estén de acuerdo o que no haya acuerdo respecto a la custodia.

➡️ Custodia de mutuo acuerdo

Para pedir la custodia de mutuo acuerdo:

  • Hay que enviar al juez una demanda de guarda y custodia, régimen de visitas y alimentos de común acuerdo, sometiendo a aprobación judicial la propuesta de convenio regulador que hayan suscrito los progenitores.
  • Deben, además, exponer los hechos (si viven juntos aún o el tiempo que llevan separados, la relación del pequeño con su padre o su madre, etc.).

➡️ Custodia sin acuerdo

En el caso en que no exista acuerdo entre los padres:

  • Se recurre a la vía contenciosa, es decir, se va a juicio.
  • Tras estudiar el caso en concreto, el juez tomará una decisión. ¿Qué valora un juez para dar la custodia?  Tendrá en cuenta las aptitudes de los cónyuges, las relaciones con los hijos, las condiciones y entorno de cada progenitor… antes de dictar una sentencia y otorgar la custodia a uno de los dos o a ambos.

Requisitos para la custodia de un hijo

Todo el mundo puede solicitar la custodia de sus hijos, pero conviene saber que para otorgarla se tendrán en cuenta algunos aspectos, pues rige siempre el principio del beneficio del menor. ¿Cuáles son los requisitos para la custodia de un hijo?

Guarda custodia los hijos menores guia 2022Imagen: Kurt Bauschardt

✅ Tener tiempo a diario para dedicarse al hijo

Al otorgar la custodia de un niño a su padre o su madre, rige siempre el principio del beneficio del menor. Por ello, para obtenerla siempre será favorable demostrar que se tiene el tiempo suficiente para dedicarse a su rutina diaria: llevarlo al colegio, al parque, al médico, estar pendiente de sus deberes y resto de las tareas y de sus necesidades personales y afectivas.

✅ Alcanzar acuerdos con el otro progenitor

Lo más positivo para lograr la custodia sin tener problemas añadidos es tratar de alcanzar el acuerdo con el otro progenitor y evitar el rígido y desagradable proceso contencioso, cuya sentencia, además, puede ser insatisfactoria.

Se puede conseguir también con más facilidad, si los jueces ven flexibilidad y ganas de incluir en la vida del pequeño de manera efectiva al progenitor que no obtenga la custodia.

✅ Demostrar implicación con los hijos

Se tienen muchas más posibilidades de lograr la atribución judicial de la custodia, si se demuestra de forma fehaciente que durante el matrimonio o la convivencia, el padre o madre que quiere la custodia ha tenido una implicación mayor —tanto cuantitativa como cualitativa— con los menores.

También hay más probabilidades, si se demuestra que el deseo de tener la custodia responde al cariño y por el beneficio del hijo, y no a intereses egoístas o espurios, como quedarse en la vivienda familiar, etc.

✅ Contratar un buen abogado

Un caso de custodia de un hijo es estresante y agotador emocionalmente, por lo que puede llevar a cometer errores. Aunque siempre es necesario contar con asesoramiento, en el caso de mala o nula relación entre los padres es casi imprescindible.

Puede ser costoso, pero es un tema lo bastante importante como para invertir en un abogado antes que hacer otros gastos. Un experto en derecho de familia puede asesorar acerca de las acciones que pudieran ir en detrimento del caso.

Además, dará consejos antes de dar cualquier paso que haga que el juez tenga una imagen negativa de alguno de los progenitores. Lo mejor es contratar a un abogado efectivo que cuente en su haber con éxitos en casos de custodia de un hijo.

Guarda custodia los hijos menores guia 2022 Imagen: Tony Guyton

✅ Tener pruebas y testigos favorables

Pediatras, profesores, compañeros del trabajo, vecinos… Todos pueden haber sido testigos de la implicación del padre y la madre con su niño.

Es fundamental poder probar y acreditar que dar a uno u a otro la custodia será lo más beneficioso para el menor y que es la mejor opción frente a otras fórmulas, como la custodia al otro progenitor o la compartida.

✅ Contar con un informe psicológico favorable

El informe psicológico de los expertos es muy importante. Los psicólogos y trabajadores sociales entrevistan a los padres y a los niños, observan la interacción de los pequeños con ambos progenitores y realizan pruebas diagnósticas.

Aunque no es vinculante para el juez, casi siempre resulta determinante respecto al tipo de custodia y el régimen de visitas que se establece en la sentencia.

Custodia: Guía Actualizada 2022

La custodia consiste en los derechos y la convivencia de los padres con sus hijos menores tras una separación o un divorcio.

