Conducir patinete electrico sin carnet

Los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) se han convertido en el transporte favorito de millones de personas a lo largo del mundo, sobre todo para aquellas que viven en grandes núcleos donde el tráfico suele congestionarse. Y es que este vehículo ofrece posibilidades difíciles de igualar si lo comparamos con los medios más tradicionales (coche, moto…).

Sin embargo, las nuevas leyes de circulación pensadas para este colectivo, en el que se les ha incluido como un vehículo más que debe circular por la carretera, han hecho que los conductores se hagan la siguiente pregunta. ¿podré conducir un VMP si pierdo todos los puntos del carnet?

Conducir patinete electrico sin carnet

La nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado 21 de marzo incluyó una nueva normativa para los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como los patinetes eléctricos. En dicha normativa, se aportaron nuevas medidas centradas sobre todo en la seguridad de los usuarios, como el uso obligatorio del casco o la tasa cero alcohol para menores de edad.

Mucho antes de esto, a principios de 2021, el Gobierno introdujo una serie de cambios en elReglamento General de Vehículos y en el de Circulación, reconociéndolos como vehículos y prohibiendo su uso por la acera o zonas peatonales.

Conducir patinete electrico sin carnet

Sin embargo, a diferencia del resto de vehículos que circulan por la carretera los VMP no necesitan un permiso específico de conducción ni un seguro obligatorio, aunque a partir del 22 de enero de 2024 todos los VMP que se comercialicen deberán contar con un certificado de circulación. Ésta es la clave que necesitamos para responder a la pregunta que nos hacíamos al principio del texto.

Y es que las autoridades no podrán multarte si el vehículo con el que circulas no necesita una autorización administrativa previa para circular, por mucho que te hayas quedado sin puntos en el carnet.

No obstante, debemos tener en cuenta el tipo de patinete o bicicleta eléctrica que estamos utilizando.

Un VMP es un “vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h” por lo tanto, todo lo que se salga de esta definición puede tener consecuencias legales.

Conducir patinete electrico sin carnet

Por ejemplo, las Speed Bike son un tipo de bicicleta eléctrica capaces de propulsarse por sí mismas apretando un simple gatillo o girando el puño derecho que se suele confundir con las bicicletas de pedaleo asistido.

A diferencia de estas últimas, este tipo de bicicletas se han considerado en España como ciclomotores o incluso motos si tienen unas prestaciones equivalentes a una 49 cc.

Así lo recoge el Reglamento 168/2013 de la Unión Europea y lo corrobora la Dirección General de Tráfico.

Por lo tanto, el uso de este tipo de vehículo si que estaría prohibido sin tener puntos en el carnet, ya que para conducirlos tendríamos al menos que disponer previamente del carnet AM, que faculta al titular a circular con vehículos de dos y tres ruedas que no posean motores de combustión interna de más de 50 cc o eléctricos de cualquier tipo que no posean más de 4 kW de potencia y que no superen la velocidad de 45 km/h.

Conducir patinete electrico sin carnet

Las multas a las que podemos enfrentarnos por conducir sin puntos en el carnet se recogen en el artículo 384 del Código Penal y dice así: “El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

“La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción”.

Conducir patinete electrico sin carnet

No obstante antes de perder todos los puntos de tu carnet te aconsejamos que hagas cursos de sensibilización y educación vial, ya que con ellos podrás recuperar un máximo de hasta 6 puntos.

Los cursos tienen una duración de 12 horas, estando una parte dedicada a la seguridad y otra a la reflexión y al debate en grupo.

Eso sí, sólo podrás realizar estos cursos una vez cada dos años o, en el caso de los conductores profesionales, una vez al año.

Contents

Todo sobre la nueva normativa del patinete eléctrico: carnet de conducir, seguro, matrícula, edad mínima..

El Gobierno ha aprobado mediante un Real Decreto la regulación para el uso de los patinetes eléctricos, la cual ya se ha publicado en el BOE al igual que los nuevos límites de velocidad para ciudad o la mayoría de los cambios aprobados en materia de Tráfico para 2021.