Guarda custodia los hijos menores guia 2022

La custodia consiste en la convivencia, cuidado y asistencia de los hijos menores de edad

Tipos de custodia

En Estados Unidos la custodia de los menores se divide en dos tipos:

  1. Custodia legal: capacidad y derecho de los padres para tomar decisiones importantes en relación con la crianza de sus hijos en asuntos como su educación, religión, atención médica, etc.
  2. Custodia física: derecho a convivir con los menores y prestarle atención diaria. Se refiere al lugar de residencia de los hijos y al tiempo que pasan con cada padre.
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En ambos casos se puede hablar de custodia exclusiva (ejercida por uno de los progenitores) o de custodia compartida o conjunta (ambos progenitores poseen derechos similares sobre el menor).

En la mayoría de los casos, la custodia legal suele ser compartida (salvo en ciertas ocasiones como que un padre sea abusivo o no esté capacitado por algún motivo).

Sin embargo, la custodia física suele provocar más disputas entre los progenitores. Antes, la custodia física compartida era más frecuente y suponía que cada padre convivía con su hijo la misma cantidad de tiempo.

Pero, cuando se le otorga la custodia física a un solo padre (padre en custodia), se denomina custodia física exclusiva, normalmente se garantiza un derecho de visitas y la custodia legal compartida al que no la tiene.

¿Cómo obtener la custodia de los hijos en Estados Unidos?

La decisión de la custodia, ya sea legal o física, siempre se toma por los Tribunales y se basa en lo mejor para los intereses de los hijos (no de los padres).

En casos de divorcio, el Tribunal tendrá en cuenta varios factores como la edad, el sexo o la situación de vivienda actual del niño. También puede considerar la edad, salud, relación con los hijos, horarios de trabajo, estilo de vida y estabilidad de cada padre.

Muchos estados permiten a los padres llegar a un acuerdo de custodia por su cuenta. Si los padres no se ponen de acuerdo, el Tribunal puede oír los argumentos de ambos padres, para luego determinar el tiempo que cada padre debería pasar con el hijo.

En la mayoría de ocasiones, las personas que atraviesan este proceso optan por contratar los servicios de un abogado especializado en custodias.

▷ 4 Tipos de guarda y custodia ▷ [ Guía completa 2022 ]

Guarda custodia los hijos menores guia 202215/08/2022

Todas los matrimonios con hijos que deciden poner fin a su vínculo matrimonial se preocupan por la guarda y custodia de los mismos. Por eso te vamos a explicar qué opciones tienes y qué tipos de guarda y custodia hay en España, así como cuáles son las diferencias existentes entre guardia y custodia y patria potestad.

Tipos de Guarda y Custodia

  • La guardia y custodia trata la convivencia, el cuidado, y la asistencia de los hijos menores de edad.
  • Ante la decisión de la disolución del vínculo matrimonial, además de tratar otros puntos como la pensión de alimentos o el régimen de visitas entre otros, los progenitores deberán acordar la guarda y custodia de los hijos menores.
  • El régimen de guarda y custodia viene regulado por el Artículo 82 del Código civil.

En resumen, la guarda y custodia recoge el conjunto de decisiones tomadas por los cónyuges y que afectan a la convivencia y cuidado de los hijos en su día a día. En caso de no existir esos acuerdos, será un juez quién establezca dichas medidas.

Existen varios tipos de custodias recogidas por la ley Española:

1. Guarda y custodia monoparental

La guarda y custodia monoparental, es uno de los diferentes tipos de guarda y custodia que existen. También es conocida como, guarda custodia individual o exclusiva, y es la que se le atribuye a uno de los progenitores. La madre obtiene la custodia materna y el padre la custodia paterna.

Se entiende la guarda custodia monoparental cuando uno de los progenitores se queda al cargo del cuidado de los niños de forma regular y diaria (siempre hijos menores).

La custodia monoparental puede ser acordada, por los progenitores, de mutuo acuerdo, debiendo así quedar reflejado y escrito en el convenio regulador aprobado por el ministerio fiscal y ratificado por los interesados ante el juez.

2. Guarda y custodia compartida

La custodia compartida es la más habitual, y en ocasiones, la más conveniente para los hijos menores. También existen diferentes tipos en función de la situación familiar.

Bajo el régimen de custodia compartida los progenitores tendrán la compañía de sus hijos en periodos alternos, bien sea por semanas, quincenas, meses, trimestres…  y cada uno de ellos podrá tomar decisiones en igualdad de condiciones sobre el cuidado y la protección de los hijos.

Existen diferentes tipos de custodia compartida.

– Con un domicilio fijo y único de los hijos

Se entiende la custodia compartida con un domicilio fijo, cuando los hijos viven y permanecen inmóviles en una misma vivienda y son los padres los que rotan en función del periodo temporal correspondiente.

– Con domicilio rotatorio de los hijos

En este caso, bajo la custodia compartida con domicilio rotatorio, serán lo hijos los que vayan rotando en las viviendas de los progenitores en los periodos alternos que les correspondan a cada uno ellos.

– Coexistente

Se entiende la custodia compartida coexistente cuando padres e hijos conviven en un mismo domicilio.

– Compartida por igual periodo de permanencia

La custodia compartida por igual periodo de permanencia, acuerda que cada uno de los progenitores tendrán el mismo derecho para convivir con los hijos por el mismo periodo de tiempo, ya sean días, semanas, meses o el tiempo previamente acordado.

– Compartida por diferente periodo de permanencia

Con la custodia compartida por diferente periodo de permanencia uno de los padres podrá tener más tiempo con los hijos. Este caso es muy frecuente en padres que por motivos laborales deben salir de viaje.

3. Guarda y custodia partida o distributiva

La custodia partida o distributiva se da cuando existe más de un hijo, y es un juez quien podrá atribuir el reparto custodio de unos hijos a uno de los progenitores, y la custodia de los restantes al otro progenitor. Para que esto suceda es necesario que existan motivos justificados.

El principio de unidad familiar limita este régimen de custodia ya que no es recomendable separar a los hermanos, salvo en casos de necesidad y bajo justificación.

Los hermanos solo deben separarse en caso imprescindible pues lo conveniente es que los hermanos permanezcan juntos para favorecer el desarrollo del afecto entre ellos y si bien puede optarse porque los hermanos se separen, esa medida se tomará de forma excepcional y especialmente motivada, demostrando ser más beneficio para los hijos como marco convivencia más adecuado para su desarrollo integral.

Jurisprudencia del tribunal supremo

Guarda y custodia: la guía práctica para divorcio con hijos

Un divorcio nunca es una situación sencilla. De hecho, en nuestro blog hemos hablado en muchas ocasiones de este tema, que implica un cambio radical en la vida de los anteriormente cónyuges. Sin embargo, cuando hay hijos del matrimonio, las cosas se pueden complicar aún más.

En estos casos, el procedimiento del divorcio incluye casi siempre la discusión sobre la pensión alimenticia. Aunque cualquier tipo de separación legal debe ser llevada a los tribunales por un abogado que debe asesorarte sobre tus derechos en todo momento, en el caso de un divorcio con hijos es importante contratar a un especialista en la materia que conozca bien las leyes.

Solo así conseguirás que tu nueva situación resulte lo más beneficiosa para ti y para el bienestar de tus pequeños.

Los criterios para otorgar guarda y custodia de los hijos

Cuando se lleva a cabo una demanda de divorcio en la que hay hijos, una de las cuestiones que siempre están sobre la mesa es la relacionada con la guardia y custodia de los menores.

En realidad, las tareas de guardia y custodia son las de mantener al menor, ocuparse de su bienestar diario y velar por sus intereses. Esto no debe ser confundido con la patria potestad. En el siguiente párrafo de nuestra guía te explicamos las diferencias entre ambas cosas.

Pero, a modo resumen, la patria potestad no se pierde si eres el padre o la madre. La custodia, sin embargo, es la tarea diaria de cuidar al niño y dependerá de factores como los siguientes:

  • El interés superior de los menores. Eso significa que más allá del interés de los adultos se pondrá el beneficio mayor para el hijo o los hijos a la hora de tomar la decisión sobre la custodia y la guardia de dichos menores.
  • Informe del equipo psicosocial de los Juzgados. Cuando se produce una separación de este tipo se exige un informe realizado por peritos. Aunque lo que se indique en este no es vinculante para el Juez que puede tomar otra decisión basándose en los demás puntos que exponemos aquí, sí que puede utilizarlo como un punto más en el razonamiento de su sentencia final. Será también clave este documento de cara a establecer regímenes de visitas y la pensión compensatoria y de alimentación.
  • El derecho de audiencia de los menores. Siempre que puedan aportar mayores datos y tengan uso de razón el Juez puede llamar a declarar a los menores para que expresen sus deseos. Aunque no implicará automáticamente que el Juez de por bueno el argumento, sí que suele ser un aspecto muy importante a la hora de decidir qué progenitor se queda la guardia y custodia.
  • El principio de no separar a los hermanos. Si hay dos o más hijos del matrimonio, lo de repartírselos separándolos no será nunca la opción preferida. Salvo casos muy puntuales bien argumentados o situaciones que ya fuesen así antes del divorcio, será muy complejo que un Juez apruebe este tipo de ideas.
  • La edad de los menores. Es otro factor que influye mucho en la guarda y cistodia. Si se tiene en cuenta que dependiendo de sus años sus necesidades son distintas, se valora cuál de los progenitores -sino los dos- son más aptos para cubrirlas.
  • El tiempo de que disponen los progenitores. Otra cuestión fundamental. Si no tienen tiempo, será más difícil que pueda dársele la guarda y custodia. Salvo que acrediten contar con medios o red familiar de apoyo.
  • El lugar de residencia. Influye si es diferente al que tenían los menores en el momento previo al divorcio. Generalmente, se apuesta por reducir al máximo los cambios que pueda sufrir el menor.