El Ministerio del Interior ya dio a conocer a qué velocidad tendrán que circular los patinetes eléctricos o por dónde deberán hacerlo.

Sin embargo, hay cuestiones como la obligatoriedad o no del uso del casco, que el vehículo lleve matrícula o esté asegurado, o si habrá un mínimo de edad legal para conducirlos que no se especificaron y que la DGT ha aclarado ahora a Motorpasión.

Cómo deberán ser los patinetes eléctricos. Deben ser vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos. Los vehículos para personas con movilidad reducida quedan excluidos de esta definición, explicó el Ministerio del Interior.

Por dónde podrán circular los patinetes eléctricos. Solo podrán circular por ciudad y en carretera, “cumpliendo las normas de circulación igual que el resto de vehículos”, añade el Gobierno. La DGT ha explicado, no obstante, que también podrán usar los carriles bici.

Conducir patinete electrico sin carnet

A qué velocidad tendrán que circular. Estos vehículos podrán desplazarse a velocidades de entre 6 y 25 km/h.

Es decir, queda prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales, así como por vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos.

¿Se necesitará por tanto algún tipo de formación vial teórica o práctica? Tráfico ha aclarado a este medio que no será necesario ningún tipo de carnet o autorización que acredite que el conductor conoce las normas de circulación para compartir espacio en la vía con el resto de participantes (vehículos, peatones…).

¿Y deberán tener un seguro o llevar matrícula? Tampoco será necesario.

En cualquier caso, la DGT “no descarta” que en un futuro se pueda adoptar un cambio normativo tanto a nivel de formación como de exigencia del seguro o de matrículas para los patinetes eléctricos, pero no se plantea a corto plazo. “No se trata de algo que la DGT decida, pues hay muchas partes implicadas” (ayuntamientos, aseguradoras, etc), explican desde el organismo público.

¿Se exigirá algún tipo de documentación? Sí, los patinetes eléctricos deberán disponer de un certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el manual de características.

Este se aprobará mediante resolución del Director General de Tráfico, y no se empezará a requerir hasta pasados dos años (24 meses) de dicha aprobación.

Conducir patinete electrico sin carnet

Edad mínima para conducir un patinete eléctrico. La DGT detalla que la normativa no recoge un mínimo de edad para conducir un patinete eléctrico.

¿Es obligatorio llevar el casco? No, por el momento tampoco se exigirá. En este sentido, los patinetes eléctricos no se incluirán por tanto dentro del Artículo 118 del Reglamento General de Circulación, que regula el uso de cascos y otros elementos de protección.

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Este contempla la obligatoriedad de llevar casco homologado para los “conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo 'quad”.

Conducir patinete electrico sin carnet

En el caso de las bicicletas, salvo excepciones, “los ocupantes estarán obligados a utilizar cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen en vías interurbanas”, reza la normativa.

¿Cuándo pasan a ser válidos estos cambios? La regulación para los vehículos de movilidad personal entrará en vigor el 2 de enero de 2021, salvo el certificado, que deberá aprobarse y desde entonces transcurrir dos años o 24 meses.

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Normativa de la DGT para patinetes eléctricos en España 2022

Los vehículos de movilidad personal (VMP) son aquellos con una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Contestamos a algunas de las preguntas más frecuentes sobre los patinetes eléctricos en base a la normativa de la DGT actualizada en España.

¿Hace falta algún tipo de permiso de circulación para conducir un patinete eléctrico?

La normativa establece que para conducir este tipo de vehículos no es necesario el permiso de circulación, pero sí disponer de un certificado de circulación.

Este documento acredita que el vehículo ha sido sometido a un ensayo y cumple con los requisitos técnicos de aplicación conforme a la normativa técnica nacional e internacional.

Dicho certificado será obligatorio a los dos años de publicarse el Manual de características de los vehículos de movilidad personal en el Boletín Oficial del Estado.

Debe obtenerse por los propios fabricantes, importadores y sus representantes, que deberán ser los que soliciten la obtención de dicho certificado para los VMP que comercialicen.