Los regímenes de visitas en la guarda y custodia de menores

Si en tu caso ya se ha llevado a cabo el procedimiento de divorcio. Y ya el juez decidió sobre la guarda y custodia, debes saber que el artículo 94 del Código Civil es el que establece el derecho de visitas. De hecho, te garantiza derecho a visitarlos, comunicar con ellos y tenerlos en su compañía.

Regular este derecho y establecer un calendario es competencia del Juez. Sin embargo, esa sentencia inicial puede variar por diferentes causas. Es el propio magistrado el que puede limitar o suspender este derecho si se diesen circunstancias graves. También puede ocurrir al revés.

Que por cualquier situación adversa se recomiende legalmente hacer un cambio en la guardia y custodia.

Custodia vs patria potestad

Guarda custodia los hijos menores guia 2022

Mientras que la guardia y custodia de los menores la pueden ejercer uno o los dos progenitores por mandato judicial (incluso si no lo son en determinadas circunstancias), la patria potestad es inherente a la razón de ser padre. Esto quiere decir que un padre o una madre no pierden la patria potestad (el derecho a ser la madre o el padre de un menor) aunque no tengan la custodia. De hecho, la patria potestad solo se pierde en caso de fallecimiento del progenitor o del hijo. Hay otras circunstancias muy graves que se recogen también en el código penal. Sin embargo, esta es a grosso modo la diferencia entre estos dos términos muy habituales en divorcios con hijos.

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Abogados especialistas en divorcios con hijos

Como has podido ver, no es tan sencillo el tema de un divorcio cuando hay hijos de por medio. Aunque la separación legal en sí resulte amistosa, será necesario un abogado para hacer todo el papeleo.

Al mismo tiempo, como se habla de conceptos legales complejos, como lo es la custodia y guarda, la patria potestad y los derechos a visitas, junto probablemente con la pensión compensatoria, lo mejor es que cuentes con un profesional de las leyes que te asesore en todo momento.

De lo contrario, podrías estar aceptando cosas que van en contra de tus propios intereses. E incluso de los de tus hijos.

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Si en tu caso vas a solicitar un divorcio de mutuo acuerdo, y también queréis ambos la custodia compartida, sigue siendo vinculante el consejo de un abogado. En este caso, además de ofrecerte una herramienta para contactar con expertos en esta área del derecho, te recomendamos que leas la guía que te enlazamos justo encima de estas líneas.

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Guarda y custodia de los hijos menores. Guía 2022

La guarda y custodia de los menores de edad es un concepto jurídico que gira en torno al cuidado, la asistencia y la convivencia con ellos. Aparece regulado en el Código Civil y cobra especial interés en casos de separación, divorcio o nulidad matrimonial entre los padres. Por ello, aquí queremos ofrecerle una guía actualizada con todo lo que debe saber al respecto.

¿Qué significa la guarda y custodia de los hijos?

En primer lugar, vamos a decir dónde se regula la guarda y custodia de los hijos menores de edad. Este concepto aparece tipificado en al artículo 92 del Código Civil.

En concreto, la guarda y custodia es un concepto legal que hace referencia a la convivencia, el cuidado y la asistencia de los hijos menores de edad.

Es decir, al derecho del menor de tener un hogar y recibir las atenciones que necesite para crecer sano a nivel físico y psicológico y a la obligación de sus padres de proporcionarles todos esos elementos.

¿En qué se diferencia la guarda y custodia de la patria potestad?

Es habitual que ambos conceptos se utilicen como sinónimos en el día a día. Sin embargo, guarda y custodia y patria potestad son figuras jurídicas diferentes.

La guarda y custodia, como dijimos anteriormente, se centra en la convivencia habitual con los hijos menores de edad. Por tanto, abarca su alimentación, su indumentaria, su hogar, su escolarización, su atención sanitaria y un largo etcétera.

En cambio, la patria potestad hace referencia a la administración de los bienes del menor y a su representación general.

La diferencia entre ambos conceptos es especialmente palpable en los casos de separación o divorcio. En ellos, la guarda y custodia del menor puede pertenecer exclusivamente a uno de los progenitores. Sin embargo, la patria potestad seguirá siendo de los dos salvo que un juez prive al padre o a la madre de ella mediante sentencia firme. 

¿Cuándo se acaba la guarda y custodia de los hijos?

Es una cuestión estrechamente ligada con el punto anterior.

Hay muchos padres que creen que la guardia potestad sobre los hijos se extingue a los 18 años, es decir, cuando alcanzan la mayoría de edad.

Esto, en el caso de haber establecido un régimen de custodia monoparental (más adelante hablaremos de él en profundidad), le permitirá dejar de pagar la pensión de alimentos.

Sin embargo, están equivocados. Lo que se extingue al entrar en la mayoría de edad, es decir, al cumplir los 18 años, es la patria potestad sobre el menor. Hablamos del derecho a administrar sus bienes y a representarle con carácter general.

Por contra, la guarda y custodia del menor no se extingue hasta que no alcanza la independencia económica. En la mayoría de los casos, esto no sucede actualmente al cumplir los 18 años, sino mucho después.

Por tanto, hasta que no llega ese momento, el progenitor no custodio ha de seguir abonando la pensión alimenticia a su hijo.

¿Quién tiene la guarda y custodia de un menor? Los distintos tipos de guarda y custodia

Es evidente que, si la pareja que tiene un hijo menor permanece casada, en situación de pareja de hecho o, simplemente, viviendo bajo el mismo techo, los dos integrantes mantienen la guarda y custodia bajo las mismas condiciones. Sin embargo, cuando se produce la separación o divorcio (o el procedimiento de guarda y custodia si no están casados), hay que determinar qué se hace con ella. Estas son las dos principales opciones:

  • El régimen de guarda y custodia monoparental. Es aquel en el que un solo progenitor se hace cargo de la guarda y custodia de los hijos menores. Hasta hace no mucho tiempo, era la fórmula más extendida en nuestro país tras un caso de separación o divorcio. También puede darse previo fallecimiento de uno de los progenitores.
  • El régimen de guarda y custodia compartida. Es una opción cada vez más popular y demandada. De hecho, el Tribunal Supremo recomienda su aplicación por defecto tras separaciones y divorcios. En este caso, aunque la pareja no resida junta, ambos progenitores mantienen la guarda y custodia de los hijos menores de edad, con los derechos y obligaciones que ello conlleva.

Es cierto que existen otros tipos de guarda y custodia. Es el caso, por ejemplo, de la custodia partida o distribuida, así como de la ejercida por un tercero si, por ejemplo, el niño no tienen ningún familiar que pueda o quiera hacerse cargo de él en ausencia de sus padres. Sin embargo, son casos muy poco frecuentes. 

¿Quién es el encargado de decidir qué tipo de guarda y custodia se aplica?

Es cierto que ambos progenitores, durante el proceso de redacción del convenio regulador de la separación o divorcio, pueden pactar los términos y condiciones en los que se aplicará la guarda y custodia de los hijos menores de edad que tienen en común.

Es decir, están en disposición de determinar si se la quedará la madre o el padre en exclusiva o si la compartirán. Sin embargo, ese acuerdo debe ser rubricado por un juez, que es el que tiene la última palabra. Conviene poner el foco en que él siempre buscará la máxima protección de los derechos de los hijos.

Sobre todo, si tienen menos de 12 años y no es posible ni recomendable tomarles declaración.

Con esto queremos decir que el juez puede modificar el convenio regulador y establecer otro régimen de guarda y custodia si así lo estima oportuno. Siempre y cuando, claro está, haya pruebas que respalden su decisión.Vamos a poner un ejemplo.

Es posible que una pareja que se quiere divorciar llegue al acuerdo de que desean mantener un régimen de guarda y custodia compartida. Así queda reflejado en el convenio regulador que entregan al juez durante el proceso.

Sin embargo, al revisarlo, el magistrado se da cuenta que el padre va a mudarse a otra ciudad por motivos de trabajo y que ejercer sus obligaciones perjudicará el bienestar del menor. En ese caso, lo más probable es que establezca un régimen monoparental en su favor o en el de la madre, según el caso.