Normativa de velocidad y potencia de los vehículos de movilidad personal

Tras la aprobación del Real Decreto 970/2020 la velocidad máxima por diseño que pueden proporcionar los motores eléctricos que propulsan este tipo de vehículos debe estar comprendida entre los 6 y los 25 km/h. Por lo tanto, la velocidad máxima queda fijada en la actualidad en 25 km/h.

¿Por dónde se podrá circular en patinete eléctrico y por qué zonas está prohibido?

Los usuarios de patinetes eléctricos deben circular por el carril bici y respetar las reglas del semáforo.

Por el contrario, tienen prohibido circular por las aceras, así como por vía interurbanas, travesías, autopistas y autovías.

Por último, queda también prohibida la circulación de este tipo de vehículos por túneles urbanos. Sin embargo, sí podrían circular por alguna zona peatonal concreta siempre que el Ayuntamiento haya permitido expresamente que puedan hacerlo.

¿Es obligatorio usar casco para desplazarse en patinete eléctrico?

Según la nueva normativa de la DGT, utilizar casco cuando conducimos un patinete eléctrico es obligatorio desde septiembre de 2021.

Conducir patinete electrico sin carnet

¿Es obligatorio tener un seguro para mi patinete eléctrico?

Tan solo Alicante, Barcelona y Benidorm exigen de forma obligatoria contratar un seguro desde el 30 de abril de 2021. Sin embargo, aunque no vivas en estas ciudades, DGT recomienda contratar un seguro como medida de protección personal, así como de terceros.

¿Me pueden hacer un control de alcoholemia conduciendo un patinete eléctrico?

Sí. Los conductores de los VMP o Vehículos de Movilidad Personal están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol establecidas por la Ley de Seguridad Vial.

Asimismo, la normativa también prevé expresamente la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.

Si se cumple una infracción manejando un vehículo de movilidad personal, ¿me podrán quitar puntos del carnet de conducir?

No, cometer una infracción con un Vehículo de Movilidad Personal no conlleva retirada de puntos del carnet de conducir.

¿Qué hago si tengo un accidente en mi patinete eléctrico?

Lo primero que debemos hacer es apuntar los datos del vehículo o la persona que está implicada en el accidente. En todo accidente de tráfico, las personas tienen derecho a indemnización por los daños y lesiones sufridos.

¿Qué multas me pueden poner por ir en patinete eléctrico, según la normativa de la DGT en 2022?

Estas son las nuevas multas que ha anunciado la DGT para patinetes eléctricos en España:

  • Conducir un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol: entre 500 y 1.00 euros e inmovilización del vehículo.
  • Conducir un patinete eléctrico habiendo consumido drogas: 1.000 euros e inmovilización del vehículo.
  • Conducir mientras usar el móvil: 200 euros.
  • Utilizar cascos (auriculares) mientras conduces el patinete: 200 euros.
  • No utilizar casco en municipios donde es obligatorio: 200 euros.
  • Conducir por zonas peatonales y aceras: 200 euros.
  • Conducir dos personas sobre el patinete eléctrico: 100 euros.

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Conducción negligente también para patinetes: ¿a qué sanción se enfrentan?

En los últimos años el uso de vehículos de movilidad personal (los VMP) tales como las bicicletas con apoyo de motores eléctricos o los patinetes eléctricos se ha multiplicado de manera exponencial.

Si hace unos años apenas veíamos alguna bicicleta convencional por las calles de nuestras ciudades, en la actualidad la popularidad, especialmente de los patinetes, ha crecido tanto que es completamente normal verlos por las calles y calzadas en nuestro día a día.

Los patinetes eléctricos han seducido a muchos potenciales usuarios gracias a su bajo precio, alta manejabilidad y agilidad para moverse de manera rápida por nuestras calles.

Sin embargo, la realidad es que pese a ser vehículos mucho más ligeros y potencialmente mucho menos peligrosos que una motocicleta o que un vehículo tradicional, lo cierto es que también pueden provocar graves lesiones e, incluso, conocemos ya casos de accidentes con resultado de muerte en los que un patinete eléctrico se ha visto involucrado.