El progenitor no custodio tendrá asignado un régimen de visitas y deberá abonar una pensión alimenticia a los hijos, sin perjuicio de que se pueda establecer una compensatoria para la ex pareja.Evidentemente, si las circunstancias cambian en el futuro, es posible modificar el convenio regulador del divorcio o separación y establecer un sistema de guarda y custodia compartida.

Las disputas por la guarda y custodia, siempre mejor en manos de un profesional

En definitiva, la guarda y custodia de un hijo menor de edad es un concepto bastante sencillo de entender pero que, en muchas ocasiones, da lugar a fuertes conflictos entre las parejas que se quieren separar o divorciar.

Por ello, tanto con el propósito de llegar a un acuerdo que evite la vía contenciosa como de salvaguardar los derechos y los intereses del niño, lo mejor es poner el caso en manos de un abogado especializado en Derecho de Familia.

Él se encargará de gestionar todo el procedimiento jurídico con las máximas garantías.

Cómo cambiar la custodia de un hijo

Cambiar la custodia de un hijo no es una cuestión menor, ni algo que pueda hacerse por capricho. En todos los casos, para que el cambio se haga efectivo, bien por acuerdo mutuo de ambos progenitores o por decisión judicial, ha de quedar acreditado que favorece al interés general del menor.

Es decir, que se trata de una decisión que va a resultar positiva para el niño o que, al menos, no le va a afectar negativamente.

Teniendo esto en mente, hay varias situaciones que hacen posible o necesario modificar la custodia de los hijos. Las vemos todas, así como la forma de iniciar y tramitar el procedimiento de modificación de medidas, a continuación.

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Razones para modificar la custodia de un hijo

En muy resumidas cuentas, la custodia se modifica siempre y cuando se produzcan cambios sustanciales en las condiciones que propiciaron el acuerdo o la decisión judicial inicial. El problema reside en definir qué es un cambio sustancial, ese que hace que se queden obsoletas las medidas aprobadas en primer lugar.

Pues bien, la jurisprudencia ha definido como cambios sustanciales los siguientes:

  • El cambio de las circunstancias económicas.
  • Que cambie la voluntad de los hijos, si estos tienen ya suficiente madurez.
  • El cambio de residencia de los progenitores.
  • Que cambien las circunstancias laborales de uno de ellos.
  • El incumplimiento reiterado de las obligaciones de los padres con respecto a los hijos.

Precisamente sobre este último punto, el incumplimiento reiterado de las obligaciones, es necesario ampliar la información.

Estas son las principales razones que pueden provocar que uno de los progenitores pierda la custodia de sus hijos:

Estilo de vida desorganizado

En ocasiones, que un padre o una madre tenga un comportamiento general desorganizado puede poner en riesgo la estabilidad, el bienestar y la seguridad de los menores.

Si esto ocurre, procede el cambio de custodia siempre. También si quien lo hace es la nueva pareja de uno de los cónyuges.

Desatender sus cuidados

Entre los cuidados que cualquier padre o madre de hijos menores debe atender están:

  • La alimentación.
  • La atención médica.
  • La higiene.
  • La escolarización.
  • La seguridad.

Síndrome de alienación parental

Sospechar o tener la certeza de que uno de los dos está fomentando en el niño el síndrome de alienación parental puede ser motivo de retirada de la custodia. Hablamos de un trastorno mental que consiste en la manipulación del menor en contra del otro progenitor.

Conductas violentas

No hace falta extenderse mucho en la idea de que, si un padre o una madre ejerce abuso psíquico o físico contra su hijo, se le retirará la custodia. De hecho, se le podría privar incluso de la patria potestad, si se demuestran los hechos.

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Adicciones

Consumir habitualmente drogas o alcohol también puede justificar la retirada de la custodia, siempre y cuando ese consumo afecte al cuidado o a la estabilidad de los menores.

El procedimiento para cambiar la custodia

Concretamente, nos centramos en el procedimiento de modificación de medidas que recoge la Ley de Enjuiciamiento Civil.

1.

El Ministerio Fiscal, habiendo hijos menores o hijos con discapacidad con medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores y, en todo caso, los cónyuges, podrán solicitar del Tribunal que acordó las medidas definitivas, la modificación de las medidas convenidas por los cónyuges o de las adoptadas en defecto de acuerdo, siempre que hayan variado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlas o acordarlas.

2. Estas peticiones se tramitarán conforme a lo dispuesto en el artículo 770. No obstante, si la petición se hiciera por ambos cónyuges de común acuerdo o por uno con el consentimiento del otro y acompañando propuesta de convenio regulador, regirá el procedimiento establecido en el artículo 777.