Este crecimiento en el uso y la popularidad de estos vehículos ha obligado a la DGT y a las administraciones correspondientes a “mover ficha”, creando un marco normativo que controle y regule el uso de estos vehículos para que la convivencia entre estos VMP y el resto de usuarios de las vías y aceras sea lo más armónica y segura posible. De esta manera, existen una serie de reglas que los usuarios de patinetes eléctricos tienen que cumplir, de manera que si no se cumplen se enfrentan, incluso, a ser acusados de conducción negligente.

Conducción negligente en patinete eléctrico, ¿cuál es la sanción?

La Dirección General de Tráfico lanza un recordatorio para todos los usuarios de patinete eléctrico.

Sí, es posible cometer conducción negligente a los mandos de un patinete eléctrico, siendo una infracción de tipo muy grave que castigada con una multa económica de 200€.

Hay que destacar que, al ser un vehículo que no precisa de carnet para ser utilizado, no se retiran puntos del permiso de conducir en ningún caso.

La conducción negligente a bordo de un patinete eléctrico se comete cuando un usuario de VMP conduzca de noche sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes para ser visto por el resto de conductores.

Es obligatorio utilizar un patinete eléctrico que cuente con iluminación, así como portar elementos reflectantes en caso de que las condiciones de luz ambiental así lo dispongan.

No es el único escenario en el que podemos ser acusados de conducción negligente, ya que en caso de ser detectados circulando en sentido contrario o tras haber consumido alcohol o drogas podremos enfrentarnos a una infracción similar.

El sinfín de dudas legales sobre los patinetes eléctricos: ¿es delito conducirlos sin carnet? ¿hace falta seguro?

El boom de los patinetes eléctricos como medio de transporte urbano está generando algunos problemas de convivencia. Los accidentes provocados por estos vehículos se han triplicado en grandes ciudades como Barcelona.

Pero, si bien es cierto que la mayoría de los ayuntamientos se han apresurado a aprobar una normativa que regule su uso dentro del municipio, existen aún importantes y numerosas dudas legales sobre los requisitos que deben cumplir sus conductores.

Dependiendo de las características del patinete, estos se pueden enfrentar a cuantiosas multas administrativas e, incluso, penas de prisión.

El principal problema está en que no hay una regulación estatal que aclare cuándo deben contar con licencia de circulación o carnet y seguro de responsabilidad civil obligatorio. Esta situación genera mucha incertidumbre y fallos contradictorios en los tribunales.

En una sentencia de marzo, la Audiencia Provincial de Murcia absolvía al conductor de un patinete, marca Citycoco, de un delito de conducción sin carnet (sin puntos) por la “existencia de dudas sobre la consideración del vehículo conducido como un ciclomotor”.

Sin embargo, en septiembre, un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vigo confirmaba una multa de 601 euros al conductor de un patinete del mismo modelo por carecer de seguro. El demandante fue denunciado por la policía local cuando circulaba con el artefacto.

En su sentencia, el juez argumentó que se trataba de un vehículo “al menos de la categoría de ciclomotor, que, en cuanto a tal, exige la contratación de un seguro obligatorio”.

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¿Cuándo son obligatorios un seguro y conducir con carnet?

En principio, simplificándolo mucho, el seguro y permiso de circulación es obligatorio para aquellos patinetes que alcancen una velocidad superior a 25 Km/h. Así se desprende del reglamento europeo sobre homologación de vehículos de dos o tres ruedas y los cuatriciclos (Reglamento 168/2013).

Según la interpretación dada por la Dirección General de Tráfico (DGT) en una Instrucción de diciembre de 2019, los patinetes con velocidad superior a 25 Km/h son asimilados a un ciclomotor y, por tanto, deben circular con seguro de responsabilidad civil.

Otra característica que, según la instrucción, convierte en ciclomotor a uno de estos vehículos es que tengan un sillín a una altura mínima de 54 cm

El berenjenal normativo en el que se mueven patinetes y bicis

No existe obligación, en cambio, para patinetes de menos de 6 Km/h, considerados juguetes, y tampoco para aquellos que superen dicha velocidad, pero no alcancen los 25 Km/h, tratados como vehículos de movilidad personal (VPM).

El problema es que se trata de una instrucción que aún no ha sido incorporada al Reglamento General de Circulación, cuya reforma está en fase de proyecto. Esta situación, en cambio, no exime a los conductores de estos vehículos de cumplir con estos requisitos.

Así lo explica el fiscal Pablo Alfonso Lanzarote, que subraya que, en todo caso, “el reglamento europeo es aplicable directamente”.

Además, como agrega Jesús Lorenzo, letrado en Aboga2, “el propio reglamento habilita a la DGT para publicar este tipo de instrucciones”.

Este es un tema muy contradictorio y discutible, señala Lanzarote, porque la ley de industria no les exige homologación y, por tanto, matriculación y autorización, y, por otro lado, las ordenanzas municipales prohíben su circulación por las vías públicas.

“Pero está claro que no son juguetes, y que tienen una capacidad innegable de producir daños a terceros, por lo que no pueden comercializarse como tales”, sentencia.

En conclusión, aquellos conductores de modelos de patinetes eléctricos que de fábrica, o por manipulación, alcancen los 25 km/h tienen que contar con licencia y seguro.

¿A qué multas se enfrentan los infractores?

Las multas administrativas por conducir sin seguro pueden ser muy elevadas. Los propietarios se enfrentan a sanciones que oscilan entre 600 y 3.000 euros, así como a la inmovilización y depósito del vehículo. A esta suma hay que añadir la sanción por circular sin carnet, que suele ser de 500 euros. Por tanto, una denuncia puede suponer una multa mínima de unos 1.500 euros.

Además, apunta Lorenzo, si se quiere recuperar el patinete, habrá que contratar un seguro, aportarlo y pagar la tasa por retirada del depósito de la grúa municipal.

El letrado recomienda, en todo caso, la contratación de un seguro. El riesgo de sufrir un accidente es elevado y habrá que hacer frente a la indemnización para reparar el daño.

“Hay que tener en cuenta que, si el conductor es menor, los responsables subsidiarios son los padres”.

Otras sanciones

Los conductores de patinetes eléctricos deben tener en cuenta, además, las ordenanzas de movilidad del municipio en el que circulen. Algunas ciudades imponen una edad mínima de 15 o 16 años para llevarlos. Asimismo, se establece limitaciones en cuanto a las vías que pueden utilizar.

Incluso, puede suceder que, al desplazarse de un municipio a otro, el conductor del patinete deba cambiar de carril para adaptarse a la normativa vigente. En ningún caso, manifiesta Lorenzo, pueden circular por las aceras.

Como señala solo pueden compartir vía con las personas aquellos vehículos que circulen al paso de los peatones.

¿Qué delitos se pueden cometer?

Los delitos contra la seguridad vial del Código Penal son aplicables a los “vehículos de motor o ciclomotores”. A estos efectos, como explica el fiscal Lanzarote, resulta irrelevante que el vehículo no haya sido homologado ni que, por tanto, esté matriculado.

En concreto, se puede incurrir en un delito de conducción sin carnet vigente o sin puntos del artículo 384 del Código Penal, o el de circular bajo los efectos del alcohol o las drogas. Los infractores se  enfrentan a penas de prisión de tres a seis meses o multa. La cuestión es si estos patinetes son o no “vehículo de motor o ciclomotores”.

Como explica el fiscal, en este tipo de delitos de riesgo, lo que tendrá que valorar el juez es “la potencialidad lesiva” del artefacto. En este sentido, los jueces tienen “plena autonomía” para interpretar las normas “de acuerdo con lo que se trata de proteger por el tipo penal”.

Hay que tener en cuenta que en todos estos casos la pena suele incluir la retirada del carnet.

Por otro lado, añade Lorenzo, también se puede incurrir en un delito de lesiones (regulado en el artículo 152 del Código Penal). Por último, no hay que olvidar que los conductores pueden ser castigados si se niegan a someterse a las pruebas de alcohol o drogas tóxicas, que, conforme al artículo 383 del Código Penal, conlleva una pena de prisión de seis meses a un año.