3. (…)

Artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Hay, fundamentalmente, dos vías para modificar la custodia: de manera contenciosa o de mutuo acuerdo, a través de un nuevo convenio regulador ratificado por el juez.

1. Modificación de la custodia de mutuo acuerdo

La podrá iniciar uno de los dos progenitores, con el consentimiento del otro, o ambos. Para ello, se tendrá que presentar una propuesta de nuevo convenio con los cambios que se proponen, en este caso el de custodia.

9. La modificación del convenio regulador o de las medidas acordadas por el tribunal en los procedimientos a que se refiere este artículo se sustanciará conforme a lo dispuesto en el mismo cuando se solicite por ambos cónyuges de común acuerdo o por uno con el consentimiento del otro y con propuesta de nuevo convenio regulador. En otro caso, se estará a lo dispuesto en el artículo 775.

Artículo 777.9 de la Ley de Enjuiciamiento Civil

Al tratarse, la mayoría de veces, de hijos menores de edad, se tendrá que acudir en compañía de un abogado especialista en custodias y de un procurador.

2. Modificación de la custodia por procedimiento contencioso

En este caso nos encontramos ante un procedimiento judicial que inicia solo una de las partes, sin el consentimiento de la otra. Quien desee iniciarlo, presentará una demanda de solicitud de nuevas medidas paternofiliales. Y tendrá que acreditar que se ha producido alguno de los cambios sustanciales que hemos comentado anteriormente.

Por supuesto, en este caso también habrá que acompañarse de un abogado experto en modificación de medidas y de un procurador.

Requisitos para conseguir la custodia compartida

Una cuestión que genera muchos conflictos entre los progenitores, es el régimen de custodia de los hijos menores de edad. La custodia compartida es una de las formas de régimen de custodia de los hijos en caso de separación, divorcio o ruptura de una pareja de hecho.

En términos generales, la custodia es la responsabilidad que tienen los padres en la crianza, bienestar y educación de los hijos.

La custodia de los hijos se podrá atribuir:

  • A uno de los progenitores, en cuyo caso, estaremos ante una custodia monoparental o exclusiva. El otro progenitor tendrá derechos de visitar y tener en su compañía a los hijos.
  • A ambos progenitores, conviven el hijo con los dos por períodos alternos. En este caso, estamos ante una custodia compartida.

El régimen de custodia compartida es el más utilizado en los últimos años. Según nuestro Tribunal Supremo, el sistema de custodia compartida es el régimen normal y más deseable, siempre que sea posible por las circunstancias de cada caso.

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Ahora bien, en la práctica, no siempre el juez concede el régimen de custodia compartida.

Y tal y como indica el Consejo General del Poder Judicial en su reciente Guía publicada el 25 de junio 2020:

Ningún modelo de custodia es mejor o peor que otro por naturaleza.

El régimen de custodia debe determinarse en cada caso concreto previo examen detallado de las circunstancias específicas y particulares de cada grupo familiar y atendiendo exclusivamente a estas circunstancias particulares. En todo caso es preciso evitar posturas generalistas o estereotipadas sobre los distintos modelos de custodia.

La custodia compartida no implica un reparto aritmético del tiempo

También es importante destacar que existe la falsa creencia de que la custodia compartida supone necesariamente que los hijos pasarán el mismo tiempo con cada progenitor. 

Esto no es cierto y así lo confirma el propio CGPJ en la Guía antes referida.

La custodia compartida no debe entenderse como un reparto aritmético de los tiempos de convivencia de los hijos con cada progenitor sino como ejercicio efectivo de una coparentalidad responsable.

El objetivo no es repartirse el tiempo a partes iguales sino equiparar la dedicación a los hijos e hijas en términos de tiempo y esfuerzo, y crear un vínculo afectivo que permita a los hijos e hijas mantener tanto el referente materno como el paterno.

Requisitos para obtener la custodia compartida

Ante la falta de acuerdo de los progenitores sobre la custodia compartida de los hijos, será el Juez quien decida teniendo en cuenta las circunstancias de cada caso concreto.

En términos generales, los requisitos para conseguir la custodia compartida son los siguientes:

1. Capacidad de los progenitores para cuidar del menor

Ambos progenitores deberán estar capacitados para encargarse del cuidado, asistencia y bienestar de los hijos.

Además, es importante que los sistemas educativos empleados por los padres sean similares para no desequilibrar al menor.

2. Relación de los padres con los hijos durante el matrimonio

Otro de los factores que influyen a la hora de conseguir la custodia compartida es la participación de los padres, antes de la ruptura, en la educación y crianza de los hijos.

3. Relación personal entre los progenitores

La custodia compartida implica un contacto frecuente entre los progenitores, por lo que es importante que exista buena relación por el bienestar del menor.