Desconocimiento

¿Es posible alegar desconocimiento para evitar una sanción administrativa o una penal? En principio, como apunta Lorenzo, “la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento”.

Ahora bien, explica el fiscal, habría que ver “cuál es el conocimiento que resulta exigible al ciudadano de toda esta normativa, y, por tanto, la procedencia de la sanción por su incumplimiento”. En procedimientos penales, incluso, se podría alegar un “error” que implicaría la falta de culpabilidad.

¿Se Necesita un Permiso de Conducir Para Circular con un Patinete Eléctrico en España?

Ya los has visto por las calles de la ciudad, y  todos parecen estar absolutamente encantados de conducirlos.

Entonces, ¿por qué sigues sin tu propio patinete eléctrico plegable? ¿Quizás te preocupa si es necesario tener el carnet de conducir para el uso de un patinete eléctrico, o un tipo de permiso especial como para las motocicletas? Tal vez no tengas el carnet. ¿Aún así, se puede conducir un patinete eléctrico, compartido o no?

Como con la mayoría de este tipo de preguntas, la respuesta es que “depende”, pero en muchos de los casos es que “¡sí!”.

De hecho, esta es una de las grandes ventajas de la micromovilidad como medio de transporte, sobretodo en las ciudades que buscan ofrecer opciones de transporte más equitativas para todos y así optimizar los traslados con eficacia, en lugar de tener que recurrir a los coches.

España cuenta con una serie de leyes en cuanto al uso del patinete eléctrico se refiere, pero en el país no existen pautas específicas sobre si se necesita un permiso de conducir o no.

Las aplicaciones de uso compartido como Lime y Bird suelen exigir a los clientes que suban una foto de su carnet cuando se hacen una cuenta, pero ahí se trata de políticas corporativas que no se aplican a los patinetes personales.

Las normas sobre  los patinetes eléctricos en España prohíben circular por las aceras, fijan la edad mínima para los conductores en 12 años, y fijan  una velocidad máxima de 25 km/h.

Las autoridades española son las que se encargan principalmente de hacer cumplir estas normas, y como los permisos de conducir no están incluidos en su normativa sobre patinetes eléctricos, perfectamente se podría asumir que, tal como lo haces con la bici, puedes conducir tu propio patinete eléctrico sin un permiso de conducir español.

Ley Internacional del Patinete Eléctrico

Las leyes también pueden variar ampliamente en otras partes del mundo.

En el Reino Unido justo empezaron los juicios legales sobre  el uso de los patinetes eléctricos en calles urbanas .

Los conductores pueden alquilar patinetes compartidos, pero aún no pueden conducir patinetes privados en la vía pública.

Los patinetes eléctricos están clasificados como vehículos de motor, por lo que todos los conductores deben tener un permiso de conducir válido y ser mayores de 16 años para conducirlos.

Las leyes australianas varían según el estado y el territorio. Tanto en Queensland como en Victoria, se necesita un carnet para conducir un patinete eléctrico.

Las leyes para el uso del patinete eléctrico en Japón son estrictas: Además de la matrícula, el seguro, y el registro, los conductores también deben tener un permiso de moto válido.

Las leyes para los patinetes eléctricos en Canadá varían según la provincia, el estado, y la ciudad. En la mayoría de las provincias se  puede conducir un patinete eléctrico sin un permiso, aunque se siguen aplicando los requisitos de edad mínima, y hay sitios en los que sí que se requiere un permiso de conducir.

Conclusión

Las leyes sobre la conducción de los patinetes eléctricos están en constante evolución.

  La zona gris en la que se encuentran los patinetes eléctricos actualmente debería ser aclarada con las nuevas leyes específicas que están a la espera de ser aprobadas en el 2021 La buena noticia para los futuros y actuales conductores de Unagi es que durante los primeros 3 años del aumento meteórico del uso  de los patinetes eléctricos plegables en el mundo, los organismos reguladores  parecen haber ido cambiando hacia una regulación sobre formas pequeñas de micromovilidad (como los patinetes) de manera diferente a la regulación sobre  vehículos más grandes,como los ciclomotores y las motocicletas. A los gobiernos les encanta cómo les ayudan a alcanzar sus objetivos de encontrar opciones de transporte más equitativas (ya que muchos no se pueden permitir un coche, la gasolina, el aparcamiento, y el seguro), así como también la reducción drástica de la huella de carbono con vehículos eléctricos de talla humana. También son más fáciles de manejar, y encima son divertidos.

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¿CONDUCIR UN PATIENTE ELÉCTRICO SI EL PERMISO DE CONDUCIR HA SIDO RETIRADO ES DELITO?

En el post de hoy vamos a tratar la regulación normativa sobre la conducción de patinetes eléctricos y las vicisitudes que entrañan los mismos ante su uso, y las posibles ilegalidades en las que pueden incurrir los usuarios haciendo uso de este tipo de vehículos a motor.

En primer lugar, hay que esclarecer cual es la aplicación normativa a este tipo de cuestiones, pues son numerosos y, cuanto más, recientes los delitos relacionados con la conducción de un patinete eléctrico.

En este aspecto, hay muchos casos en los que la aplicación es “sencilla”, pues la situación en concreto puede venir perfectamente regulada en la ley pero hay otros muchos casos en los que no se da esta premisa.

Bien es cierto, que desde hace escasamente un par de años, el patinete eléctrico se ha instaurado en nuestro día a día como una forma efectiva y barata de desplazamiento, pues son numerosos los usuarios los que han optado por este tipo de vehículo siendo el medio de transporte preferido entre los jóvenes. Es más, grandes ciudades como Madrid y Barcelona, han insaturado un sistema de alquiler de este tipo de vehículos en sus calles en donde todo el mundo puede hacer uso del mismo para realizar los desplazamientos que consideren necesarios.

No obstante, cabe destacar que para hacer uso de este tipo de vehículo no es preciso carnet alguno. Cuestión que ha llevado a nuestros Tribunales a ejercer unas delimitaciones en sus resoluciones sobre su uso y las tipificaciones delictivas en cuanto a los mismos.

  • Ante esto, cabe destacar que nuestro Código Penal en su artículo 348, castiga a aquel que condujere todo vehículo de motor o ciclomotor en aquellos casos que se denota una pérdida del permiso equivalente o licencia con la correspondiente pérdida total de los puntos asignados legalmente pues el mismo recoge lo siguiente:
  • “El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.
  • La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción”.
  • Sin embargo, nuestros Tribunales se han manifestado al respecto sobre la interpretación de este artículo y la regulación de este tipo de vehículos ante cierto tipo de situaciones.

Así lo ha mostrado la Sección 2º, de la Audiencia Provincial de Murcia, en su sentencia número 81/2020, rec.

5/2020, de 24 de marzo de 2020 en donde resuelve los hechos enjuiciados a cargo de un joven que se encontraba circulando por la vía pública con un vehículo de dos ruedas con consideración de ciclomotor careciendo de vigencia del permiso de conducir y con la pérdida total de los puntos asignados legalmente , sin haber realizado y superado el curso de sensibilización y reeducación vial, y de que el mismo resultaba necesario.

La Audiencia Provincial de Murcia se muestra clara en su resolución, pues hace alusión a que en tanto no se clarifique de manera legal la situación de los patinetes eléctricos y demás vehículos análogos, este tipo de conductas no podrán enjuiciarse como el tipo delictivo de conducción ante perdida de vigencia del permiso o licencia. Pues, tal y como indica el Tribunal, asaltan numerosas incógnitas acerca de la regulación ante este tipo de actuaciones quedando reglado que el “ius punidendi” (facultad sancionadora del Estado) no puede empelarse por ambigüedades ni emplearse sanciones ante conductas que claramente no se encuentran tipificadas. Además, que las calificaciones del patinete eléctrico, así como las características del mismo, no pueden servir de base legal para concluir que el vehículo deba ser considerado como un ciclomotor.

Esperamos que este post os haya servido de ayuda, si os encontráis en una situación similar, no os olvidéis de contactar con nosotros, en Abogados Gil Lozano estamos aquí para ayudaros.