No obstante, la mala relación entre los padres no es obstáculo para que se adopte el régimen de custodia compartida. Incluso la custodia compartida puede ayudar a restablecer las buenas relaciones entre los progenitores por el bien de sus hijos.

Según nuestro Tribunal Supremo, para adoptar el régimen de custodia compartida no se exige una relación sin fisuras entre los progenitores, sino una actitud y comunicación razonable y de respeto mutuo.

Ahora bien, si la mala relación y el conflicto entre los progenitores afecta a los menores es desaconsejable la custodia compartida.

4. Edad de los hijos

No existe un límite legal en relación con la edad de los hijos para obtener la custodia compartida.

Ahora bien, sí es una circunstancia relevante a la hora de acordar una custodia compartida.

Si los hijos son muy pequeños (de 1 a 3 años), bebés o lactantes tendrán una mayor dependencia de la madre, por lo que suele ser un inconveniente. Pasada esa etapa es más fácil obtener la custodia compartida. No obstante, algunas resoluciones judiciales han establecido la custodia compartida de hijos de corta edad.

Una solución intermedia es el régimen de custodia progresivo. Se concede la custodia a la madre y progresivamente al padre, hasta que se normalice la custodia compartida a partir de una determinada edad.

Si tienen suficiente madurez y en todo caso si son mayores de 12 años, podrán ser oídos por el Juez o el equipo técnico sobre sus preferencias.

5. Número de hijos

Otro factor a tener en cuenta es el número de hijos, procurando no separar a los hermanos.

6. Viviendas estables de los progenitores

Es necesario que las viviendas donde van a residir los hijos en los periodos alternos sean adecuadas para satisfacer sus necesidades.

7. Distancia entre los domicilios de los padres y el centro escolar

  • Una de las circunstancias relevantes es la distancia entre los domicilios de los padres, así como la distancia al centro escolar.
  • Se pretende garantizar la estabilidad del menor, evitando largos desplazamientos que implicaría una situación incómoda para el hijo.
  • Para valorar la distancia se tendrá en cuenta el número de kilómetros y el tiempo que se tarda en llegar (densidad del tráfico, vías de acceso…)
  • En términos generales, se rechaza la custodia compartida cuando el domicilio de cada progenitor se encuentre en poblaciones situadas a larga distancia del centro escolar (más de 30 kilómetros).
  • No obstante, se suele aceptar la custodia compartida cuando la distancia es de 15 a 30 kilómetros siempre que exista una adecuada comunicación (vías adecuadas de acceso) entre los domicilios de los padres y el centro escolar del menor.

8. Entorno social y arraigo del menor

Es importante que la custodia compartida no suponga para el menor una ruptura con su entorno escolar y familiar.

9. Disponibilidad horaria laboral

  1. Las obligaciones laborales de los padres son un factor que influye en la concesión de la custodia compartida.
  2. Se valora el horario laboral y la posibilidad real de atender adecuadamente a los hijos, para repartir el tiempo de estancia entre los progenitores.

  3. También se valorará la existencia de apoyos familiares de los progenitores para cubrir las necesidades de los hijos en un régimen de custodia compartida.

  4. Los requisitos mencionados son generales, en cada caso concreto el Juez podrá valorar otras circunstancias que puedan afectar al bienestar del menor.

El informe psicosocial: ¿es obligatorio y vinculante para establecer la custodia compartida?

En los procedimientos judiciales en los que se discute la custodia compartida es frecuente que el Juez solicite un informe psicosocial. El informe psicosocial también podrá ser solicitado por el Ministerio Fiscal o por cualquiera de los progenitores.

En definitiva, el informe psicosocial NO es obligatorio para establecer el régimen de custodia compartida. Aunque, en la mayoría de los casos, es frecuente que se soliciten de oficio o a instancia de parte.

Este informe tiene como finalidad determinar si los padres tienen la capacidad e idoneidad suficiente para tener la custodia de los hijos.

Existe la falsa creencia de que el informe psicosocial es vinculante en la decisión judicial de la custodia compartida. Es cierto que dicho informe es una prueba importante en los procesos de custodia, deben ser analizados por el Juez, pero NO es vinculante para tomar su decisión.

El Juez valorará el informe psicosocial junto al resto de pruebas aportadas o practicadas en el procedimiento y emitirá su decisión sobre la custodia compartida.

En definitiva, si quieres la custodia compartida de tus hijos, debes saber que el Juez analizará tu caso concreto para determinar si es el régimen de custodia más adecuado para la protección de los menores.

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