Los requisitos legales para poder conducir un patinete eléctrico

A continuación encontrarás todos los requisitos legales para poder conducir un patinete eléctrico. Todo lo que tienes que saber acerca de estos vehículos.

Los patinetes eléctricos se han popularizado en nuestras ciudades como el vehículo de movilidad personal (VMP) más utilizado. Pero, ya sea si tienes uno en propiedad o si lo alquilas en alguna empresa que ofrece estos servicios, debes conocer cuáles son los requisitos legales para poder conducir un patinete eléctrico y evitar así cometer algún tipo de infracción.

Aunque empezaron a circular sin una ley que los regulara, poco a poco la DGT ha ido redactando una normativa que determina todos los requisitos obligatorios que debe cumplir un usuario para poder emplearlos legalmente. Esto es todo lo que tienes que saber para utilizar un patinete eléctrico sin problemas.

Examen DGT: Consultar notas y todo lo que necesitas saber

Aquí tienes todas las reglas que debes cumplir para conducir legalmente un patinete eléctrico:

  • Es obligatorio, desde septiembre de 2021, utilizar casco de seguridad cuando circules con un patinete eléctrico.
  • No está permitido circular por las aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autovías, autopistas, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano.
  • La velocidad máxima de los VMP debe estar entre los 6 y los 25 km/h y jamás superar el máximo de 25 km/h.
  • Estos vehículos deberán respetar en todo momento la señalización de las vías, como los semáforos, señales de stop o ceda el paso. Es obligatorio circular siempre que sea posible por el carril bici.
  • Se debe preavisar siempre de las maniobras a realizar, como un giro en una calle o una salida en una rotonda. Se deberá hacer con el brazo y la mano.
  • En caso de cruzar por un paso de peatones, es obligatorio que el usuario se baje del patinete eléctrico y lo haga caminando.
  • Disponer de un certificado de circulación que acredite que el patinete ha sido sometido a ensayo y que cumple con los requisitos técnicos acordes a la normativa técnica. Este certificado será accesible a través de un código QR.

Algunas claves más para conducir correctamente tu patinete eléctrico

Para circular legalmente con tu patinete eléctrico no es necesario disponer de un carné o permiso de circulación especial.

Sin embargo, dependiendo de las ordenanzas municipales sobre los VMP, será obligatorio tener una edad mínima para conducirlo.

Por ejemplo, en Barcelona es 16 años, mientras que en Madrid son 15 años. Te recomendamos que consultes la normativa de tu ciudad.

Por otro lado, aunque no es necesario disponer de un seguro de responsabilidad civil, ya hay algunas ciudades que, en su ordenanza municipal, obligan a ello.

En el resto de urbes, aunque no sea necesario, la DGT recomienda contratar una póliza específica para vehículos de movilidad personal.

En algunos seguros para el hogar se puede incluir un seguro para patinetes eléctricos.

Los conductores de patinetes eléctricos se pueden someter a una prueba de alcoholemia si así lo determina un agente. De hecho, los usuarios menores de edad tendrán que mostrar siempre una tasa cero de alcohol cuando manejen un VMP. Tampoco está permitido su uso con presencia de drogas en el organismo.

Ya hay multas para los patinetes eléctricos

En primer lugar, debes saber que, aunque cometas una infracción de tráfico a los mandos de un patinete eléctrico, cualquier sanción no conllevará pérdida de puntos del carné de conducir.

A pesar de ello, la DGT ya está sancionando a los usuarios de estos vehículos y estás son las multas que te pueden poner:

  • Circular con un patinete eléctrico usando el teléfono móvil: 200 euros.
  • Utilizar auriculares: 200 euros.
  • No utilizar casco: 200 euros.
  • Circular dos personas sobre un VMP: 100 euros.
  • Conducir un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol: 500-1.000 euros.
  • Conducir un patinete eléctrico bajo los efectos de las drogas: 1.000 euros.
  • Circular de noche sin el correspondiente alumbrado: 200 euros.
  • Alterar las prestaciones de un patinete eléctrico: 500 euros.

Además, si cualquiera de estas infracciones las cometiera un menor de 18 años, serán los padres o tutores los que responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor, señala el RACE.

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